Acta de comisión 25 del 04 de junio de 2003 senado - 5 de Agosto de 2003 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451267074

Acta de comisión 25 del 04 de junio de 2003 senado

ACTA DE COMISIÓN 25 DEL 04 DE JUNIO DE 2003 SENADO.

Siendo las 11:00 a.m. del día cuatro (4) de junio del año 2003, previa convocatoria se reunieron los honorables Senadores para sesionar.

El señor Presidente de la Comisión doctor Enrique Gómez Hurtado, declara abierta la sesión y solicita al señor Secretario proceder con el llamado a lista.

El señor Secretario procede con el llamado a lista contestando a ella los honorables Senadores:

Alexandra Moreno Piraquive

Enrique Gómez Hurtado

Efrén Félix Tarapués Cuaical

Francisco Murgueitio Restrepo

Habib Merheg Marún Jairo Clopatofsky Ghisays Jimmy Chamorro Cruz José Consuegra Bolívar Jesús Angel Carrizosa Franco

Luis Alfredo Ramos Botero

Luis Guillermo Vélez Trujillo Manuel Antonio Díaz Jimeno

Manuel Ramiro Velásquez Arroyave

El señor Secretario informa que hay quórum para deliberar y decidir.

ORDEN DEL DIA

Sesión, miércoles 4 de junio de 2003

Hora: 10:00 a.m.

I

Llamado a lista y verificación del quórum

II

Lectura y aprobación de las Actas de Comisión:

- Acta número 18 del 1º de abril de 2003.

- Acta número 19 del 9 de abril de 2003.

- Acta número 20 del 23 de abril de 2003.

III

Citación al señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, doctor Roberto Junguito Bonnet; a la señora Ministra de Cultura, doctora María Consuelo Araújo Castro; al Director Nacional de Planeación, doctor Santiago Montenegro Trujillo; e invítese y al Director de Patrimonio, arquitecto Konrad Bruner, según Proposición número 64 de 2003 presentada por el honorable Senador Jairo

Clopatofsky Ghisays .

IV

Discusión en Primer Debate de los siguientes Proyectos de ley:

  1. Proyecto de ley número 188 de 2003 Senado, por la cual la Nación se asocia a la celebración del primer centenario de la creación del municipio de Gama, Cundinamarca.

    Autora: honorable Senadora Leonor Serrano de Camargo.

    Ponente: honorable Senadora Alexandra Moreno Piraquive.

  2. Proyecto de ley número 154 de 2002 Senado, 109 de 2001 Cámara, por medio de la cual se rinde homenaje al artista nacional.

    Autor: honorable Senador Manuel Ramiro Velásquez Arroyave.

    Ponente: honorable Senador Manuel Antonio Díaz Jimeno.

  3. Proyecto de ley número 79 de 2002 Senado, por la cual se expiden normas sobre armas, municiones y explosivos y se dictan otras disposiciones.

    Ponentes. honorables Senadores Jairo Clopa-tofsky Ghisays y Jesús Angel Carrizosa Franco.

    V

    Proposiciones y varios.

    El señor Presidente somete a consideración de los honorables Senadores el Orden del Día leído. Pregunto a los honorables Senadores si aprueban el orden del día leído. Sí aprueban el orden del día leído.

    Se continúa con el orden del día.

    - Lectura y aprobación de las Actas de Comisión:

    - Acta número 18 del 1º de abril de 2003.

    - Acta número 19 del 9 de abril de 2003.

    - Acta número 20 del 23 de abril de 2003.

    El señor Presidente somete a su aprobación las Actas incluidas en el orden del día y que fueron oportunamente repartidas a cada uno de los Senadores. Pregunto si hay alguna observación por parte de los señores Senadores. Anuncio que va a cerrarse la discusión. Queda cerrada. ¿Aprueba la comisión las actas?

    El señor Secretario informa: han sido aprobadas las Actas número 18 del 1º de abril de 2003; 19 del 9 de abril de 2003 y 20 del 23 de abril de 2003.

    - Citación al señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, doctor Roberto Junguito Bonnet; a la señora Ministra de Cultura, doctora María Consuelo Araújo Castro; al Director Nacional de Planeación, doctor Santiago Montenegro Trujillo; e invítese y al Director de Patrimonio, arquitecto Konrad Bruner, según Proposición número 64 de 2003 presentada por el honorable Senador Jairo Clopatofsky Ghisays, Manuel Ramiro Velásquez Arroyave y Manuel Antonio Díaz Jimeno.

    El señor Presidente, doctor Enrique Gómez Hurtado, pregunta a la secretaría si todos los funcionarios citados se encuentran presentes.

    El señor Secretario informa que sí se encuentran presentes todos los funcionarios citados.

    Toma la palabra el honorable Senador citante, doctor Jairo Clopatofsky Ghisays:

    Un saludo a la Ministra de Cultura, al Viceministro de Hacienda y al Director de Patrimonio del Ministerio de Cultura. En diferentes ocasiones hemos tenido variados proyectos para celebrar toda clase de conmemoraciones de diferentes municipios en esta comisión segunda.

    Muchos de esos proyectos llevan incurso medidas de gasto público, obviamente para uno es bastante complicado junto con otros senadores que llevan la autoría de esos proyectos, tal y como sucedió la semana pasada, donde en un barrio de Bogotá se quería hacer una conmemoración, se quería hacer inversiones de coliseos y una serie de cuestiones.

    Es decir, hemos llegado al punto en que hay proyectos en los que se ha llegado a hacer conmemoraciones de aniversarios de cualquier ciudad del país y nos encontramos con la disyuntiva sobre hasta qué punto el Congreso puede decretar los gastos dentro del Congreso de la República. He recibido las respuestas de ustedes.

    Tal vez la respuesta del Ministerio de Hacienda es muy claro en decir que si bien es cierto, el Congreso de la República sí puede de alguna u otra manera demandar gasto público, tiene que ser incorporado en trabajo conjunto con el Ministerio de Hacienda dentro del Presupuesto General de la Nación para saber la viabilidad presupuestal de ese momento.

    Hay varias sentencias y me remito rápidamente para escucharlos a ustedes, porque la discusión en el seno de la comisión ha sido profunda en ese sentido. Y habla que la expedición de una serie de normas que dentro del articulado de una ley que decreta honores a un ciudadano o que reconoce un hecho importante para la vida de la nación, o de una de sus comunidades, autoriza la realización de ciertos gastos.

    Es una materia sobre la cual esa corporación ya se ha pronunciado y dice así: con base en el fallo de la Corte Constitucional en Sentencia C-782 del 2001, por la cual se resolvió la demanda de inconstitucionalidad de la Ley 609 del año 2000, por medio de la cual la República de Colombia exalta la memoria del General Gustavo Rojas Pinilla al cumplirse el Primer Centenario de su nacimiento.

    Dio algunos parámetros sobre la constitu-cionalidad de esta ley y en lo referente a la iniciativa del gasto público, y dice: la acusación central en contra de la Ley 609 de 2000, apunta la extralimitación del legislador en sus competencias cuando expide una ley con el propósito de exaltar la memoria de un personaje público que prestó su servicio al país, autoriza la realización de ciertos gastos.

    De esta manera se considera que se desconocen las competencias distribuidas por la Constitución entre el Congreso y el Gobierno en materia presupuestal, artículo 356 de la Constitución Política y se está quebrantando el principio de unidad normativa en el artículo 158 de la Constitución política.

    La Constitución y tal como lo ha señalado esta corporación, atribuye competencias diferenciadas a los órganos del Estado según los diversos momentos de desarrollo de un gastó público. Así, en relación con la objeción presidencial en el presente caso, es necesario distinguir entre una ley que decrete un gasto y la ley anual de presupuesto, en la cual se apropian las partidas que se consideran que deben ser ejecutadas dentro del período fiscal respectivo. Así está.

    Esa Corte ha señalado que salvo las restric-ciones Constitucionales expresadas, el Congreso puede aprobar leyes que comporten gasto público. Sin embargo, corresponde al gobierno decidir si incluye o no en el respectivo proyecto de presupuesto esos gastos. Por lo cual no puede el Congreso al decretar un gasto, ordenar traslados presupuestales para arbitrar los respectivos recursos. Esa tal vez es la pregunta. ¿Sí podemos, sí tenemos esa potestad? Pero vuelvo y repito, le corresponde al gobierno decidir si incluye o no el respectivo proyecto.

    Por ende el escrutinio judicial para determinar si en ese aspecto una ley es o no constitucional, consiste en analizar si la respectiva norma consagra un mandato imperativo dirigido al ejecutivo, cuál y en qué caso, en cuál es inexequible, o si por el contrario se trata de una ley que se contrae a decretar un gasto público y por lo tanto a constituir un título jurídico suficiente para la eventual inclusión de la partida correspondiente en la ley de presupuesto; evento en el cual es perfectamente legítimo.

    Para resumir, revisado el contenido del texto de la Ley 609 de 2000, se puede concluir tal y como lo sugiere en su concepto el señor Procurador, que ninguno de los proyectos y gastos en ella autorizados, recaen sobre actividades que correspondan ser adelantados de manera exclusiva por alguna entidad territorial tal y como lo dispone la Ley 60 de 1993.

    Ni la construcción de un auditorio de la universidad pedagógica y tecnológica de Tunja, de carácter nacional, ni el mantenimiento de bienes históricos o culturales, o la producción de obras para difundir el pensamiento del ex General Rojas, en los términos de la ley demandada, son asuntos que quepan dentro de la órbita de las competencias que en materia de educación o cultura cumplen los departamentos en municipios, eso es alguno de los apartes.

    Así desde el punto de vista material, tales leyes no crean, extinguen o modifican situaciones jurídicas objetivas y generales que son propias de su naturaleza, pues simplemente se limitan a regular situaciones singulares cuyo alcance es únicamente la situación concreta descrita en la norma, sin que sean aplicables indefinidamente a una multiplicidad de hipótesis o casos.

    Obviamente esta iniciativa legislativa está fundamentada sobre la base constitucional que determina el artículo 154 de la Carta Política, que autoriza al Congreso de la República a presentar proyectos de ley que generen tributos. En el artículo 150 de la Constitución Política, consagra las funciones que tiene el Congreso de la República como órgano encargado de hacer las leyes en su numeral 11, le da potestad al Congreso de la República de...

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