Proyecto de Ley 187 de 2014 Cámara - 26 de Marzo de 2014 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 505032530

Proyecto de Ley 187 de 2014 Cámara

por medio de la cual la nación se asocia a la celebración de los noventa (90) años del natalicio y cinco (5) años del fallecimiento del doctor Víctor Renán Barco López y rinde homenaje al municipio de La Dorada en el departamento de Caldas y se dictan otras disposiciones. El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. La República de Colombia honra, enaltece y exalta la figura del ex Concejal, ex Diputado a la Asamblea del Departamento de Caldas, ex Representante a la Cámara, ex Senador de la República y ex Ministro de Justicia colombiano doctor Víctor Renán Barco López, como modelo de dignidad y consagración al servicio del pueblo caldense y colombiano, con motivo de los noventa (90) años de su nacimiento a celebrarse el 30 de abril de 2018 y cinco (5) años de su fallecimiento.

Artículo 2°. De conformidad con lo dispuesto en la presente ley y de acuerdo a lo establecido en los artículos 150, 334, 339, 341, 345 y 359 de la Constitución Política se autoriza al Gobierno Nacional para incorporar dentro del presupuesto General de la Nación y/o impulsar a través del Sistema Nacional de Cofinanciación las apropiaciones presupuestales necesarias para adelantar las obras relacionadas dentro del contenido del presente artículo:

¿ Ampliación de la Infraestructura Física, implementación de la Alta Complejidad y dotación de la Empresa Social del Estado Hospital San Félix, ubicado en el municipio de La Dorada, Caldas.

¿ Construcción Puerto Multimodal del río Magdalena, en el municipio de La Dorada, Caldas.

¿ Ampliación de la Infraestructura Física y dotación del Colegio Renán Barco, en el municipio de La Dorada, Caldas.

¿ Ampliación de la Infraestructura Física y dotación del Politécnico Industrial Alfonso López, en el municipio de La Dorada, Caldas.

Artículo 3°. El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Cultura, colocará un óleo en la Asamblea Departamental de Caldas y un monumento suyo será erigido en la Plaza Principal del municipio de La Dorada, departamento de Caldas.

Artículo 4°. A partir de la vigencia de la presente ley el Salón de Sesiones de la Comisión Cuarta Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes llevará el nombre de ¿Víctor Renán Barco López¿.

Así mismo, la Empresa Social del Estado Hospital San Félix, del municipio de La Dorada, Caldas, llevará el nombre de ¿Víctor Renán Barco López¿.

Artículo 5°. Créase la distinción a la excelencia en manejo Fiscal y Financiero ¿Víctor Renán Barco López¿, en los entes territoriales la cual será impuesta por las Comisiones Económicas Conjuntas del Senado de la República y Cámara de...

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