Acta de Comisión 17 del 01 de Abril de 2014 Cámara - 9 de Abril de 2014 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 505032602

Acta de Comisión 17 del 01 de Abril de 2014 Cámara

COMISIÓN SÉPTIMA CONSTITUCIONAL PERMANENTE ACTA NÚMERO 17 DE 2014 (abril 1°)

Segundo Período - Legislatura 2013-2014

En la ciudad de Bogotá, D. C., siendo las 10:30 a. m. del día martes 1° de abril de 2014, se reunieron en el recinto de Sesiones de la Comisión Séptima Constitucional Permanente, los honorables Representantes miembros de la misma, presidiendo el honorable Representante Carlos Enrique Ávila Durán.

El Presidente:

Sírvase leer el Orden del Día.

El Secretario:

Muy buenos días, siendo las 10 y 30 se da inicio a la sesión.

ORDEN DEL DÍA PROPUESTO

para la sesión ordinaria de la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes

Fecha: martes 1° de abril de 2014

Lugar: Recinto de sesiones de la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes Salón: Juan Luis Londoño de La Cuesta.

Hora: 9:30 a. m.

I

Llamado a lista y verificación del quórum.

II

Anuncio de proyectos de ley

Proyecto de ley número 087 de 2013 Cámara, por medio de la cual se prohíbe la venta y/o consumo a menores de edad de bebidas energizantes, se regula su comercialización y se dictan otras disposiciones.

Autor: honorable Representante Yahir Fernando Acuña.

Ponente para primer debate: honorable Representante Armando Antonio Zabaraín y el honorable Representante Juan Manuel Valdés.

Se encuentra publicada la ponencia en la Gaceta del Congreso número 110 del 2014.

Segundo proyecto para anuncio, el Proyecto de ley número 109 de 2013 Cámara, por la cual se reconoce la infertilidad como enfermedad y se establecen criterios para su cobertura médico-asistencial por parte del sistema de salud del Estado.

Autor: honorable Representante Laureano Augusto Acuña Díaz.

Ponente, honorable Representante Alba Luz Pinilla Pedraza.

III

Discusión y votación de proyectos de ley

Tenemos el Proyecto de ley número 173 de 2012 Senado, 158 de 2013 Cámara, por medio de la cual se establecen criterios adicionales a los cuales se deben sujetar el Gobierno Nacional al fijar el régimen salarial y prestacional de las fuerzas armadas.

Autor: honorable Senador Juan Lozano Ramírez.

Ponentes para primer debate honorable Representante Holger Horacio Díaz y el honorable Representante Pablo Aristóbulo Sierra León.

Publicación de la ponencia en la Gaceta del Congreso número 1062 de 2013 y el proyecto fue anunciado el 25 marzo 2014.

IV

Lo que propongan los honorables Representantes

Leído el Orden del Día señor Presidente.

Firman:

El Presidente,

PABLO SIERRA LEÓN.

La Vicepresidenta,

LINA MARÍA BARRERA RUEDA.

El Secretario,

RIGO ARMANDO ROSERO ALVEAR.

El Presidente:

En consideración el Orden del Día. Anuncio que va a cerrarse, queda cerrado, ¿aprueban el Orden del Día?

El Secretario:

Ha sido aprobado señor Presidente. Primero, llamado a lista y verificación del quórum.

Contestaron:

Ávila Durán Carlos Enrique

Benavides Solarte Diela Liliana

Burgos Ramírez Dídier

Díaz Hernández Holger Horacio

Díaz Ortiz Gloria Stella

Duque Naranjo Yolanda

Ochoa Zuluaga Luis Fernando

Pedraza Pinilla Alba Luz

Raad Hernández Elías

Ramírez Orrego Martha Cecilia

Ricardo de Páez Amanda

Robledo Gómez Ángela María

Romero Piñeros Rafael

Sierra León Pablo Aristóbulo

Yepes Flórez Víctor Raúl

Zabaraín D¿Arce Armando Antonio.

Con excusa:

Barrera Rueda Lina María

Valdés Barcha Juan Manuel.

11 Representantes han contestado el llamado a lista, tenemos quórum decisorio señor Presidente.

El Presidente:

Continuamos con el Orden del Día señor Secretario.

El Secretario:

Segundo punto del Orden del Día, anuncio de proyectos de ley, ya quedan anunciados, el Proyecto de ley número 087 de 2013 Cámara, por medio de la cual se prohíbe la venta y/o consumo a menores de edad de bebidas energizantes, se regula su comercialización y se dictan otras disposiciones. Y el segundo proyecto para anuncio, el Proyecto de ley número 109 de 2013 Cámara, por la cual se reconoce la infertilidad como enfermedad y se establecen criterios para su cobertura médico-asistencial por parte del sistema de salud del Estado¿.

Quedan anunciados. Tercer punto del Orden del Día, discusión y votación del Proyecto de ley número 173 de 2012 Senado, 158 de 2013 Cámara, por medio de la cual se establecen criterios adicionales a los cuales se deben sujetar el Gobierno Nacional al fijar el régimen salarial y prestacional de las Fuerzas Armadas.

Autor: honorable Senador Juan Lozano Ramírez. p> Ponentes para primer debate: honorable Representante Holger Horacio Díaz y el honorable Representante Pablo Aristóbulo Sierra León.

Publicación de la ponencia: Gaceta del Congreso número 1062 de 2013 y el proyecto fue anunciado el 25 marzo 2014.

Presidente:

Señor Secretario sírvase leer el informe con que termina el informe.

Secretario:

Proposición, de acuerdo con las apreciaciones anteriores nos permitimos presentar ponencia positiva y proponer ante la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, se dé el primer debate al Proyecto de ley número 173 de 2012 Senado, 158 de 2013 Cámara, por medio de la cual se establecen criterios adicionales a los cuales se deben sujetar el Gobierno Nacional al fijar el régimen salarial y prestacional de las fuerzas armadas.

Presidente:

En consideración la proposición con que termina el informe de ponencia, anuncio que se va a cerrar, queda cerrada. ¿Aprueba la Comisión?

El Secretario:

Señor Presidente ha sido aprobado.

El Presidente:

Articulado señor Secretario.

El Secretario:

Hay siete artículos señor Presidente con la vigencia, hay proposiciones sobre la mesa, me permito leer las proposiciones. Tenemos para el artículo segundo, dice, proposición, modifíquese y adiciónense dos parágrafos al artículo segundo del Proyecto de ley número 158 de 2013 Cámara, 173 del 2012 Senado, por medio de la cual se establecen criterios adicionales a los cuales se deben sujetar el Gobierno Nacional al fijar el régimen salarial y prestacional de las fuerzas armadas, artículo segundo, criterios de experiencia y permanencia en el servicio, con el fin de propender por la igualdad y la progresividad de los salarios de la fuerza pública el Gobierno Nacional en desarrollo de la presente ley deberá reconocer criterios de experiencia laboral y permanencia en el servicio en las prestaciones mensuales de la fuerza pública en particular de los patrulleros de la Policía Nacional, el desarrollo del anterior criterio el Gobierno Nacional implementará, viene en negrilla, subrayado, para los patrulleros de la Policía Nacional una prima de permanencia equivalente al 10% del sueldo básico, estas primas se otorgarán a patrulleros que excedan los cinco años de servicio la cual se pagará mensualmente hasta el momento del ascenso y deberá reflejar en su valor la progresividad por tiempo de servicio.

Parágrafo 1°. El porcentaje anterior se adicionará en un 1% por cada año que excedan de los cinco años hasta los 19 años de servicio y hasta alcanzar un 24% del sueldo básico.

Parágrafo 2°. A su vez el 24% de que trata el parágrafo anterior aumentará en un 2% por cada año de servicio adicional sin que sobrepase el 48%.

Firman, el Representante Holger Horacio Díaz Hernández, Pablo Sierra León.

Hay proposiciones modificadas vivas al artículo segundo, al quinto y al cuarto, como no hay proposiciones a los otros artículos, señor Presidente pida votar en bloque los otros artículos.

El Presidente:

¿Quiere la Comisión que se voten en bloque los artículos?

El Secretario:

Serían los que no tienen proposición, se deja por fuera los artículos segundo, cuarto, y quinto. Se votarían en bloque artículo primero, tercero, sexto, séptimo.

El Presidente:

¿Tiene la Comisión votar en bloque los artículos primero, tercero, sexto, y séptimo?

El Secretario:

Sí lo quiere, señor Presidente.

El Presidente:

Han sido aprobados los artículos 1º, 3º, 6º y 7º.

El Secretario:

Nos acompaña la Viceministra de Hacienda en estos momentos para el proyecto de ley. La doctora Carolina Soto.

El Presidente:

Bienvenida la doctora Carolina Soto a la Comisión Séptima.

El Secretario:

Está leído el artículo 2°, con las proposiciones modificativas. Doctora estoy leyendo la del artículo segundo, tiene que votarse el artículo luego vamos al cuarto y luego al quinto, hay una sola proposición. Una proposición con los dos parágrafos, ya leí cómo va a quedar el artículo segundo, señor Presidente.

El Presidente:

En consideración el artículo segundo con las proposiciones realizadas. Anuncio que va a cerrarse, queda cerrado, ¿aprueba la Comisión?

El Secretario:

Ha sido aprobado por unanimidad, señor Presidente. Artículo 4°, proposición, modifíquese el artículo 4° del Proyecto de ley número 158 del 2013 Cámara, 173 de 2012 Senado, por medio de la cual se establecen criterios adicionales a los cuales se debe sujetar el Gobierno Nacional al fijar el régimen salarial y prestacional salarial de los miembros de la fuerza pública, artículo 4°, factor salarial, la prima de permanencia para el personal en servicio activo, negrillo y subrayado, supresiva, viene el resto, los miembros del nivel ejecutivo en servicio activo y agentes, suprimen, entonces quedaría, artículo 4°, factor salarial, la prima de permanencia para el personal de servicio activo de la Policía Nacional en el grado de patrulleros que sea devengada con un tiempo de servicio de más de 20 años se constituirá en factor salarial para efectos de liquidación de la asignación de retiro o pensión según el caso, se suprime cuando la continúen devengando.

Firman, Holger Horacio Díaz Hernández, Pablo Sierra León.

El Presidente:

Se somete a consideración la proposición presentada, continúa la discusión, anuncio que va a cerrarse, queda cerrado, ¿aprueba la Comisión?

El Secretario:

Sí lo aprueba señor Presidente por unanimidad, el artículo 4° como se leyó. Artículo 5°, proposición, modifíquese...

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