Acta de audiencia pública al proyecto de ley 255 de 2009 cámara 197 de 2008 senado - 2 de Agosto de 2010 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451383882

Acta de audiencia pública al proyecto de ley 255 de 2009 cámara 197 de 2008 senado

ACTA DE AUDIENCIA PÚBLICA AL PROYECTO DE LEY 255 DE 2009 CÁMARA, 197 DE 2008 SENADOCOMISIÓN PRIMERA CONSTITUCIONAL PERMANENTEAUDIENCIA PÚBLICA DE 2010

(mayo 13)

PROYECTO DE LEY NÚMERO 255 DE 2009 CÁMARA, 197 DE 2008 SENADO

por la cual se adoptan medidas en materia de Descongestión Judicial.

Autor: Ministro del Interior y de Justicia, doctor Fabio Valencia Cossio.

Ponentes: honorables Representantes Zamir Eduardo Silva Amín (C), Carlos Enrique Soto Jaramillo, Germán Varón Cotrino, Óscar Arboleda Palacios, Carlos Germán Navas Talero, Jorge Humberto Mantilla Serrano y Telésforo Pedraza Ortega.

El Presidente,

Óscar Arboleda Palacio.

El Vicepresidente,

Carlos Enrique Ávila Durán.

El Secretario,

Emiliano Rivera Bravo.

Preside, honorable Representante Zamir Eduardo Silva Amín:

En nombre de la Presidencia de la Comisión, el doctor Óscar Arboleda, quiero manifestarles nuestro saludo y complacencia por la asistencia y la participación de ustedes en esta audiencia relacionada con el proyecto llamado ¿Descongestión de la Justicia¿; igualmente, estamos acá en razón a la ausencia del doctor Arboleda, en mi condición de coordinador ponente y con uno de los ponentes, el doctor Telésforo Pedraza, para escuchar con toda atención las distintas intervenciones, que aspiramos sean muy precisas y desde luego como siempre ocurre en estos eventos les pedimos que nos dejen en la secretaría una copia de su intervención escrita, a efecto de que los ponentes podamos estudiarlas e incluirlas en la ponencia no solo como un testimonio de que ustedes participaron sino a efectos de estudiarlas y presentarlas a los miembros de la Comisión Primera a efecto de que si lo tienen a bien las acojan o no.

Les voy a pedir el favor de que sean muy concisos, muy precisos, en principio pues no vamos a poner un límite de tiempo distinto me contradigo, a diez minutos según la asistencia la vamos ampliando o la vamos recortando, pero jamás con el criterio de no escuchar a alguno de ustedes. Aquí vamos a estar hasta que el último de los presentes o de los que lleguen participen; lo hacemos porque se trata de un proyecto como bien lo saben en el cual se pretende reformar los Códigos de Procedimiento Civil, Contencioso Administrativo, Laboral y algunos asuntos en materia de derecho penal.

Por esa razón vamos a comenzar diciéndoles las tres personas que van a comenzar en el orden que voy a indicar, posteriormente cuando hable la tercera e indicaré las otras que van a continuar.

De acuerdo a la Ley 5ª vamos a leer el Orden del Día, señor Secretario, por favor lea el Orden del Día.

Secretario:

Presidente, le advierto a la audiencia que estamos en virtud de la Resolución número 004 ¿Por la cual se convoca a Audiencia Pública¿, considerando que el artículo 230 de la Ley 5ª de 1992 faculta a la Mesa Directiva de la Comisión Primera Constitucional para autorizar audiencia pública sobre proyectos de ley o de actos legislativos.

Que los doctores Germán Grisales, Presidente de la Confederación de Colegios de Jueces y Fiscales de Colombia, y el doctor Leonardo Efraín Cerón Erazo, Presidente de la Corporación de Jueces y Magistrados de Colombia, han solicitado se realice audiencia pública sobre el Proyecto de ley número 255 de 2009 Cámara, 197 de 2008 Senado, ¿por la cual se adoptan medidas en materia de Descongestión Judicial¿.

Que debido a la importancia del proyecto antes citado, se convoca a audiencia pública,

RESUELVE:

Artículo 1º. Convocar a Audiencia Pública para que las personas naturales o jurídicas interesadas presenten opiniones u observaciones sobre el Proyecto de ley número 255 de 2009 Cámara, 197 de 2008 Senado, por la cual se adopta medidas en materia de Descongestión Judicial.

Artículo 2º. La Audiencia Pública se realizará el día jueves 13 de mayo de 2010, a las 10:00 a. m. en el salón de sesiones ¿Roberto Camacho Weverberg¿, de esta célula legislativa.

Artículo 3º. Las personas interesadas podrán inscribirse hasta el día 12 de mayo de 2010, en la Comisión Primera Constitucional de la Cámara de Representantes o en la Oficina de Atención Ciudadana del Congreso; personalmente o Telefónicamente a los números 3824289 y 3824292. Las observaciones y opiniones deberán presentarse por escrito en original y medio magnético o enviarlas al correo electrónico: comision.primera@camara.gov.co.

Artículo 4º. La Mesa Directiva de la Comisión Primera de la honorable Cámara de Representante ha delegado en el honorable Representante Zamir Eduardo Silva Amín, ponente del proyecto de ley, la dirección de la Audiencia Pública, quien de acuerdo a la lista de inscritos fijará el tiempo de intervención de cada participante.

Artículo 5º. La Secretaría de la Comisión efectuará las diligencias necesarias, para efecto a que la convocatoria a la Audiencia sea de conocimiento general y en especial en la publicación en los canales de televisión, de un aviso en el que se dé conocimiento de este hecho.

Artículo 6º. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a los seis (6) días del mes de mayo del año dos mil diez (2010).

El Presidente,

Óscar Arboleda Palacio.

El Vicepresidente,

Carlos Enrique Ávila Durán.

El Secretario,

Emiliano Rivera Bravo.

En virtud de la Resolución número 004, acabada de leer, el siguiente Orden del Día.

INVITACIÓN A LA AUDIENCIA PÚBLICA

I

Proyecto de ley número 255 de 2009 Cámara, 197 de 2008 Senado, por la cual se adopta medidas en materia de Descongestión Judicial.

Autor: Ministro del Interior y de Justicia, doctor Fabio Valencia Cossio.

Ponentes: honorables Representantes Zamir Eduardo Silva (C), Carlos Enrique Soto, Germán Varón Cotrino, Óscar Arboleda Palacios, Carlos Germán Navas Talero, Jorge Humberto Mantilla Serrano, Telésforo Pedraza Ortega.

Solicitud presentada por los señores Germán Grisales,Presidente de la Confederación de Colegios de Jueces y Fiscales de Colombia y doctor Leonardo Efraín Cerón Erazo,Presidente Corporación de Jueces y Magistrados de Colombia.

II

Lo que propongan los honorables Congresistas

Presidente, ha sido leída la resolución por la cual se ha convocado a audiencia pública y el respectivo Orden del Día. Puede usted dar inicio a la misma, señor Presidente.

La Presidencia concede el uso de la palabra al doctor Pedro Munar, Magistrado Corte Suprema de Justicia ¿ Sala Civil:

Gracias doctor Zamir, señores Parlamentarios, señoras y señores Jueces, Magistradas, Magistrados, queridos colegas.

Ante todo, la Sala de Casación Civil, en el día de ayer estuvo sesionando muy rigurosamente sobre este proyecto y les hará llegar a ustedes señores coordinadores de ponentes, los comentarios puntuales sobre la reforma. Los comentarios que van artículo por artículo sobre la reforma.

Dada la premura, la cortedad del tiempo, la Corte quisiera llamar la atención sobre algunos aspectos que podríamos decir constituyen una macropolítica de lo que podría ser la descongestión o que no podrían faltar en una descongestión de la justicia.

En primer lugar, cualquier intento de reforma debe considerar a juicio de la Sala de Casación Civil, me estoy refiriendo en este caso en lo que tiene que ver con los Jueces Civiles del Circuito, los Magistrados de Tribunales Civiles de Familia, con que la implementación de un proceso oral o verbal, como aquí se pretende, debe partir de entregarle a ese juez un despacho completamente descongestionado, es decir, que el Juez que a partir del momento en que entre en vigor esta reforma debe tener cero asuntos como carga o pasivo de su juzgado.

Imagínense ustedes por un momento, un juez tenía aquí algunos datos que recibe en promedio una carga de procesos de conocimiento que puede estar en quinientos o seiscientos negocios al año, para poder despachar en un año, que es el término que el proyecto le brinda para despachar el asunto, tendría que hacer aproximadamente dos audiencias de fallo al año y el primer día ya tendría que estar fallando asuntos para poder cumplir esos cometidos.

Me parece entonces que eso es, como está aquí previsto que va a seguir atendiendo los negocios antiguos por el sistema escrito y negocios nuevos a partir de un proceso oral o verbal, pues nos parece francamente imposible que un juez con una carga de mil quinientos negocios pueda despachar oportunamente con un proceso verbal estos asuntos. Ese término del año, la Corte celebra que puede imponerse un término a los jueces para fallar pero debe ser un término reglado por el Consejo Superior, que atienda las circunstancias de cada lugar, de cada tribunal en particular; una cosa es fallar en Bogotá y otra cosa muy distinta seguramente fallar en Tunja, donde no existe la misma carga laboral de los despachos.

De manera que una propuesta tiene que ir con una política agresiva de descongestión, que se nombren unos jueces adjuntos que se encargan del pasivo que actualmente existe en los despachos, para que el juez titular a partir del día en que entre esta norma, se dedique exclusivamente a la oralidad, que va a ser una carga onerosa para el Estado, es muy probable que así sea, pero nos garantizaría una justicia eficaz a partir de ese momento y en lo sucesivo.

En segundo lugar, la Corte también ve con beneplácito aunque habría que ir a la minucia, en la minucia está el diablo dicen los legisladores, de que exista una sentencia de condena y un ulterior incidente de liquidación de los perjuicios de manera que ahorre un gran espacio probatorio en liquidar perjuicios y a la postre el proceso termine por absolución del demandado por falta de una de las condiciones de prosperidad de la pretensión; una absolución en materia de responsabilidad civil podría llevar un mes, dos meses si el juez a lo único que se dedica es a estudiar los elementos estructurales de la responsabilidad.

Una tercera idea, que estuvo discutiendo la Sala, tiene que ver con la posibilidad de que exista en el proceso un recurso trasversal de constitucionalidad; es decir, que en cualquier momento del...

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