Texto definitivo aprobado en sesión plenaria al proyecto de ley 252 de 2011 cámara 165 de 2010 senado - 26 de Junio de 2012 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451034318

Texto definitivo aprobado en sesión plenaria al proyecto de ley 252 de 2011 cámara 165 de 2010 senado

TEXTO DEFINITIVO APROBADO EN SESIÓN PLENARIA AL PROYECTO DE LEY 252 DE 2011 CÁMARA, 165 DE 2010 SENADOpor medio de la cual se implementa el certificado de aptitud psicofísica para el porte y tenencia de armas de fuego y se dictan otras disposiciones.

El Congreso de la República

DECRETA:

Artículo 1°

Las personas naturales que sean vinculadas o que al momento de la entrada en vigencia de la presente ley, estén vinculadas a los servicios de vigilancia y seguridad privada (vigilantes, escoltas y supervisores) y que deban portar o tener armas de fuego, deberán obtener el certificado de aptitud psicofísica para el porte y tenencia de armas de fuego, el que debe expedirse con base en los parámetros establecidos en los literales d) del artículo 11 de la Ley 1119 de 2006, por una institución especializada registrada y certificada ante autoridad respectiva y con los estándares de ley.

La vigencia del certificado de aptitud psicofísico para el porte y tenencia de armas de fuego, expedido a las personas mencionadas en el presente artículo; tendrá una vigencia de un (1) año, el cual deberá renovarse cada año.

Parágrafo. El certificado de aptitud psicofísica a que hace referencia el presente artículo, será realizado sin ningún costo por las ARP a la cual están afiliados los trabajadores.

Artículo 2°

Cuando los servicios de vigilancia y seguridad privada con vigilantes o escoltas o supervisores debidamente acreditados que deban tener o portar armas de fuego; se presten sin que dichas personas hayan obtenido el certificado de aptitud psicofísica para el porte y tenencia de armas de fuego; serán sancionados con multa de cinco (5) a cien (100) salarios mínimos legales...

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