Acta de comisión 03 del 04 de agosto de 2009 senado - 1 de Diciembre de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451373962

Acta de comisión 03 del 04 de agosto de 2009 senado

ACTA DE COMISIÓN 03 DEL 04 DE AGOSTO DE 2009 SENADO. ACTA NÚMERO 03 DE 2009

(agosto 4)

En la ciudad de Bogotá, D. C., siendo las 11:00 a. m. el día martes 4 de agosto de 2009, se reunieron en el Recinto de esta Célula Legislativa, los miembros de la Comisión Tercera Constitucional Permanente con el fin de poner a consideración el siguiente Orden del Día:

ORDEN DEL DÍA

para la sesión ordinaria del día martes 04 de agosto de 2009

HORA: 10:00 a. m.

I

Llamado a lista y verificación del Quórum

II

Citación al señor Ministro de Minas y Energía, doctor Hernán Martínez Torres, al señor Contralor General de la República, doctor Julio Cesar Turbay Quintero, al señor Procurador General de la Nación, doctor Alejandro Ordóñez Maldonado y a la Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, doctora Eva María Uribe Tobón, para que respondan del porqué la mala prestación del servicio de energía por parte de la Compañía de Electricidad del Cauca ¿ C.E.C. S.A., según Proposición número 02/09 suscrita por el honorable Senador Aurelio Iragorri Hormaza.

  1. Desde el 11 de marzo del presente año ha sido requerida la doctora Ema María URIBE TOBÓN, Superintendente de servicios Públicos Domiciliarios, por la mala prestación del servicio de energía por parte de la compañía de Electricidad del Cauca ¿ C.E.C ¿ S. A., concesionaria que la Superintendencia referida escogió en un concurso público y que debería ser vigilada por ella.

    De este problema se le informó también al señor Ministro de Minas y Energía, al señor Procurador General de la Nación y al señor Contralor General de la República, manteniéndose la misma anomalía que afecta gravemente a toda la ciudadanía caucana, usuaria de esa empresa. Por tal motivo, la Comisión Tercera Constitucional Permanente de Senado de la República, cita a los funcionarios aludidos anteriormente para que, por este conducto se le informe al Cauca y al País entero qué está sucediendo realmente con tan delicada situación.

  2. El por qué no existen modificaciones positivas en la prestación del servicio de energía, a los usuarios del Departamento del Cauca, a pesar de la respuesta que la Superintendente de Servicios Públicos le diera a los requerimientos del Senador Aurelio Iragorri Hormaza en oficio número 20096000181851 de fecha 20-03-2009.

  3. Cuáles han sido las acciones realizadas por el Ministerio de Minas y Energía y los entes de Control ante el cúmulo de atropellos que siguen recibiendo los usuarios de la Compañía de Electricidad del Cauca ¿ C.E.C- S.A.

    III

    Negocios sustanciados por la Presidencia

    IV

    Lo que propongan los honorables Senadores

    El Presidente,

    Germán Villegas Villegas.

    El Vicepresidente,

    Guillermo García Realpe.

    El Secretario,

    Rafael Oyola Ordosgoitia.

    Honorable Senador Germán Villegas Villegas, Presidente Comisión Tercera del Senado:

    Tenga la bondad de llamar a lista.

    Doctor Rafael Oyola Ordosgoitia, Secretario Comisión Tercera del Senado:

    Sí señor Presidente. Honorables Senadores miembros de la Comisión Tercera del Senado.

    Dussan Calderón Jaime

    Iragorri Hormaza Aurelio

    Mantilla Colmenares Jairo

    Villegas Villegas Germán

    Se hicieron presentes en el transcurso de la sesión los honorables Senadores:

    Celis Carrillo Bernabé

    Galvis Méndez Daira de Jesús

    García Realpe Guillermo

    Náder Muskus Mario Salomón

    Pérez Pineda Oscar Darío

    Sánchez Ortega Camilo Armando

    Yepes Alzate Omar

    Zapata Correa Gabriel Ignacio

    Zuccardi de García Piedad

    Presentó excusa el honorable Senador:

    Guerra de La Espriella Antonio

    No asistió la honorable Senadora:

    Pinto Afanador Yolanda

    Doctor Rafael Oyola Ordosgoitia, Secretario Comisión Tercera del Senado:

    Señor Presidente le informo que han contestado a lista 4 honorables Senadores, por lo tanto hay quórum para deliberar.

    Honorable Senador Germán Villegas Villegas, Presidente Comisión Tercera del Senado:

    Por favor señor Secretario sírvase leer el Orden del Día.

    Doctor Rafael Oyola Ordosgoitia, Secretario Comisión Tercera del Senado:

    Sí señor Presidente. Está leído el Orden del Día señor Presidente.

    Honorable Senador Germán Villegas Villegas, Presidente Comisión Tercera del Senado:

    Se pone en consideración el Orden del Día, cuando exista el quórum decisorio se someterá a consideración para su correspondiente votación.

    Doctor Rafael Oyola Ordosgoitia, Secretario Comisión Tercera del Senado:

    Señor Presidente, honorable Senador Aurelio Iragorri, citante, el señor Ministro de Minas y Energía se excusa para venir al citado debate y en su reemplazo designó al doctor Andrés Taguada Director de energía del Ministerio de Minas quien se encuentra presente en el Recinto, igualmente el señor Contralor General de la Nación se excusó y en su reemplazo estará el doctor Octavio Rafael García Guerrero Contralor Delegado para el sector de Minas y Energía, el señor Procurador General de la Nación igualmente se excusó y en su reemplazo estará el doctor Carlos Augusto Mesa Díaz, procurador delegado para la centralización de las entidades territoriales.

    Honorable Senador Germán Villegas Villegas, Presidente Comisión Tercera del Senado:

    En primer término antes de conceder la palabra al Senador citante, el doctor Aurelio Iragorri, en nombre de la Comisión y en el mío propio, un saludo muy especial a la doctora Eva María Uribe, Superintendente de Servicios Públicos; al señor Delegado del Ministro de Minas y Energía, el doctor Taboada y a los distinguidos delegados representantes de la Contraloría General de la República y de la Procuraduría General. Así las cosas le concedemos el uso de la palabra al doctor Aurelio Iragorri.

    Honorable Senador Aurelio Iragorri Hormaza:

    Gracias, señor Presidente.

    Este realmente es un debate que yo considero importante para uno de los temas más delicados que hay en la vida de Colombia., que es nada más ni nada menos que el control, vigilancia y posibles sanciones que la Superintendencia de Servicios públicos domiciliarios debe ejercer en cumplimiento de la Constitución y de la Ley. Un saludo al distinguido Senador Luis Fernando Velasco.

    Yo lamento de veras que el señor Ministro de Minas y Energía no asista, porque realmente la Institución rectora de la política energética en Colombia está manejada por él, no desconozco de ninguna manera la importancia profesional del doctor Taboada, pero no sé, hay como cierta reticencia con esta Comisión por parte del Ministro, hemos hecho varios debates y a ratos sale como medio molesto, cuando le hacemos las demostraciones de que quienes tenemos la razón somos los miembros de esta Comisión.

    Yo quiero simplemente distinguidísimos colegas, doctora Eva María; delegado de la Procuraduría; delegado de la Contraloría, refrescar un poco la mente de lo que desde el punto de vista legal y Constitucional, es una de las instituciones más importantes que tiene el país que es la Superintendencia de Servicios Públicos. En el tema del marco legal, la dirección general de la economía de acuerdo con el artículo 334 de la Constitución estará a cargo del Estado, este intervendrá por mandato de la Ley y especialmente en el tema de los servicios públicos y privados, en el 365 los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado, es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio Nacional, el Estado mantendrá la regulación, el control y la vigilancia de dichos servicios, la Ley fijará las competencias y responsabilidades relativas a la prestación de los servicios públicos domiciliarios, su cobertura y calidad. En el artículo 370 de la Constitución se indica que le corresponde al señor Presidente de la República, señalar con sujeción a la Ley las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios y ejercer por medio de la Superintendencia de servicios públicos domiciliarios el control, la inspección y la vigilancia de las entidades que los presten.

    Más adelante el Congreso y nos tocó actuar cuando se adelanta un proyecto de ley muy importante desarrollando las normas constitucionales, expedimos la Ley 142 del 94. Y en el tema de los servicios públicos domiciliarios en su artículo 2º habla de la intervención del Estado en los servicios públicos, señalando los siguientes fines: para asegurar el mejoramiento de la calidad de vida de los usuarios para una prestación eficiente, para crear mecanismos que garanticen a los usuarios el acceso a los servicios y su participación en la gestión y fiscalización de su prestación. Y además el marco legal se amplía diciendo en el artículo 3º de la ley antes referida, que los instrumentos de la intervención estatal constituyen instrumentos para la intervención estatal en los servicios públicos, es decir las siguientes políticas: regulación de la prestación de los servicios, teniendo en cuenta las características de cada región, ojo, fijación de las metas de eficiencia, cobertura y calidad de evaluación de las mismas, control y vigilancia de la observancia de las normas y de los planes y programas sobre la materia. Todos los prestadores quedaran sujetos en lo que no sea incompatible con la Constitución o con la ley a todo lo que esta ley dispone, para las empresas y sus administradores y en especial a las regulaciones de las Comisiones al control, inspección y vigilancia de la Superintendencia de servicios públicos.

    La ley dice además en sus artículos 79 y 80, es una ley muy clara, es una ley que precisa, es una ley que ordena, es una ley que no podemos malinterpretar, dice, con tu permiso Omar he tomado tu curul.

    Vigilar y controlar el cumplimiento de las leyes y actos administrativos a los que esté sujetos quienes presten servicios públicos y sancionar sus violaciones, ojo, con eso que lo tengo resaltado inclusive en rojo, además vigilar y controlar el cumplimiento de los contratos entre las empresas de servicios públicos y los usuarios y sancionar sus violaciones, súper subrayado, dar conceptos no obligatorios a petición de parte interesada, sobre el...

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