Concepto jurídico ministerio de hacienda y crédito público al proyecto de ley 04 de 2013 senado
CONCEPTO JURÍDICO MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO AL PROYECTO DE LEY 04 DE 2013 SENADO. por la cual se modifica el parágrafo del artículo 8° de la Ley 278 de 1996.
1.1
UJ-2313/13
Bogotá, D. C.,
Honorable Senador
GUILLERMO A. SANTOS MARÍN
Presidente
Comisión Séptima Constitucional Permanente
Senado de la República
Ciudad.
Asunto: Concepto - Proyecto de ley número 04 de 2013 Senado, por la cual se modifica el parágrafo del artículo 8° de la Ley 278 de 1996.
Respetado Presidente:
De manera atenta el Ministerio de Hacienda y Crédito Público presenta los comentarios que estima pertinentes someter a su consideración sobre el Proyecto de ley número 04 de 2013 Senado, por la cual se modifica el parágrafo del artículo 8° de la Ley 278 de 1996, en los siguientes términos:
Consideraciones económicas
Las propuestas que impliquen cambios en la institucionalidad del salario mínimo deben considerar su impacto en el mercado laboral colombiano. En particular, los estudios que han revisado estos efectos han encontrado que los aumentos en el salario mínimo, no necesariamente están relacionados con disminución de la pobreza[1][1]; al igual que incrementos sustanciales del salario mínimo generarían restricciones para el ingreso al mercado laboral de jóvenes, mujeres y personas no calificadas, con mayor desigualdad, ya que se beneficia la población con mayores ingresos[2][2].
Por otra parte, algunas características del salario mínimo en los últimos años, muestran que dicha variable representa una alta proporción del salario medio, lo cual, se ha reflejado en un alto nivel de incumplimiento del salario mínimo; con lo cual un amplio conjunto de ocupados (cerca del 60%), gana menos de un salario mínimo al mes. De tal manera, que cualquier modificación a los criterios utilizados para la determinación del salario mínimo, tiene efectos importantes en el mercado laboral, especialmente para la población más vulnerable al desempleo, con mayores dificultades para encontrar un empleo formal.
Adicionalmente, el proyecto de ley propone que el incremento del salario mínimo no debe ser inferior a la inflación de ingresos bajos, ya que es el grupo de la población que recibe en mayor proporción el salario mínimo. Es importante tener en cuenta, que al comparar la evolución del incremento del salario mínimo frente a la inflación de ingresos bajos, se observa que el aumento del salario mínimo ha sido superior a la inflación de ingresos bajos (Gráfico 1).
En el año...
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