Proyecto de Ley 185 de 2014 Cámara - 25 de Marzo de 2014 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 505031878

Proyecto de Ley 185 de 2014 Cámara

por la cual se modifica la cotización al régimen contributivo de salud de los pensionados. El Congreso

DECRETA:

Artículo 1°. El objeto de la presente ley es fijar nuevos parámetros para el pago de la cotización del régimen contributivo dentro del sistema general de salud por parte de los pensionados.

Artículo 2°. Modifíquese el inciso adicionado por el artículo 1° de la Ley 1250 de 2008, el cual quedará así:

La cotización mensual al régimen contributivo de salud de los pensionados será:

a) Del 4% del ingreso de la respectiva mesada pensional cuando el valor de la misma sea inferior a dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes;

b) Del 6% del ingreso de la respectiva mesada pensional cuando el valor de la misma esté comprendida entre dos (2) y menos de cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes;

b) Del 8% del ingreso de la respectiva mesada pensional cuando el valor de la misma esté comprendida entre cuatro (4) y cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes;

c) Del 12% del ingreso de la respectiva mesada pensional cuando el valor de la misma supere los cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Artículo 3°. De conformidad con las normas establecidas en la Ley 1607 de 2012, específicamente las contempladas en el Capítulo II, la financiación parcial a que haya lugar del sistema de seguridad social en salud se efectuará con los recursos provenientes del impuesto sobre la renta para la equidad (CREE).

Artículo 4°. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Del honorable Congresista,

Holger Horacio Díaz Hernández, Representante a la Cámara, Departamento de Santander.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Sistema de Seguridad Social en Salud en Colombia comprende los mecanismos mediante los cuales ¿se brinda un seguro que cubre los gastos de salud a los habitantes del territorio nacional, colombianos y extranjeros¿[1][1] soportado en las Entidades Promotoras de Salud (EPS) e Instituciones Prestadores de Salud (IPS) y en el marco del Régimen Subsidiado y el Régimen Contributivo.

Según la ley todos los empleados, trabajadores independientes (con ingresos totales mensuales superiores a un (1) salario mínimo) y los pensionados deben estar afiliados al Régimen Contributivo[2][2].

En el artículo 204 de la Ley 100 de 1993, norma general del sistema, modificado posteriormente por la Ley 1122 de 2007 se estableció:

La cotización al Régimen Contributivo de Salud será, a partir del primero (1°) de enero del año 2007, del 12,5% del ingreso o salario base de cotización, el cual no podrá ser inferior al salario...

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