Acta de comisión 12 del 13 de octubre de 2010 cámara - 22 de Diciembre de 2010 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451392746

Acta de comisión 12 del 13 de octubre de 2010 cámara

ACTA DE COMISIÓN 12 DEL 13 DE OCTUBRE DE 2010 CÁMARA. COMISIÓN TERCERA CONSTITUCIONAL PERMANENTEACTA NÚMERO 12 DE 2010

(octubre 13)

Legislatura 2010-2011

(Primer período)

En la ciudad de Bogotá, D. C., siendo las 10:20 de la mañana del día miércoles 13 de octubre de 2010 se reunieron en el salón de sesiones, los integrantes de la Comisión Tercera Constitucional Permanente de honorable Cámara de Representantes, bajo la Presidencia del honorable Representante Ángel Custodio Cabrera Báez.

La Secretaría por orden de la Presidencia procedió a llamar a lista y contestaron los siguientes honorables Representantes:

Arenas Prada Miguel Jesús

Arrechea Banguera Heriberto

Barguil Assís David Alejandro

Blanco Álvarez Germán Alcides

Cabrera Báez Ángel Custodio

Clavijo Clavijo Orlando

Cuenca Cháux Carlos Alberto

Escobar González Heriberto

Méndez Bechara Raimundo Elías

Taborda Castro Libardo Antonio.

En total diez (10) honorables Representantes, en consecuencia hay quórum deliberatorio.

En el transcurso de la sesión se hicieron presentes los honorables Representantes:

Amín Saleme Fabio Raúl

Anaya Anaya Mónica del Carmen

Arango Torres Jair

Camelo Ramos José Joaquín

Carebilla Cuéllar Manuel Antonio

Castillo García Nancy Denissep> Crissien Borrero Eduardo

Chacón Camargo Alejandro Carlos

Gaviria Muñoz Simón

León León Buenaventura

Mesa Botero Jorge Hernán

Orozco Vivas Felipe Fabián

Padaui Álvarez Hernando José

Pérez Santos Eduardo Enrique

Ramírez Valencia León Darío

Rodríguez Contreras Jaime

Serrano Morales Luis Antonio

Tamayo Tamayo Gerardo.

En total se hicieron presentes dieciocho (18) honorables Representantes.

Con excusa adjunta el honorable Representante Acuña Díaz Laureano Augusto.

La Secretaria por orden de la Presidencia procedió a leer el Orden del Día:

ORDEN DEL DÍA

Sesión Ordinaria del día miércoles 13 de octubre de 2010

Hora: 09:30 a. m.

I

Llamado a lista y verificación del quórum

II

Debate de control político de conformidad con la Proposición 05 del 15 de septiembre de 2010, presentada por los honorables Representantes Ángel Custodio Cabrera Báez, Alejandro Carlos Chacón Camargo, Laureano Augusto Acuña Díaz.

Cítese al Ministro de Protección, doctor Mauricio Santamaría; al Ministro de Hacienda, doctor Juan Carlos Echeverry Garzón; a la Ministra del Medio Ambiente y Desarrollo Territorial, Beatriz Uribe; Director Nacional de Planeación, doctor Hernando José Gómez; Directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, doctora Elvira Forero; al Gerente del Fondo Nacional de Ahorro, doctor Ricardo Arias Mora; Gerente de Prosperar, doctor Luis Alfredo Chaparro; Superintendencia de Salud, doctor Conrado Adolfo Gómez Vélez; Superintendencia de Servicios Públicos, doctora Eva María Uribe; e invítese al Director de Asocajas, doctor Álvaro José Cobos Soto, y doctora Sandra Morelli, Contralora General de la República.

Con el fin de dar respuesta al siguiente cuestionario:

Ministerio de la Protección Social:

Con relación al artículo 18 de la Ley 1151 de 2007, Riesgos Profesionales, sírvase explicar a esta Comisión:

  1. Cuál es la reglamentación actual para la afiliación del grupo poblacional de madres comunitarias del Programa Hogares Comunitarios de Bienestar del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar al sistema de riesgos profesionales.

  2. Cuáles y Cuántas han sido las afiliaciones del grupo especial de Madres Comunitarias del Programa Hogares Comunitarios de Bienestar del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar al sistema de riesgos profesionales.

    Pensiones:

  3. Cuántas Madres Comunitarias del Programa Hogares Comunitarios de Bienestar del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar están afiliadas y activas al Sistema General de Pensiones.

  4. Cuántas Madres Comunitarias del Programa Hogares Comunitarios de Bienestar del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar se encuentran afiliadas y se reportan como inactivas al Sistema General de Pensiones.

  5. Cuántas Madres Comunitarias del Programa Hogares Comunitarios de Bienestar del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar han recibido su Pensión dentro del Sistema General de Pensiones.

  6. Cuántas Madres Comunitarias del Programa Hogares Comunitarios de Bienestar del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar han sido sancionadas dentrodelSistema General de Pensiones.

  7. Cuántas Madres Comunitarias han sido indemnizadas por no cumplir con los requisitos para la pensión.

    Ministerio del Medio Ambiente y Desarrollo Territorial:

    Con relación al Decreto número 1924 de 2009 (mayo 28), Sírvase explicar a esta Comisión las gestiones realizadas frente a

  8. Cuántas madres por departamento y ciudad, han sido beneficiadas con el subsidio en la modalidad de mejoramiento a viviendas de su propiedad, o de su grupo familiar vinculadas a los programas de hogares comunitarios de bienestar, Famis y madres sustitutas previamente certificadas por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, con el fin de intervenir carencias determinadas

  9. Cuántas madres por Departamento y ciudad, han sido beneficiadas con el subsidio de vivienda en la modalidad de adquisición de vivienda, compra de vivienda nueva o usada asignado a hogares vinculados a los programas Hogares de Bienestar, Famis y madres sustitutas, debidamente certificados por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

    Ministerio de Hacienda:

    Sírvase explicar a esta Comisión

  10. El presupuesto asignado al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

  11. Cuál es la propuesta del Ministerio, con el fin de asimilar la Beca de las Madres comunitarias y Famis al salario mínimo legal.

    Instituto Colombiano de Bienestar Familiar:

    Sírvase explicar a esta Comisión

  12. Cuál es el lineamiento técnico, normas mediante el cual el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar solicita a las Madres Comunitarias al cumplir la edad de 50 o más años, su retiro voluntario del programa hogares de Bienestar.

    2. Estándares de calidad

    ¿ Indique cuál es el proceso por medio del cual se selecciona la entidad que realiza la supervisión y aplicación de los estándares para la modalidad Hogares Comunitarios de Bienestar y Famis.

    ¿ Indique cuáles son los lineamientos para el diseño del instrumento por parte de la entidad y por parte del Instituto.

    ¿ Indique por departamentos y ciudades que entidad aplica el instrumento de medición de estándares de calidad de la modalidad de Hogares Comunitarios de Bienestar y modalidad Famis.

    ¿ Indique y adjunte copia del contrato de la entidad contratada para la aplicación del instrumento.

    ¿ Indique que entidad realiza la interventoría.

    ¿ Adjuntar los informes de los supervisores de la empresa contratante.

    ¿ En qué criterios se base la entidad contratada para la construcción del instrumento de medición en las dos modalidades.

    ¿ Cuáles son los lineamientos que fijan los requisitos mínimos para ejercer como madre comunitaria.

    ¿ Explique la metodología de puntuación y la calificación que se asigna a cada una de las variables ellas cuál es su significado y consecuencias o compromisos para las madres.

  13. Indique en cuadro por departamentos y ciudades cuántas señoras hacen parte de los programa hogares de bienestar, Famis y sustitutas.

  14. Cuál es el proyecto para asimilar la beca de las Madres Comunitarias al Salario Mínimo en 2011.

  15. En qué estado va el proyecto de beneficios periódicos para las madres comunitarias y Famis

  16. Indique por Departamentos y Ciudades cuántas madres serian objeto del proyecto anterior

    Fondo Nacional de Ahorro:

    Sírvase explicar a esta Comisión las gestiones realizadas frente a:

  17. Cuántas madres, por departamento y ciudad han sido afiliadas al Fondo Nacional de Ahorro.

  18. Cuántas madres por departamento y ciudad, han sido beneficiadas con el crédito en la modalidad de mejoramiento a viviendas de su propiedad, o de su grupo familiar vinculadas a los programas de hogares comunitarios de bienestar, Famis y madres sustitutas previamente certificadas por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, con el fin de intervenir carencias determinadas.

  19. Cuántas madres por Departamento y ciudad, han sido beneficiadas con el crédito en la modalidad de adquisición de vivienda, compra de vivienda nueva o usada asignado a hogares vinculados a los programas Hogares de Bienestar, Famis y madres sustitutas, debidamente certificados por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

    Prosperar:

  20. Cuántas Madres Comunitarias del Programa Hogares Comunitarios de Bienestar del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar están afiliadas y activas al Sistema General de Pensiones.

  21. Cuántas Madres Comunitarias del Programa Hogares Comunitarios de Bienestar del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar se encuentran afiliadas y se reportan como inactivas al Sistema General de Pensiones.

  22. Cuántas Madres Comunitarias del Programa Hogares Comunitarios de Bienestar del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar han recibido su Pensión dentro del Sistema General de Pensiones.

  23. Cuántas Madres Comunitarias del Programa Hogares Comunitarios de Bienestar del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar han sido sancionadas dentro del Sistema General de Pensiones.

    Asocajas:

    Sírvase explicar a esta Comisión las gestiones realizadas frente a:

  24. Cuántas madres por Departamento y ciudad, han sido beneficiadas con el subsidio en la modalidad de mejoramiento a viviendas de su propiedad o de su grupo familiar vinculadas a los programas de hogares comunitarios de Bienestar, Famis y madres sustitutas previamente certificadas por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, con el fin de intervenir carencias determinadas.

  25. Cuántas madres por Departamento y ciudad, han sido beneficiadas con el subsidio de vivienda en la modalidad de adquisición de vivienda, compra de vivienda nueva o usada asignado a hogares vinculados a los programas Hogares de bienestar, Famis y madres sustitutas, debidamente certificados por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

    Superintendencia de Servicios Públicos:

  26. ¿Por qué razón a la fecha la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR