Acta de audiencia pública al proyecto de ley 211 de 2013 senado 268 de 2013 cámara - 9 de Septiembre de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 465825678

Acta de audiencia pública al proyecto de ley 211 de 2013 senado 268 de 2013 cámara

ACTA DE AUDIENCIA PÚBLICA AL PROYECTO DE LEY 211 DE 2013 SENADO, 268 DE 2013 CÁMARACOMISIONES PRIMERAS CONSTITUCIONALES PERMANENTES DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA Y LA honorable CÁMARA DE REPRESENTANTESAUDIENCIA PÚBLICA CONJUNTAS DE 2013

(mayo 16)

Fuero Militar

Proyecto de ley número 211 de 2013 Senado, 268 de 2013 Cámara

por la cual se desarrollan los artículos 116 y 221 de la Constitución Política de Colombia y se dictan otras disposiciones.

Convocada mediante Resolución número 08 del 9 de mayo de 2013, con el fin de escuchar a las personas naturales o jurídicas interesadas en presentar opiniones u observación al Proyecto de ley número 211 de 2013 Senado, 268 de 2013 Cámara, por la cual se desarrollan los artículos 116 y 221 de la Constitución Política de Colombia y se dictan otras disposiciones.

Siendo las 10:10 a. m., del día 16 de mayo de 2013 en el salón de sesiones de la Comisión Primera de Cámara, Edificio Nuevo del Congreso en la ciudad de Bogotá D. C., se da inicio a la Audiencia Pública previamente convocada y con la presencia de los honorables Senadores y honorables Representantes miembros de las Comisiones Primeras y bajo la Presidencia como coordinadores ponentes del proyecto los honorables Senadores Juan Manuel Galán Pachón y Juan Carlos Vélez Uribe.

Por Secretaría se da lectura a la Resolución número 08:

RESOLUCIÓN NÚMERO 08 DE 2013

(mayo 9)

por la cual se modifica la Resolución número 07 emitida el 7 de mayo de 2013.

La Mesa Directiva de las Sesiones Conjuntas de las Comisiones Primeras del honorable Senado de la República y de la honorable Cámara de Representantes,

CONSIDERANDO:

  1. Que en el segundo periodo de la Legislatura 2012-2013, se radicó el Proyecto de ley número 211 de 2013 Senado, 268 de 2013 Cámara, por la cual se desarrollan los artículos 116 y 221 de la Constitución Política de Colombia y se dictan otras disposiciones;

  2. Que el Gobierno Nacional ha solicitado trámite de urgencia y deliberación conjunta de las Comisiones Primeras de Senado y Cámara con el fin de estudiar la iniciativa enunciada en el literal a);

  3. Que la Mesa Directiva de las Sesiones Conjuntas de las Comisiones Primeras del honorable Senado de la República y de la honorable Cámara de Representantes emitieron la Resolución número 07, por la cual se convocaba a una Audiencia Pública para la iniciativa enunciada en el literal a), la cual se llevaría a cabo el día viernes 17 de mayo del año en curso;

  4. Que la Mesa Directiva de las Sesiones Conjuntas de las Comisiones Primeras de Senado y Cámara, considera pertinente y oportuno modificar la fecha de realización de dicha Audiencia con el fin de dar celeridad al trámite legislativo que dicha iniciativa debe tener en el Congreso de la República;

  5. Que la modificación en la fecha de realización de la Audiencia Pública conlleva a cambiar las fechas para la preinscripción y posterior inscripción con el fin de intervenir en dicha Audiencia,

RESUELVE:

Artículo 1º Modificar las fechas de preinscripción, inscripción y realización de la Audiencia Pública sobre el Proyecto de ley número 211 de 2013 Senado, 268 de 2013 Cámara, por la cual se desarrollan los artículos 116 y 221 de la Constitución Política de Colombia y se dictan otras disposiciones.
Artículo 2º Fijar como nuevas fechas para la preinscripción e inscripción, en la Secretaría de la Comisión Primera del Senado, los días martes 14 y miércoles 15 de mayo de 2013.
Artículo 3º Fijar como nueva fecha para la realización de la Audiencia Pública el día jueves 16 de mayo de 2013, en la ciudad de Bogotá, en el Salón de Sesiones de la Comisión Primera de la Cámara

Edificio Nuevo del Congreso, a partir de las 10:00 a. m.

Artículo 3º Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones pertinentes de la Resolución número 07 emitida por la Mesa Directiva de las Sesiones Conjuntas de las Comisiones Primeras de Senado y Cámara.

Comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá D. C., a los nueve (9) días del mes de mayo del dos mil trece (2013).

La Presidenta,

Honorable Senadora Karime Mota y Morad.

El Vicepresidente,

Honorable Representante Gustavo Hernán Puentes Díaz.

Los Secretarios,

Guillermo León Giraldo Gil,

Emiliano Rivera Bravo.

La Secretaría informa que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 230 de la Ley 5ª de 1992, se inscribieron las siguientes personas:

Nombre

Apellido

Profesión

Representando a

1

Juan Guillermo

García Serna

General

Ejército

2

Jaime Arturo

Fonseca

Abogado

3

Héctor Andrés

Alaguna Pulido

Abogado

Fundación Libérate

4

Carolina

Arévalo Contreras

Fundación Libérate

5

Luis Fernando

Puentes Torres

Ex director

Justicia Penal Militar

6

Gustavo

Gallón

Comisión Colombiana de Juristas

7

Camilo Andrés

Suárez Aldana

Magistrado

Justicia Penal Militar

8

Rodrigo

Quiñones Cárdenas

Vicepresidente

Asociación Colombiana de oficiales en retiro ACORE

9

Jaime

Ruiz Becerra

Presidente

Asociación Colombiana de oficiales en retiro ACORE

La Presidencia Ejercida por el Coordinador de Ponentes, honorable Senador Juan Manuel Galán Pachón, interviene para un punto de orden:

Muchas gracias Secretario, presentamos un saludo a los honorables Senadores y Representantes a la Cámara que nos acompañan, especialmente al Coordinador Ponente, también de este proyecto el Senador Juan Carlos Vélez, a todos los Representantes a la Cámara todos los señores generales oficiales en retiro y activos que nos acompañan en el día de hoy.

Esta audiencia pública, pues tiene una relevancia y una importancia digna de subrayar porque se trata de un proyecto de ley estatutaria que reglamenta la Reforma Constitucional aprobada el año pasado sobre Fuero Militar pero ante todo sobre Justicia Penal Militar.

Yo haría una introducción muy breve a esta audiencia mencionando que en los últimos 20 años o más, el único aspecto de la Fuerza Pública del sector defensa en nuestro país que no ha tenido una reforma es el de la Justicia Penal Militar.

Y obviamente el desarrollo del conflicto armado interno que sufrimos en Colombia durante ya prácticamente cinco décadas pues nos ha llevado a hacer una serie de cambios y transformaciones profundas en nuestra Fuerza Pública especialmente yo señalaría una revolución silenciosa pero muy fuerte dentro de las fuerzas que es la revolución de los derechos humanos y de cómo la cultura del respeto a los derechos humanos ha ido enraizándose con mucha fuerza en nuestras fuerzas militares, en nuestra policía y creo que esas revoluciones sí cambiaron, esa transformación que se han visto reflejada en las actuaciones hoy de la Fuerza Pública.

Yo diría que es muy importante que este proyecto de ley tenga un debate sereno, tranquilo, profundo, extenso, sí es necesario, para que todas las partes sean escuchadas, para que todas las inquietudes sean recogidas y para que hagamos una buena tarea legislativa los que tenemos la responsabilidad de ser ponentes de este proyecto, coordinadores ponentes y lo hemos hecho.

Yo quiero mencionar que hemos trabajado con mucha dedicación a pesar de la demora que tenemos en la designación de los ponentes en una primera instancia hemos venido trabajando en el texto, hemos venido analizando el texto, la redacción del mismo para que por supuesto todos los términos que contiene este proyecto de ley sean términos que ante todo faciliten la labor de los jueces, faciliten la labor de los operadores de justicia y de los fiscales en la interpretación de las normas.

Yo me atrevería a decir que es muy importante que la justicia penal militar por supuesto sea una justicia independiente, autónoma en su sistema de carrera, objetiva, que tenga todas las herramientas también para investigar, para actuar y para emitir sentencias, porque pues lo que hemos vivido recientemente ha generado una percepción en la opinión pública de que en la Justicia Penal Militar parecería que no se investigan los crímenes, parecería que no hay justicia.

Y otro, que finalmente un miembro de la Fuerza Pública un ciudadano común y corriente no le preocupa tanto quién sea su juez mientras que reciba realmente justicia, eso es lo fundamental y lo primordial, sea la justicia ordinaria quien juzgue nuestros militares o sea la justicia penal militar lo importante es que reciban justicia que reciban un tratamiento justo ya sea para condenarlos cuando han cometido crímenes por los cuales merezcan castigo o para absolverlo si son personas inocentes y si no han cometido crímenes.

Van a surgir muchas inquietudes seguramente en el desarrollo de la audiencia, muchos puntos de vista y nosotros los ponentes como en nuestro trabajo y es nuestra responsabilidad y además así nos lo ordena la Constitución y la ley, vamos a recoger todas las reflexiones, todas las ideas que se presenten durante esta audiencia pública para incluirlos en la ponencia que radicaremos sobre este proyecto de ley estatutaria porque así es la obligación y el mandato que tenemos.

De modo que sin más preámbulo comenzamos señor Secretario con los intervinientes y tengo acá en mi lista de primero para intervenir al General García de la Fuerza Aérea Colombiana.

Antes de comenzar con los intervinientes tiene la palabra el otro coordinador ponente.

La Presidencia concede el uso de la palabra al honorable Senador Juan Carlos...

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