Carta de comentarios del ministerio de minas y energía 96 de 2012 cámara - 19 de Junio de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 465817210

Carta de comentarios del ministerio de minas y energía 96 de 2012 cámara

CARTA DE COMENTARIOS DEL MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA 96 DE 2012 CÁMARA. AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 96 DE 2012 CÁMARApor medio de la cual se regula la integración de las energías renovables no convencionales al Sistema Energético Nacional.

Bogotá, D. C.,

Honorables Representantes

CLAUDIA MARCELA AMAYA GARCÍA

JAIRO HINESTROZA SINISTERRA

Cámara de Representantes

Congreso de la República

Carrera 7ª N° 8 - 68

Bogotá D. C.

Asunto: Concepto Proyecto de ley número 96 de 2012 Cámara, por medio de la cual se regula la integración de las energías renovables no convencionales al Sistema Energético Nacional.

Honorables Representantes:

Respetuosamente nos permitimos exponer los argumentos jurídicos y de inconveniencia frente a la presente iniciativa legislativa.

1. ANTECEDENTES

A efectos de presentar las observaciones jurídicas al proyecto de ley en cuestión, resulta de vital importancia el mencionar los antecedentes normativos vigentes que reglamentan lo concerniente con el Uso Racional y Eficiente de la Energía¿URE, así como las Fuentes No Convencionales de Energía¿FNCE.

  1. Ley 697 de 2001: ¿mediante la cual se fomenta el uso racional y eficiente de la energía, se promueve la utilización de energías alternativas y se dictan otras disposiciones.

    ¿ Fomenta el URE y promueve la utilización de energías alternativas

    ¿ Define algunas fuentes no convencionales de energía

    ¿ Determina que el Ministerio de Minas y Energía promueve los proyectos URE siguiendo los lineamientos del Programa de Uso Racional y Eficiente de Energía y Fuentes no Convencionales-PROURE.

  2. Decreto 3683 de 2003 ¿Por el cual se reglamenta la Ley 697 de 2001 y se crea una Comisión Intersectorial¿

    ¿ Reglamenta lo relacionado con el financiamiento del PROURE

    ¿ Estímulos a la investigación URE y otras FNCE

  3. Resolución del Ministerio de Minas y Energía 18 0919 de 2010 Adopta el Plan de Acción Indicativo 2010-2015 para desarrollar el PROURE y FNCE

  4. Plan de Desarrollo UPME para FNCE

    Normas técnicas colombianas

    ¿ Energía solar térmica

    ¿ Energía solar fotovoltaica

    ¿ Eólica generación electricidad

    Guías técnicas

    ¿ Solar térmica

    ¿ Solar fotovoltaica

    ¿ Arquitectura solar (bioclimática)

    ¿ Eólica generación electricidad (seguridad)

    ¿ Eólica bombeo de agua

    ¿ Biomasa

    Adicionalmente se han establecido incentivos tributarios que se encuentran vigentes, los cuales fueron incluidos en la Ley 788 de 2002[1][1]:

Artículo 18

Establece una exención al impuesto de renta por venta de energía generada con recursos eólicos o biomasa realizada por empresas generadoras y por un término de 15 años, si: a) se tramitan, obtienen y venden certificados de emisión de bióxido de carbono y b) que el 50% de los recursos obtenidos por la venta de dichos certificados sean invertidos en obras sociales en la respectiva región.

Artículo 95 Establece una exención en el pago de IVA por importación de maquinaria y equipos destinados al desarrollo de proyectos o actividades que sean exportadoras de certificados de reducción de emisiones de carbono.

2. SITUACIÓN ENERGÉTICA EN COLOMBIA

Colombia por su situación geográfica y topográfica, es un País con alta capacidad hídrica, al punto de producir más del 80% de su energía eléctrica como resultado de la generación hidroeléctrica. La condición montañosa, adicionalmente, le permite expandir su sistema de generación a través de pequeñas centrales Hidroléctricas ¿ PCHs o Microcentrales - MCHs, las cuales se conectan al Sistema Interconectado Nacional-SIN, generando energía eléctrica a bajo costo.

Por el contrario, la tecnología necesaria para implementar el uso de FNCE es de alto costo, lo que conlleva a que la generación eléctrica por estos mecanismos, requiera de una tarifa elevada que compense la inversión, la administración, el mantenimiento y la operación.

3. OBSERVACIONES AL ARTICULADO

  1. Artículo 1º

    Este artículo señala que es necesario promover el proyecto de ley como medio necesario para el desarrollo económico sostenible, la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y la seguridad del abastecimiento energético, así como el establecimiento de un régimen jurídico y económico de la actividad de generación y comercialización de energía eléctrica a través de las fuentes renovables no convencionales para transmitir seguridad en la inversión y fomento de la misma.

    En cuanto a la emisión de gases de efecto invernadero, siendo el CO2 uno de los principales, es importante señalar que la matriz energética de la generación del Sistema Eléctrico Colombiano es una de las más limpias en Latinoamérica, tal como se puede apreciar en las siguientes ilustraciones publicadas por la Organización Latinoamericana de Energía[2][2] (OLADE).

    Intensidad de Emisiones de CO2 ¿ Generación eléctrica Año 2009 (Gg CO2 / GWh)

    CONSULTAR GRÁFICO EN ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF

    Igualmente, según las publicaciones de la citada entidad, la eficiencia energética de la generación del Sistema Eléctrico Colombiano es una de las más altas en Latinoamérica.

    Eficiencia de la generación eléctrica ¿ 2009 (%)

    CONSULTAR GRÁFICO EN ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF

    En cuanto a la seguridad en el abastecimiento energético, el país adoptó, de acuerdo con lo señalado en la Ley 143 de 1994 ¿Ley Eléctrica¿, un esquema de respaldo con el cual, mediante un mecanismo de mercado, se asegura la confiabilidad del suministro a precios competitivos y eficientes. Este mecanismo[3][3] fue reglamentado por la CREG mediante la Resolución CREG 071 de 2006 y ha logrado el compromiso para la construcción de 4.735 MW nuevos de los cuales, a la fecha han ingresado al sistema 830 MW, correspondientes a las centrales Porce 3 y Flores 4. Los MW restantes entrarán entre los años 2013 y 2018.

    Por otra parte, la afirmación realizada en la exposición de motivos de que, ante un escenario de sequía, el país se vería enfrentado a una condición de inseguridad en el suministro de energía eléctrica debido a su generación mayoritariamente hidroeléctrica, es una situación que podría aplicar hacia el pasado.

    Desde el año 2006, con la expedición del cargo por confiabilidad[4][4] el aporte de las centrales hidroeléctricas al sistema se valora por medio de la energía firme, la cual corresponde a la energía generada en la condición hidrológica más crítica presentada en su historia, lo cual permite determinar la generación de energía que podrían dar estas plantas en esas condiciones. La experiencia reciente en el último fenómeno de El Niño mostró que la generación de las centrales hidroeléctricas fue cercana a 50% de la demanda, tal como se esperaba dada su energía firme, la otra parte fue aportada por la generación térmica sin que se presentara desatención de la demanda del país.

    Lo anterior indica que ante eventos de hidrología crítica, las centrales hidroeléctricas disminuyen su capacidad de generación que en condiciones normales puede ser del 80% de la demanda, sin embargo, esta circunstancia no significa que no generen energía. Estas plantas disponen de su energía firme[5][5], que junto con la de las plantas térmicas, permite atender completamente la demanda de energía en el sistema eléctrico colombiano ante eventos como El Niño.

    Por otra parte se debe tener en cuenta que las fuentes no convencionales eólicas y solares tienen una producción interrumpible, dado que el viento cambia constantemente y que el brillo solar solamente es aprovechable durante las horas del día.

    Las leyes 142 y 143 otorgan la estabilidad jurídica para que inversionistas participen en el desarrollo de recursos renovables de bajo costo como lo han mostrado las subastas del Cargo por Confiabilidad, en los cuales han salido...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR