Concepto 2009020308-001 de Superintendencia Financiera, de 23 de Abril de 2009 - Normativa - VLEX 403737105

Concepto 2009020308-001 de Superintendencia Financiera, de 23 de Abril de 2009

(…) consulta si es viable el pago de un cheque al beneficiario con la presentación de la “contraseña”, como documento de identidad.

Al respecto, debo informarle que la Registraduría Nacional del Estado Civil, dependencia estatal encargada de fijar las condiciones de vigencia y validez de los documentos de identificación en el territorio nacional, expresó su opinión sobre el particular en los términos del oficio que se transcribe a continuación1:

Anteriormente de conformidad con el art. 1º. de la Ley 39 de 1961 los colombianos sólo podían identificarse con la cédula de ciudadanía laminada, en todos los actos civiles, políticos, administrativos y judiciales.

Este concepto estricto respecto a la identificación de las personas a través de la cédula de ciudadanía, ha venido evolucionando, admitiéndose que en circunstancias especiales, se haga a través de otros medios probatorios, como es el caso de la contraseña que se expide provisionalmente a las personas que adelantan trámite (por primera vez, duplicado o rectificaciones según el caso), mientras se elabora la correspondiente cédula de ciudadanía cuyo término de validez puede ser renovado o ampliado con la firma del respectivo Registrador hasta tanto se entregue la cédula de ciudadanía.

En virtud de lo anterior, la Registraduría Nacional del Estado Civil, emitió la Circular 124 de octubre 11 de 1996, la No. 21 del 11 de febrero de 1976 y la 53 del 27 de julio de 2000, en las cuales se señalan las condiciones que debe contener la contraseña, cuya función es servir temporalmente de documento de identificación mientras se expide el documento de identidad por primera vez, duplicado o rectificación según...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR