Concepto jurídico del ministerio de medio ambiente al proyecto de ley 70 de 2010 senado - 28 de Septiembre de 2010 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451387206

Concepto jurídico del ministerio de medio ambiente al proyecto de ley 70 de 2010 senado

CONCEPTO JURÍDICO DEL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE AL PROYECTO DE LEY 70 DE 2010 SENADO. por la cual se definen normas sobre la responsabilidad social empresarial, la protección infantil y se dictan otras disposiciones.

Bogotá, D. C., 17 de septiembre de 2010

Doctor

Jesús María España Vergara

Secretaría General

Comisión Séptima Constitucional

Senado de la República

Ciudad

Asunto: Proyecto de ley número 70 de 2010 Senado, por la cual se definen normas sobre la responsabilidad social empresarial, la protección infantil y se dictan otras disposiciones.

Respetado doctor:

De manera atenta, me permito adjuntar el concepto preparado por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, frente a la iniciativa legislativa en referencia, con el fin de que sea adjuntado al respectivo expediente.

Cualquier información adicional que considere pueda ser aportada por este Despacho, estaré dispuesta a suministrarla oportunamente.

Cordialmente,

Beatriz Uribe Botero,

Ministra.

Anexo. Tres folios.

CONCEPTO AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 70 DE 2010 SENADO

por la cual se definen normas sobre la responsabilidad social empresarial, la protección infantil y se dictan otras disposiciones.

Bogotá, D. C.

Una vez estudiado y analizado el proyecto de ley de la referencia, remitimos algunas consideraciones que a continuación se exponen:

Justificación de la iniciativa

El proyecto busca definir instrumentos de carácter eminentemente voluntario para la promoción de un comportamiento empresarial socialmente responsable, que el mismo proyecto circunscribe a la protección de la niñez y la prevención y reparación de los daños ambientales. En tal sentido, el articulado del proyecto propone entre otras disposiciones: El establecimiento de incentivos para micro y pequeñas empresas que se acojan a la ley (artículo 3°); la obligación a las empresas que se acojan a la ley de presentar un informe anual (artículo 5°); advierte sobre la potestad del Gobierno Nacional de crear un Consejo de Responsabilidad Social Empresarial (artículo 7°) y un certificado de responsabilidad social empresarial (artículo 8°).

Consideraciones de carácter general

La Responsabilidad Social Empresarial RSE se define como la ¿forma de gestionar una organización mediante la interacción y relación armónica con sus diferentes grupos de interés dando respuesta a sus expectativas financieras, sociales y ambientales de manera que se contribuya al desarrollo sostenible y a la creación de valor en todo el sistema¿ (Centro Colombiano de Responsabilidad Empresarial -CCRE-). (Subrayado fuera del texto).

La Responsabilidad Social Empresarial es concebida actualmente como una herramienta gerencial, orientada a armonizar la gestión de una organización, de tal manera que atienda sus intereses financieros y económicos y de respuesta en el mismo nivel, a los aspectos sociales y ambientales que le son inherentes al desarrollo de su actividad. Se manifiesta cuando existe un conjunto sistemático de políticas, programas y prácticas coordinadas e integradas a la operación del negocio, que soportan el proceso de toma de decisiones frente a cada una de las relaciones que la empresa mantiene, de manera coherente y con unos principios básicos de gestión.

Concebida como parte de una estrategia de negocio, la RSE genera diversos beneficios entre los que se puede mencionar el aumento de la productividad y la rentabilidad, compromiso y adhesión de sus empleados, disminución de riesgos operacionales, incremento en la participación del mercado, incremento del valor de la empresa, entre otros. Así como menores costos de operación, menor consumo de materias primas, reducción de la generación de residuos, conservación de los recursos, generación de valor agregado, posicionamiento estratégico para la competitividad global y mejora de la calidad de vida de la sociedad.

Comentarios de Carácter Específico

Artículo 1°. Objeto de la ley. El objeto de la presente ley es la promoción de comportamientos voluntarios, socialmente responsables, por parte de las organizaciones aquí comprendidas, a partir...

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