Concepto jurídico al proyecto de ley 210 de 2013 senado 147 de 2013 cámara - 18 de Noviembre de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 478831818

Concepto jurídico al proyecto de ley 210 de 2013 senado 147 de 2013 cámara

CONCEPTO JURÍDICO AL PROYECTO DE LEY 210 DE 2013 SENADO, 147 DE 2013 CÁMARAANÁLISIS DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA AL PROYECTO DE LEY ORDINARIA QUE REFORMA A LA SALUDTexto aprobado en Sesión Plenaria del Senado de la República, los días 15 y 16 de octubre de 2013 del Proyecto de ley número 210 de 2013 Senado y sus acumulados 233 de 2013 y 051 de 2012 Senado, por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones.

Bogotá, D. C., noviembre 7 de 2013

80013-2013-471

Doctor

GREGORIO ELJACH PACHECO

Secretario General

Senado de la República

Edificio Nuevo del Congreso

Ciudad

Asunto: Remisión análisis Proyecto de ley número 210 de 2013 Senado, 147 de 2013 Cámara, reforma a la salud.

Apreciado doctor Eljach:

Para su conocimiento y por instrucciones de la doctora Sandra Morelli Rico, Contralora General adjunto análisis de la Contraloría General de la República al Proyecto de Ley Ordinaria que reforma la Salud sobre el texto aprobado en Sesión Plenaria del Senado de la República los días 15 y 16 de octubre de 2013 del Proyecto de ley número 210 de 2013 Senado y sus acumulados 233 de 2013 y 051 de 2012 Senado, por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones.

Cordial saludo,

Juan Alberto Duque García,

Jefe Unidad de Apoyo Técnico al Congreso.

Anexo: Lo enunciado.

Buenos días honorable Congresista:

Por instrucciones de la doctora Ligia Helena Borrero Restrepo, Vicecontralora General adjunto análisis de la Contraloría General de la República al Proyecto de Ley Ordinaria que reforma la Salud sobre el texto aprobado en Sesión Plenaria del Senado de la República los días 15 y 16 de octubre de 2013 del Proyecto de ley número 210 de 2013 Senado y sus acumulados 233 de 2013 y 051 de 2012 Senado, por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones.

Cordial saludo,

Sandra Cecilia Ramos Campos,

Directora,

Unidad Apoyo Técnico al Congreso,

Contraloría General de la República.

Nota: Por favor acusar el recibo de la comunicación por este mismo medio, gracias.

ANÁLISIS DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA AL PROYECTO DE LEY ORDINARIA QUE REFORMA A LA SALUD

Texto aprobado en Sesión Plenaria del Senado de la República, los días 15 y 16 de octubre de 2013 del Proyecto de ley número 210 de 2013 Senado y sus acumulados 233 de 2013 y 051 de 2012 Senado, por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones.

6 de noviembre de 2013

ANÁLISIS DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA AL PROYECTO DE LEY ORDINARIA QUE REFORMA A LA SALUD

La Contraloría General de la República (CGR), como es de todos conocido, ha venido haciendo un juicioso y permanente seguimiento no solo a los recursos públicos destinados a la salud de los colombianos y que han sido objeto de malversación, desvío o apropiación indebida, sino también a las acciones adoptadas por el Ejecutivo para la corrección de esta situación. No deja de lamentar esta Institución la persistencia en el incumplimiento de las instrucciones dadas por la honorable Corte Constitucional a este respecto en sus diferentes autos proferidos con ocasión del seguimiento de la Sentencia T-760 de 2008.

Por eso este Despacho considera pertinente hacer algunas consideraciones sobre aspectos puntuales que se plantean en el texto aprobado en Sesión Plenaria del Senado de la República, los días 15 y 16 de octubre de 2013 del Proyecto de ley número 210 de 2013 Senado y sus acumulados 233 de 2013 y 051 de 2012 Senado, por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones, y que a manera introductoria inicia con una breve síntesis de lo actuado por esta entidad en el sector salud durante la presente administración.

Rendición de cuentas

De la actuación de la Contraloría según cifras preliminares, dan cuenta las 1.010 actuaciones fiscales que desde septiembre de 2010 hasta la fecha se han realizado. A esto debe sumarse que a lo largo y ancho del país se han abierto 754 procesos de responsabilidad fiscal, varios de los cuales ya han sido fallados. Todas estas actuaciones en salud, sumadas las funciones de advertencia arrojan unos beneficios y recuperaciones de alrededor de 500 mil millones de pesos.

Sin perjuicio de esta tarea que es, ha sido y continuará siendo permanente, hemos seguido con mucha atención los distintos desarrollos legislativos promovidos por el ejecutivo, así como su debate y las posiciones de los distintos actores involucrados.

En este orden de ideas, la CGR se pronunció respecto del Proyecto de Ley Estatutaria número 209 de 2013 Senado, 267 de 2013 Cámara, por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones, tanto en un análisis que la Contralora General de la Nación de manera personal presentó al honorable Congreso de la República, como ante la honorable Corte Constitucional, dentro del estudio previo de constitucionalidad que debe haber.

En dicho pronunciamiento se concluyó que dicho proyecto no aborda ni resuelve los problemas estructurales del sistema de salud, descritos en la Sentencia T-760 de 2008, pues ubica su actuar sobre las consecuencias del problema y no sobre sus verdaderos orígenes, citando como ejemplo de los problemas estructurales del sistema no resueltos por el Estado: i) El grave la cartera impagada entre diversos actores del sistema, derivado por la no fluidez de recursos dentro del mismo; ii) La sobreestimación en el cálculo de la UPC; iii) Los graves problemas sobre los gastos de administración y manejo indebidos de costos, y iv) El deficiente control de precios de medicamentos, su inflación y abusos de precios.

Igualmente, se puso de presente la dicotomía que se presenta en el cumplimiento de los mandatos constitucionales determinados en los artículos y 49 de la Constitución Nacional, con la capacidad administrativa y económica del Estado. Pareciera que el país se estuviera resignando a su incapacidad para administrar adecuadamente la forma cómo debe llevar salud a sus ciudadanos y simultáneamente sin corregir estas deficiencias impone los principios de sostenibilidad fiscal y financiera. Así mismo, no se hace claridad respecto de la manera como se dará cumplimiento o no al principio que hoy es Cosa Juzgada Constitucional de la honorable Corte Constitucional, en especial sobre la ¿prohibición prima facie de retrocesos¿, consistente en lo siguiente:

¿El avanzar con la mayor oportunidad posible hacia la satisfacción del servicio de la salud deriva en lo que se ha llamado la prohibición prima facie de retrocesos, consistente en que toda pretensión de regresividad frente al nivel de protección constitucional alcanzado debe presumirse inconstitucional al contradecir el mandato de progresividad¿.

Ahora bien, en lo que toca al texto aprobado en Sesión Plenaria del Senado de la República los días 15 y 16 de octubre de 2013 del Proyecto de ley número 210 de 2013 Senado y sus acumulados 233 de 2013 y 051 de 2012 Senado, por medio de la cual se redefine el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones, esta Contraloría considera necesario manifestar que esta reforma no garantiza el respeto a la salud como derecho fundamental de los colombianos, como tampoco la protección de los recursos públicos dispuestos para el sector salud y contiene muchas medidas que al final resultan cosméticas y no solucionan la problemática existente.

Incluso se deja entrever una estrategia que permite el favorecimiento de algunos actores del sistema que cambian de nombre a través de esta reforma pero no significativamente en sus roles actuales, lo que conlleva a la amenaza del acceso a los servicios de salud por parte de los ciudadanos, la violación al derecho de libre escogencia de los usuarios, y además favorece la estructuración de un mercado oligopólico de servicios de salud. Esto se puede comprobar cuando se propone estructurar acciones en la reforma como derogar artículos de la Ley 1438 de 2011 que procuraban garantizar la sostenibilidad de las Empresas Sociales del Estado del primer nivel de atención ¿que en ocasiones es la única oferta de servicios existente en algunas zonas del país¿ (artículo 98, ¿Vigencia y derogatorias¿), se permite que exista la integración vertical de servicios de salud por parte de los Gestores de Servicios de Salud en el primer nivel de atención (artículo 38, ¿Integración vertical¿), y se permite que estos mismos Gestores sean quienes desarrollen los planes territoriales de salud en las regiones (artículo 7°, ¿Planeación en salud pública¿), justamente en escenarios como el primer nivel de atención en las que se integran ¿los componentes de intervenciones colectivas y el de intervenciones individuales de salud pública.

En desarrollo del presente análisis de este proyecto se plantean más adelante las consideraciones puntuales de los aspectos inmediatamente enunciados.

En ese orden de ideas, con respecto al articulado conocido del proyecto de ley antes citado, esta Contraloría procede a consignar las siguientes consideraciones:

1. La reforma no corrige de manera clara los actuales problemas de la salud y crea con este proyecto una seria contingencia para el Estado

En efecto, hace cerca de dos años, esta entidad advirtió al Gobierno representado por el anterior Ministro de Protección Social y el anterior Superintendente Nacional de Salud, acerca de la necesidad de hacer cumplir la normatividad actual prevista en la Ley 100 de 1993 y en las siguientes reformas sectoriales que se han dado desde ese año hasta el presente, e interpretada suficientemente y con autoridad, por las Altas Cortes a través de sus múltiples decisiones. En este sentido no entiende la Contraloría cómo se anuncian cambios a la institucionalidad creada durante casi 20 años basada en el...

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