Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 322 de 2013 cámara 39 de 2012 senado - 22 de Agosto de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 465821046

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 322 de 2013 cámara 39 de 2012 senado

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 322 DE 2013 CÁMARA, 39 DE 2012 SENADOpor medio de la cual se aprueba el ¿Protocolo Sustitutorio del Convenio Simón Rodríguez¿ suscrito en Valencia, República Bolivariana de Venezuela, el 23 de junio de 2001.

Bogotá, D. C., agosto de 2013

Honorable Representante:

TELÉSFORO PEDRAZA ORTEGA

Presidente

Comisión Segunda Constitucional Permanente

Cámara de Representantes

Ciudad.

Señor Presidente:

Cumpliendo con la labor encomendada por la honorable Mesa Directiva de la Comisión Segunda Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes, paso a rendir ponencia para Primer Debate Cámara al Proyecto de ley número 322 de 2013 Cámara, 039 de 2012 Senado, por medio de la cual se aprueba el ¿Protocolo Sustitutorio del Convenio Simón Rodríguez, suscrito en Valencia, República Bolivariana de Venezuela, el 23 de junio de 2001, en cumplimiento de lo cual, me permito rendir informe favorable al proyecto antes citado en los siguientes términos:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Contenido y Objeto del proyecto

El día 26 de julio de 2012, los Ministros de Relaciones Exteriores y de la Protección Social radicaron en la Secretaría General del Senado de la República el Proyecto de ley número 39 de 2012 Senado, ¿por medio de la cual se aprueba el ¿Protocolo Sustitutorio del Convenio Simón Rodríguez¿, suscrito en Valencia, República Bolivariana de Venezuela, el 23 de junio de 2001, publicado en la Gaceta del Congreso número 469 de 2012, conforme a lo establecido en el artículo 154 de la Constitución Política y en los artículos 34 y 54 de la Ley 5ª de 1992, con el cumplimiento de los requisitos formales exigidos para el efecto.

La Secretaría General del honorable Senado de la República, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2° de la Ley 3ª de 1992, asignó el conocimiento de la presente iniciativa a la Comisión Segunda Constitucional Permanente, la cual se encarga, entre otros asuntos, de los temas de política internacional y tratados públicos, sobre los cuales versa el estudio del presente proyecto de ley.

Los honorables senadores miembros de la Comisión Segunda Constitucional del Senado de la República aprobaron el día 7 de mayo de la presente anualidad, en primer debate, el texto propuesto, sin modificación alguna, del Proyecto de ley número 39 de 2012 Senado, ¿por medio de la cual se aprueba el ʻProtocolo Sustitutorio del Convenio Simón Rodríguezʼ¿, suscrito en Valencia, República Bolivariana de Venezuela, el 23 de junio de 2001, con ponencia del honorable Senador Édgar Gómez Román, y manifestaron su intención de proceder con el trámite legislativo en segundo debate.

¿ Este proyecto busca aprobar el Protocolo Sustitutorio del Convenio Simón Rodríguez, suscrito en Valencia, República Bolivariana de Venezuela el 23 de junio de 2001, el cual tiene por objeto ¿adoptar estrategias y planes de acción que orienten la actividad de los organismos subregionales y nacionales, de modo que las medidas tendientes a alcanzar los objetivos del Acuerdo de Cartagena conduzcan al mejoramiento integral de las condiciones de vida y de trabajo en los países del Grupo Andino¿. Con el fin de convertir el Convenio en un Foro de debate, de participación y coordinación para los temas socio-laborales de la CAN.

Importancia del Protocolo Sustitutorio

¿ El Protocolo Sustitutorio[1][1] se suscribió el 23 de junio de 2001, por los ministros Javier Murillo de la Roca, por el Gobierno de Bolivia; Guillermo Fernández de Soto, Gobierno de Colombia; Heinz Moeller Freile, Gobierno del Ecuador; Javier Pérez de Cuéllar, Gobierno de Perú; Luis Alfonso Dávila García, por el Gobierno de Venezuela.

Antecedentes

¿ Colombia hace parte de la Comunidad Andina de Naciones (CAN)[2][2], de la cual también son parte Bolivia, Ecuador y Perú, quienes decidieron unirse voluntariamente con el objetivo de alcanzar un desarrollo más acelerado, más equilibrado y autónomo, mediante la integración andina, suramericana y latinoamericana.

¿ La CAN se rige por el Acuerdo de Cartagena firmado en Cartagena de Indias, Colombia, el 26 de mayo de 1969 y por el cual se crea la Comunidad Andina, que tiene como finalidad procurar un mejoramiento persistente en el nivel de vida de los habitantes de la Subregión, mediante los siguientes objetivos:

  1. Promover el desarrollo equilibrado y armónico de los Países miembros en condiciones de equidad, mediante la integración y la cooperación económica y social.

  2. Acelerar su crecimiento y la generación de ocupación.

  3. Facilitar su participación en el proceso de integración regional, con miras a la formación gradual de un mercado común latinoamericano.

  4. Disminuir la vulnerabilidad externa y mejorar la posición de los países miembros en el contexto económico internacional.

  5. Fortalecer la solidaridad subregional y reducir las diferencias de desarrollo existentes entre los países miembros.

    ¿ Por acuerdo de los Presidentes Andinos, con ocasión de su XII Consejo Presidencial, celebrado en Lima en junio del 2000, se crea el Consejo Asesor de Ministros de Trabajo de la Comunidad Andina (CAMT) para el desarrollo del tema socio-laboral. Dicho acuerdo institucionalizó las actividades que ya venían desarrollando los Ministerios de Trabajo desde mayo de 1999.

    ¿ El Consejo Asesor de Ministros de Trabajo de la Comunidad Andina busca promover la dimensión socio-laboral del proceso de integración a través de una efectiva articulación de sus acciones con los ministerios de trabajo de la subregión así como con los demás órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración.

    ¿ Entre los avances más importantes gestados en el seno de este Consejo Asesor, se destacan: el apoyo técnico para la aprobación del Plan Integrado de Desarrollo Social de la Comunidad Andina (PIDS), los Instrumentos socio-laborales relativos a migración laboral, seguridad y salud en el trabajo y seguridad social. También puede resaltarse entre sus acciones, lograr que la subregión cuente con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR