Acta de audiencia pública 04 de 2009 senado - 27 de Julio de 2010 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451383430

Acta de audiencia pública 04 de 2009 senado

ACTA DE AUDIENCIA PÚBLICA 04 DE 2009 SENADO. COMISION PRIMERA CONSTITUCIONAL PERMANENTEAUDIENCIA PÚBLICA DE 2010

(abril 15)

PROYECTO DE LEY NÚMERO 04 DE 2009 SENADO

por la cual se le confieren facultades al Consejo Superior de la Judicatura para el reconocimiento de personería jurídica, autorización de funcionamiento, ejerza control y vigilancia a las organizaciones de abogados titulados y se crean otras obligaciones.

Convocada mediante la Resolución número 6 del 1° de diciembre de 2009, y modificada la fecha de su realización mediante las Resoluciones 8 del 2 de diciembre de 2009, 04 del 10 de noviembre de 2009, 9 del 16 de diciembre de 2009, 10 del 17 de marzo de 2010, con el fin de escuchar a las personas naturales o jurídicas interesadas en presentar opiniones u observación sobre el Proyecto de ley número 04 de 2009 Senado, por la cual se le confieren facultades al Consejo Superior de la Judicatura para el reconocimiento de personería jurídica, autorización de funcionamiento, ejerza control y vigilancia a las organizaciones de abogados titulados y se crean otras obligaciones.

Siendo las 10:30 a. m. del día 15 de abril de 2010 se da inicio en el Salón de Sesiones de la Comisión Primera del Senado de la República ¿Guillermo Valencia¿ Capitolio Nacional a la Audiencia Pública previamente convocada con la presencia de los honorables Senadores miembros de la Comisión Primera y bajo la Presidencia del honorable Senador Samuel Arrieta Buelvas.

Atendiendo instrucciones de la Presidencia por Secretaria se da lectura a las resoluciones de convocatoria a esta Audiencia Pública.

RESOLUCIÓN NÚMERO 06 DE 2009

(diciembre 1°)

por la cual se convoca a Audiencia Pública.

La Mesa Directiva de la Comisión Primera del honorable Senado de la República,

CONSIDERANDO:

  1. Que en la presente Legislatura 2009-2010, se radicó en la Secretaría de la Comisión Primera del Senado el Proyecto de ley número 04 de 2009 Senado, por la cual se le confieren facultades al Consejo Superior de la Judicatura para el reconocimiento de personería jurídica, autorización de funcionamiento, ejerza control y vigilancia a las organizaciones de abogados titulados y se crean otras obligaciones;

  2. Que el ponente de este proyecto, honorable Senador Eduardo Enríquez Maya, en la sesión del día 24 de noviembre del presente año, Acta número 12, presentó una proposición, para convocar Audiencia Pública sobre esta iniciativa, con el fin de que participen los profesionales del derecho, y de manera especial los integrantes de Colegios de Abogados del país, la que fue aprobada por los Miembros de la Comisión;

  3. Que la Ley 5ª de 1992 en su artículo 230, establece el procedimiento para convocar las Audiencias Públicas sobre cualquier proyecto de acto legislativo o de ley;

  4. Que el artículo 230 de la Ley 5ª de 1992, faculta a la Mesa Directiva, para reglamentar lo relacionado con las intervenciones y el procedimiento que asegure la debida atención y oportunidad,

    RESUELVE:

    Artículo 1º. Convocar a Audiencia Pública para que las personas naturales o jurídicas, interesadas en el tema, presenten opiniones u observaciones sobre el Proyecto de ley número 04 de 2009 Senado, por la cual se le confieren facultades al Consejo Superior de la Judicatura para el reconocimiento de personería jurídica, autorización de funcionamiento, ejerza control y vigilancia a las organizaciones de abogados titulados y se crean otras obligaciones.

    Artículo 2º. La Audiencia Pública se llevará a cabo el día jueves 10 de diciembre de 2009, en la Ciudad de Bogotá, en el Salón de sesiones de la Comisión Primera del Senado de la República ¿Guillermo Valencia¿ Capitolio Nacional, a partir de las 2:00 p. m.

    Las intervenciones de los inscritos, tendrán una duración de diez (10) minutos, prorrogables de acuerdo al número de inscritos y a criterio de la Presidencia de la Comisión.

    Artículo 3º. Las inscripciones para intervenir en la Audiencia Pública, podrán realizarse telefónicamente en la Secretaría de la Comisión Primera del Senado, los días: jueves 3, viernes 4 y miércoles 9 de diciembre del presente año, en el horario de 9:00 a. m. a 5:30 p. m.

    Dichas fechas y horarios rigen igualmente para la radicación de original y dos copias de la intervención, conforme lo dispone el artículo 230 de la Ley 5ª de 1992. En caso de no radicarse los documentos se anularán las inscripciones.

    Artículo 4º. La Secretaría de la Comisión Primera del Senado efectuará las diligencias necesarias ante el área administrativa del Senado de la República, a efecto que dicha Audiencia sea de conocimiento general y en especial en la publicación de un aviso en un periódico de circulación nacional y/o de la divulgación de esta Audiencia en el Canal Institucional y en el Canal del Congreso.

    Artículo 5º. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

    Comuníquese y cúmplase.

    Dada en Bogotá D. C., el primer (1er) día del mes de diciembre del dos mil nueve (2009).

    El Presidente,

    Samuel Arrieta Buelvas.

    El Vicepresidente,

    Marco Alirio Cortés Torres.

    El Secretario,

    Guillermo León Giraldo Gil.

    * * *

    RESOLUCIÓN NÚMERO 08 DE 2009

    (diciembre 2)

    por la cual se cambia la hora de celebración de la Audiencia Pública programada mediante Resolución número 06.

    La Mesa Directiva de la Comisión Primera del honorable Senado de la República,

    CONSIDERANDO:

  5. Que el periodo legislativo (julio 20 a diciembre 16) se encuentra finalizando y que la Comisión Primera del Senado con su homóloga de la Cámara están tramitando importantísimos proyectos en sesiones conjuntas, tales como: El Proyecto de ley número 47 de 2009 Senado, 174 de 2009 Cámara, por la cual se reglamenta el Acto Legislativo N°. 1 de 2009 y se modifica y adiciona la Ley 130 de 1994 y el Proyecto de ley número 185 de 2009 Senado, 189 de 2009 Cámara, por la cual se suprime el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), se crea el Departamento Administrativo denominado Agencia Central de Inteligencia de Colombia (ACI) y se reviste al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias para expedir normas relacionadas con el régimen de personal y la creación de un sistema específico de carrera administrativa en la nueva agencia, el cambio de usuarios y titulares del certificado judicial, la reasignación de funciones y competencias de la entidad suprimida a otras Ramas del Poder Público y se dictan otras disposiciones;

  6. Que la Mesa Directiva de las Sesiones Conjuntas de las Comisiones Primeras de Senado y Cámara considera que es de vital importancia continuar y concluir el trámite de las iniciativas relacionadas en los literales a) y b) en las Comisiones Primeras, para que hagan tránsito a las Plenarias de las respectivas corporaciones;

  7. Que la Mesa Directiva de la Comisión Primera del Senado ha convocado Audiencia Pública mediante Resolución número 06, sobre el Proyecto de ley número 04 de 2009 Senado, por la cual se le confieren facultades al Consejo Superior de la Judicatura para el reconocimiento de personería jurídica, autorización de funcionamiento, ejerza control y vigilancia a las organizaciones de abogados titulados y se crean otras obligaciones, para el día jueves 10 de diciembre a partir de las 2:00 p. m.,

    RESUELVE:

    Artículo 1º. Cambiar la hora de realización de la Audiencia Pública convocada mediante Resolución número 06 y fijar como nueva hora las 4:00 p. m. del día jueves 10 de diciembre de 2009.

    Artículo 2º. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

    Comuníquese y cúmplase.

    Dada en Bogotá, D. C., el segundo (2°) día del mes de diciembre del dos mil nueve (2009).

    El Presidente,

    Samuel Arrieta Buelvas.

    El Vicepresidente,

    Marco Alirio Cortés Torres.

    El Secretario,

    Guillermo León Giraldo Gil.

    * * *

    RESOLUCIÓN NÚMERO 09 DE 2009

    (diciembre 16)

    por la cual se convoca una Audiencia Pública.

    La Mesa Directiva de la Comisión Primera del honorable Senado de la República,

    CONSIDERANDO:

  8. Que en la presente Legislatura 2009-2010, se radicó en la Secretaría de la Comisión Primera del Senado el Proyecto de ley número 04 de 2009 Senado, por la cual se le confieren facultades al Consejo Superior de la Judicatura para el reconocimiento de personería jurídica, autorización de funcionamiento, ejerza control y vigilancia a las organizaciones de abogados titulados y se crean otras obligaciones;

  9. Que el ponente de este proyecto, honorable Senador Eduardo Enríquez Maya, en la sesión del día 24 de noviembre del presente año, Acta número 12, presentó una proposición, para convocar Audiencia Pública sobre esta iniciativa, con el fin que participen los profesionales del derecho, y de manera especial los integrantes de Colegios de Abogados del país, la que fue aprobada por los Miembros de la Comisión;

  10. Que la Mesa Directiva de la Comisión, mediante Resolución número 06, convocó a Audiencia Pública sobre la iniciativa mencionada en el literal a), en los términos establecidos en la ley;

  11. Que por cúmulo de iniciativas que tenía para trámite la Comisión Primera del Senado, mediante Resolución número 08, la Mesa Directiva cambió la hora de realización de la Audiencia Pública;

  12. Que llegada la fecha y hora de realización de la Audiencia Pública mencionada en los anteriores literales, el ponente de este proyecto honorable Senador Eduardo Enríquez Maya, solicitó aplazar la realización de la misma;

  13. Que la Ley 5ª de 1992 en su artículo 230, establece el procedimiento para convocar las Audiencias Públicas sobre cualquier proyecto de acto legislativo o de ley;

  14. Que el artículo 230 de la Ley 5ª de 1992, faculta a la Mesa Directiva, para reglamentar lo relacionado con las intervenciones y el procedimiento que asegure la debida atención y oportunidad,

    RESUELV E:

    Artículo 1º. Aplazar la celebración de la Audiencia pública sobre el Proyecto de ley número 04 de 2009 Senado, por la cual se le confieren facultades al Consejo Superior de la Judicatura para el reconocimiento de personería jurídica, autorización de funcionamiento, ejerza...

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