Enmienda Articulado Ponencia para Primer Debate al Proyecto de Ley 139 de 2013 Senado - 28 de Mayo de 2014 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 518024110

Enmienda Articulado Ponencia para Primer Debate al Proyecto de Ley 139 de 2013 Senado

ENMIENDA AL INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 139 DE 2013 SENADO por la cual se organiza el servicio público de educación y formación profesional, antes denominada educación para el trabajo y el desarrollo humano Bogotá, D. C., 26 de mayo de 2014.

Honorable Senador

EFRAÍN TORRADO GARCÍA

Presidente

Comisión Sexta Constitucional

Senado de la República

Referencia: Enmienda al informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 139 de 2013 Senado, por la cual se organiza el servicio público de educación y formación profesional, antes denominada educación para el trabajo y el desarrollo humano.

Respetado señor Presidente:

Muy atentamente me permito presentar enmienda al informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 139, por la cual se organiza el servicio público de educación y formación profesional, antes denominada educación para el trabajo y el desarrollo humano.

Antecedentes

El pasado 11 de diciembre de 2013, presenté informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 139, por la cual se organiza el servicio público de educación y formación profesional, antes denominada educación para el trabajo y el desarrollo humano, publicado en la Gaceta del Congreso número 1031 de 2013.

Por Proposición número 39 de 2013, se aprobó debate de control político para la discusión del proyecto de ley, debate que se llevó a cabo el 8 de abril de 2014, con la intervención del Ministerio de Educación, Ministerio del Trabajo, e invitación al Presidente de la Asociación Colombina de Universidades (ASCUN) y la Asociación Nacional de Entidades de Formación para el Trabajo y el Desarrollo Humano (ASENOF).

Motivación de la enmienda

De acuerdo con el proyecto de ley, en el cual se busca renombrar la educación para el trabajo y el desarrollo humano, se identifican como problemas a afrontar:

¿ En Colombia la Educación Postsecundaria está orientada solamente hacia la Educación Superior como única ruta vertical con estatus social y académico reconocido por la sociedad y no contempla la ruta de la Educación y Formación Profesional (EFP).

¿ En Colombia no existe un reconocimiento a la Educación Continua o Complementaria que realizan las personas, ya que no hay un sistema de créditos o medida que permita ser tenida en cuenta por el sistema educativo o productivo como lo plantea la OIT.

¿ La formación de poblaciones reconocidas por ley que requieren mayor atención por parte del Estado colombiano, está siendo atendida por el sistema de educación actual, en la propuesta de reglamentación se requiere comprometer a la educación y formación profesional para brindar los apoyos, acompañamientos que requieran de acuerdo a sus particularidades desde un enfoque diferencia; respetando su identidad y cosmovisión del mundo.

¿ En Colombia se genera una confusión debido a que para el mismo tipo de formación denominada anteriormente ¿educación no formal¿ (Ley 115 de 1994) existen ahora dos denominaciones: Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano (Ley 1064 del 2006), y Formación Profesional Integral (Ley 119 de 1994 que reestructuró al Sena), que en su decreto reglamentario (Decreto número 359 de 2000) expresa que la Formación Profesional integral se inscribe como educación no formal. Para el caso del Sena, desde 1957, mediante el Decreto-ley 118, del 21 de junio, la entidad viene ofreciendo y ejecutando la formación profesional integral y capacitando a los colombianos para la agricultura, la industria, el comercio y los servicios, facilitando la promoción del trabajador colombiano a través de sus Regionales, Seccionales y Centros de Formación Profesional.

En el diccionario de la Real Academia española, ser profesional es un nombre genérico: ¿dícese de quien ejerce un oficio de forma idónea, y no por aficionados. Persona que ejerce su profesión con relevante capacidad y aplicación, ejemplo Fútbol profesional¿. Efectivamente se podría decir que hay profesiones universitarias y profesiones técnicas.

Para la OECD, ¿La Educación y Formación Profesional (EFP) incluye los programas educativos y formativos diseñados para una ocupación o un tipo de ocupación concretos, y que suelen conducir hacia ellos. Normalmente implica una formación práctica, así como el aprendizaje del contenido teórico correspondiente. Es diferente de la educación (académica) por ejemplo, de los estudios de matemáticas, que resultan relevantes para un amplio abanico de ocupaciones. En los Estados Unidos, la denominación usual para la educación y formación profesional es career and technicaleducation (Educación Técnica y Profesional (ETP). La educación y formación perteneciente a algunas profesiones de alto nivel como la medicina o el derecho encaja con la definición, pero normalmente no se describe como EFP¿. (OECD. Preparándose para trabajar. 2010).

En muchos países la Formación Profesional es un sistema alterno a la Educación Superior, constituyéndose en la opción más importante en la Educación Terciaria, los países de la OECD ya llegan a niveles recomendables del 70% de los estudiantes egresados de la ESO (Educación Secundaria Obligatoria). Dependiendo de la especificidad de cada país, suelen encontrarse subsistemas de formación profesional.

¿ Formación Profesional Inicial: destinada, en principio, al colectivo de estudiantes del sistema escolar que decide encaminar sus pasos hacia el mundo laboral, cuyo objetivo es la inserción laboral.

¿ Formación Profesional Ocupacional: destinada al colectivo que en ese momento se encuentra desempleado cuyo objetivo es la reinserción laboral de la persona.

¿ Formación Profesional Continua: destinada al colectivo de trabajadores activos, cuyo objetivo es la adquisición de mayores competencias que le permitan una actualización permanente del trabajador al puesto de trabajo que desempeña u optar a otro, lo que en definitiva se resume como un aumento de su empleabilidad.

Muchos países consideran, bajo denominaciones diversas, la educación para el trabajo como un nivel de educación terciaria no universitaria, que merece todas las consideraciones, las medidas de aseguramiento de la calidad y la prioridad como política pública, asociada con la educación superior. Parte de esos nombres son VET (VocationalEducation and Training), ETNU (Educación Terciaria No Universitaria), Formación Técnica Profesional (FTP), Educación y Formación Profesional (EFP) y Formación para el Trabajo y Desarrollo Humano (FTDH).

El comparativo de la denominación en algunos países muestra el siguiente panorama:

¿ Australia: Educación Vocacional y de Entrenamiento (VocationalEducation and Training), VET. Al igual que Educación Técnica y Adicional (Technical and FurtherEducation), TAFE.

¿ Corea del Sur: Educación Vocacional y de Entrenamiento (VocationalEducation and Training), VET.

¿ Canadá: Educación Vocacional y de Entrenamiento (VocationalEducation and Training), VET.

¿ Perú: Educación Técnico Productiva y Tecnológica.

¿ Reino Unido: Educación Vocacional y de Entrenamiento (Vocational Education and Training), VET.

¿Francia: Educación y Formación Profesionales (Enseignement et FormationProfessionnels), EFP

¿ México: Formación o Capacitación para el Trabajo

¿ Brasil: Enseñanza Técnica (Ensino Técnico)

¿ Chile: Formación Técnica y Profesional

¿ Alemania: Sistema Dual - Formación profesional

¿ El Salvador: Formación Profesional

¿ República Dominicana: Formación Profesional

¿ Bolivia: Formación Técnica Profesional

¿ Argentina: Formación Profesional

¿ Costa Rica: Formación Profesional

¿ España: Formación Profesional

¿ Suiza: sistema Dual - Formación profesional

¿ Rumania: FormaciónProfesional ¿ (Vocational Education and Training), VET

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En América Latina y el Caribe, la OIT cuenta con un centro especializado en los temas de formación profesional.

Desde 1963, el Centro Interamericano para el Desarrollo del Conocimiento en la Formación Profesional (OIT/Cinterfor) es pionero en la gestión, la construcción colectiva del conocimiento y la promoción de la cooperación Sur-Sur en temas relacionados con el desarrollo de los recursos humanos.

Cinterfor articula y coordina la red más grande y prestigiosa de entidades e instituciones, públicas y privadas, dedicadas al fortalecimiento de las competencias laborales. Esta red, formada por más de 65 entidades de 27 países de América Latina, El Caribe, España y África, colabora activamente en la actualización permanente de la plataforma de gestión del conocimiento que está a disposición del mundo de la formación profesional.

La denominación de Formación para el Trabajo y el Desarrollo Humano planteada en la Ley 1064 de 2006 es una denominación sui generis a nivel mundial, pues las denominaciones más comunes tienen que ver con educación y formación profesional y en otros países el concepto tiene que ver más con educación y formación vocacional, el concepto propuesto debe alinearse con el que define la formación profesional en el Sena.

Cabe recordar que la definición usada por el Sena de acuerdo con el Estatuto de la formación profesional del Sena (Acuerdo número 008 de 1997), establece que la Formación profesional integral gratuita que imparte el Sena, se orienta al desarrollo de conocimientos técnicos, tecnológicos y de actitudes y de valores para la convivencia social, que le permiten a la persona desempeñarse en una actividad productiva. Esta formación implica el dominio operacional e instrumental de una ocupación determinada, la apropiación de un saber técnico y tecnológico integrado a ella, y la capacidad de adaptación dinámica a los cambios constantes de la productividad; la persona así formada es capaz de integrar tecnologías, moverse en la estructura ocupacional, plantear y solucionar creativamente los problemas y saber hacer en forma eficaz. La persona que recibe la Formación profesional...

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