Comentarios al proyecto de ley 183 de 2012 cámara - 9 de Octubre de 2012 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451035206

Comentarios al proyecto de ley 183 de 2012 cámara

COMENTARIOS AL PROYECTO DE LEY 183 DE 2012 CÁMARA. por medio de la cual se deroga un artículo de la Ley 599 de 2000 (Código Penal), y se despenaliza una conducta.

Bogotá,

Doctor

JESÚS ALFONSO RODRÍGUEZ CAMARGO

Secretario General

Cámara de Representantes

Ciudad

Asunto: Concepto del Proyecto de ley número 183 de 2012 Cámara.

Respetado doctor Rodríguez:

De manera atenta, le envío el concepto emitido por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural sobre el Proyecto de ley número 183 de 2012 Cámara, por medio de la cual se deroga un artículo de la Ley 599 de 2000 (Código Penal) y se despenaliza una conducta. Le solicitamos entregar copia del mismo a los honorables Representantes de la Cámara.

Cordialmente,

Juan Camilo Restrepo Salazar,

Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural.

Anexo lo anunciado.

CONCEPTO DEL PROYECTO DE LEY NÚMERO 183 DE 2012 CÁMARA

De manera atenta me permito remitir las consideraciones relacionadas con el Proyecto de ley número 183 de 2012 Cámara, por medio de la cual se deroga un artículo de la Ley 599 de 2000 (Código Penal) y se despenaliza una conducta.

  1. Los cultivos ilícitos en regiones de colonización son parte de una industria global prohibida por acuerdos internacionales vinculantes para Colombia, que ilegalizan economías locales y someten a sus productores a la doble condición de responsables ante la ley penal y súbditos forzosos de organizaciones ilegales, que regulan los mercados de la droga a nivel territorial. El segmento de mercado que ocupa el campesino productor de hoja no supera el 1% de la cadena de valor hasta el consumidor final y su actividad está sometida a la pérdida total por fumigación y erradicación forzosa. En las regiones productoras, alejadas del mercado agrario, la motivación del cultivador no es cometer un crimen, sino sobrevivir en un entorno económico con alto costo de vida y pocas alternativas rentables, en un orden social no regulado por el Estado.

    La responsabilidad del Estado, al tiempo que erradica los cultivos ilícitos, es proveer bienes públicos, empezando por seguridad y justicia, para facilitar la generación de ingresos en la economía legal y transformar las condiciones de vida de los campesinos, para que abandonen la economía ilegal.

  2. El Proyecto de ley número 183 de 2012 no busca legalizar los cultivos ilícitos y menos el narcotráfico, sino derogar el artículo 375 del Código Penal (Ley 599 de 2000), que ahora tipifica como delito la conducta del cultivador, sujeto a...

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