Acta de comisión 20 del 14 de mayo de 2013 senado - 2 de Agosto de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 465820526

Acta de comisión 20 del 14 de mayo de 2013 senado

ACTA DE COMISIÓN 20 DEL 14 DE MAYO DE 2013 SENADO. COMISIÓN TERCERA CONSTITUCIONAL PERMANENTE HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICAACTA NÚMERO 20 DE 2013

(mayo 14)

En la ciudad de Bogotá, D. C., siendo las 11:00 a. m. el día martes 14 de mayo de 2013, se reunieron en el Recinto de esta Célula Legislativa, los Miembros de la Comisión Tercera Constitucional Permanente con el fin de poner a consideración el siguiente Orden del Día:

ORDEN DEL DÍA

Para la Sesión ordinaria del día martes 14 de mayo de 2013

Hora 11:00 a. m.

I

Llamado a lista y verificación del quórum

II

Votación de proyectos

1. Proyecto de ley número 139 de 2012 Senado, por medio de la cual se desarrolla el artículo 334 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones.

Publicación Gaceta del Congreso número 690 de 2012.

Ponencia para Primer Debate Gaceta del Congreso número 263 de 2013.

Autor: Ministro de Hacienda y Crédito Público, doctor Mauricio Cárdenas Santamaría.

Ponentes: honorables Senadores Camilo Sánchez Ortega, Aurelio Iragorri Hormanza y Germán Villegas Villegas.

  1. Proyecto de ley número 77 de 2012 Senado, por la cual se dictan algunas disposiciones en materia contable, se le entregan algunas facultades al Gobierno Nacional para modificar la estructura de la junta central de contadores y se reforman algunos artículos de la Ley 1314 de 2009 y la Ley 43 de 1990.

    Publicación: Gaceta del Congreso número 519 de 2012.

    Ponencia para primer debate Gaceta del Congreso número 956 de 2012.

    Autor: honorables Senador Gabriel Zapata Correa.

    Ponente: honorable Senador Fuad Char Abdala.

  2. Proyecto de ley números 179 de 2012 Senado y 105 de 2011 Cámara, por la cual se autoriza la emisión de la estampilla pro Universidad del Pacífico Ómar Barona Murillo y se dictan otras disposiciones.

    Publicación Gaceta del Congreso número 730 de 2011.

    Ponencia para primer debate Gaceta del Congreso número 233 de 2012.

    Autores: honorables Senadores Édison Delgado Ruiz, Hemel Hurtado Angulo.

    Honorables Representantes Heriberto Arrechea Banguera, Jairo Hinestroza Sinisterra, Jair Acuña Cardales, Libardo García, Carlos Escobar Córdoba, Carlos Julio Bonilla Soto, Yensy Alfonso Acosta Castañez, Jack Housni Jaller, Víctor Hugo Moreno Bandeira, José Bernardo Flórez Asprilla, Roberto Ortiz Urueña, Julio Eugenio Gallardo Archbold.

    Ponentes: Rodrigo Villalba Mosquera y Aurelio Iragorri Hormanza.

  3. Proyecto de ley número 252 de 2012 Senado, 072 de 2011 Cámara, por medio de la cual se crea y se autoriza a las asambleas departamentales y al Concejo Distrital de Bogotá, para emitir la estampilla pro desarrollo Unad de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia.

    Publicación: Gaceta del Congreso número 511 de 2012.

    Ponencia para primer debate gaceta número 192 de 2012.

    Autores: honorables Senadores Carlos Ferro, Plinio Olano, Efraín Torrado y los honorables Representantes, Alfredo Molina Triana, José Bermúdez Sánchez y José Caicedo Sastoque.

    Ponentes: honorables Senadores Aurelio Iragorri Hormaza y José Darío Salazar Cruz.

    III

    Lo que propongan los honorables Senadores

    IV

    Negocios sustanciados por la Presidencia

    El Presidente,

    Camilo Sánchez Ortega.

    El Vicepresidente,

    Germán Hoyos Giraldo.

    El Secretario,

    Rafael Oyola Ordosgoitia.

    Honorable Senador Camilo A. Sánchez Ortega, Presidente de la Comisión Tercera del Senado:

    Sírvase llamar a lista, señor secretario.

    Doctor Rafael Oyola Ordosgoitia, Secretario Comisión Tercera del Senado:

    Sí, señor Presidente.

    Honorables Senadores:

    Celis Carrillo Bernabé

    Elías Vidal Bernardo Miguel

    Iragorri Hormaza Aurelio

    Sánchez Ortega Camilo Armando

    Villegas Villegas Germán.

    En el trascurso de la Sesión se hicieron presentes los honorables Senadores:

    Arrieta Buelvas Samuel Benjamín

    Casado de López Arleth Patricia

    Char Abdala Fuad Ricardo

    Guerra de la Espriella Antonio

    Laserna Jaramillo Juan Mario

    Tamayo Tamayo Fernando

    Se excusaron los honorables Senadores:

    Hoyos Giraldo Germán Darío

    Salazar Cruz José Darío

    Villalba Mosquera Rodrigo

    Doctor Rafael Oyola Ordosgoitia, Secretario Comisión Tercera de Senado:

    Señor Presidente le informo que han contestado a lista 5 honorables Senadores, hay quórum para deliberar.

    Honorable Senador Camilo A. Sánchez Ortega, Presidente de la Comisión Tercera del Senado:

    Se pondrá en discusión después de que leamos el Orden del Día, para cuando tengamos los 8 miembros necesarios lo podamos votar, así que señor secretario leamos.

    Doctor Rafael Oyola Ordosgoitia, Secretario Comisión Tercera del Senado:

    Está leído el Orden del Día señor Presidente.

    Honorable Senador Camilo A. Sánchez Ortega, Presidente de la Comisión Tercera del Senado:

    Cuando haya quórum lo votaremos, ya estamos a dos Senadores del mismo, pero podemos iniciar la deliberación con el primer punto del Orden del Día.

    Doctor Rafael Oyola Ordosgoitia, Secretario Comisión Tercera del Senado:

    Sí, señor Presidente.

    Primer punto, para votación de proyectos.

    El Proyecto de ley número 139 de 2012 Senado, por medio de la cual se desarrolla el artículo 334 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones.

    Como lo dije anteriormente, autor Ministro de Hacienda y Crédito Público, doctor Mauricio Cárdenas Santamaría, presente en el recinto de la Comisión.

    Ponentes: honorables Senadores Camilo Sánchez Ortega, Aurelio Iragorri Hormaza y Germán Villegas Villegas, igualmente presentes en la Sesión.

    Honorable Senador Camilo A. Sánchez Ortega, Presidente de la Comisión Tercera del Senado:

    Sí, están de acuerdo los Senadores ponentes, dejar que el Ministro haga la presentación del proyecto y nosotros poder hacer la defensa del mismo ante los Congresistas de la Comisión Tercera.

    Entonces, Ministro por favor, para que usted haga la presentación oficial y nosotros después mostraremos cuál ha sido la ponencia que hemos presentado sobre la misma.

    Doctor Mauricio Cárdenas Santamaría, Ministro de Hacienda y Crédito Público:

    Muchas gracias señor Presidente y un cordial saludo a los honorables Senadores.

    Este proyecto de ley que ha sido radicado con el número 139 de 2012, por medio de la cual se desarrolla el artículo 334 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones, es un proyecto de ley que consta de 16 artículos y que lo que logra y lo que procura es, desarrollar el Acto Legislativo número 03 de 2011, de julio 10 de 2011; ese Acto Legislativo recordará esta Célula Legislativa que lo que hizo fue modificar nuestra Constitución, en un sentido muy importante para el país y es introducir el principio de sostenibilidad fiscal a la Constitución.

    Lo que dice el Acto Legislativo es que, entendiendo que la dirección de la economía está a cargo del Estado colombiano se debe realizar dentro de un marco de sostenibilidad fiscal y que la sostenibilidad fiscal deberá ser un instrumento para alcanzar de manera progresiva los objetivos del Estado Social de Derecho, es decir, nuestra Constitución establece que nuestra economía está edificada sobre los principios del Estado Social de Derecho y simplemente lo que hace a este Acto Legislativo, es decir, que un instrumento para lograr progresivamente esos objetivos es la sostenibilidad fiscal, al introducirse este concepto dentro de la Constitución, se establece también que todas las ramas y Órganos dentro del poder público deben respetar, digamos, este principio, es decir, que un principio rector de la orientación de las ramas y Órganos del poder público deben ser la sostenibilidad fiscal.

    Una de las innovaciones más interesantes del Acto Legislativo número 3 de 2011, es la introducción de la figura del incidente fiscal, el incidente fiscal es un mecanismo a través del cual se puede presentar ante las altas cortes, que hayan proferido alguna sentencia, se puede presentar esa instancia para que si la alta corte en el proceso de expedición de esa sentencia ha omitido el principio de sostenibilidad fiscal lo tenga en cuenta, no para reversar el fallo, en ese sentido no estamos hablando de una apelación, sino para moderar el fallo, para graduar el fallo en el sentido de que sus impactos fiscales se puedan modular, se puedan modificar o se puedan digerir a lo largo del tiempo, de forma tal que esos fallos no atenten contra la sostenibilidad fiscal.

    Eso es lo que dice el Acto Legislativo en términos muy escuetos, lo que presenta a consideración del Congreso de la República el Proyecto de ley número 139 de 2012, es precisamente la reglamentación de ese Acto Legislativo, establecer ya los criterios, los procedimientos y los mecanismos específicos bajo los cuales se puede interponer ese recurso llamado el incidente de impacto fiscal. ¿Qué se dice en este proyecto de ley?, que el incidente de impacto fiscal procederá ante o con respecto a todas las providencias de las máximas corporaciones judiciales, incluyendo la acción de tutela. El incidente puede solicitarse incluso si la Nación no fue parte de ese proceso o de esa providencia, quienes pueden conocer de este recurso de incidente de impacto fiscal, la sala plena de la Corte Constitucional, la sala plena de la Corte Suprema de Justicia, la sala plena de la contencioso administrativo del Consejo de Estado o la sala jurisdiccional disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, donde haga parte el Magistrado que presenta la ponencia sobre la cual se está solicitando el incidente.

    Quiénes pueden hacer parte de este recurso de procedimiento de incidente de impacto fiscal, el solicitante del mismo que puede ser el Procurador General de la Nación o cualquiera de los Ministros del Despacho, el Ministro de Hacienda y Crédito Público o los demandantes y demandados del proceso que dio origen a la providencia sobre la cual se solicita el incidente de impacto fiscal.

    Esto puede presentarse ante el Magistrado que presentó la Ponencia ante la alta Corporación, dentro de los 20 días posteriores a la notificación de la respectiva sentencia, y la alta Corte correspondiente tiene la obligación de decidir sobre ese incidente. En el caso de decisiones...

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