Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 333 de 2013 cámara 204 de 2013 senado - 30 de Agosto de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 465825494

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 333 de 2013 cámara 204 de 2013 senado

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 333 DE 2013 CÁMARA, 204 DE 2013 SENADOpor la cual se modifica transitoriamente el periodo de realización de los juegos deportivos nacionales, juegos paralímpicos nacionales y cambia la denominación del evento deportivo juegos paralímpicos nacionales por juegos paranacionales.

  1. OBJETO DEL PROYECTO

    El Proyecto de ley número 204 de 2013 Senado, 333 de 2013 Cámara, por la cual se modifica transitoriamente el periodo de realización de los juegos deportivos nacionales, juegos paralímpicos nacionales y cambia la denominación del evento deportivo juegos paralímpicos nacionales por juegos paranacionales tiene por objeto lograr una armonización y cumplimiento de programas y objetivos definidos en los planes de desarrollo de las Entidades Territoriales, adecuando el ciclo deportivo, para que los juegos deportivos Nacionales y Paranacionales, coincidan con los periodos institucionales que corresponde a las autoridades locales de alcalde y gobernadores, para el adecuado desarrollo y cumplimiento de los objetivos y programas de Gobierno de la Entidades Territoriales.

    Así mismo pretende cambiar la denominación de juegos paralímpicos nacionales por juegos paranacionales en concordancia con el Decreto-ley número 1228 de 1995.

  2. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS DE LA INICIATIVA

    El presente Proyecto de ley es de iniciativa gubernamental, fue puesto a consideración del Congreso de la República por el Ministro del Interior doctor Fernando Carrillo Flórez y cumple con lo establecido en el artículo 140 de la Ley 5ª de 1992.

    El Proyecto de ley fue remitido a la Comisión Séptima Constitucional Permanente del honorable Senado de la República, fue radicado en la Secretaría General del Senado de la República el día 14 de marzo de 2013 y se publicó en la Gaceta del Congreso número 096 de 2013.

    En continuidad del trámite Legislativo, fue remitido a la honorable Cámara de Representantes correspondiéndole el número 333 de 2013, y designados como Ponentes para primer debate los honorables Representantes Amanda Ricardo de Páez y Juan Manuel Valdés Barcha.

    Cumple además con los artículos 154, 157, 158 de la Constitución Política referentes a su origen, formalidades de publicidad y unidad de materia. Así mismo con el artículo 150 de la Carta que manifiesta que dentro de las funciones del Congreso está la de hacer las leyes.

  3. CONTENIDO Y ALCANCE DEL PROYECTO

    El proyecto de ley consta de cuatro (4) artículos que hacen alusión a lo siguiente:

Artículo 1°

Establece que el presente proyecto de ley tiene por objeto modificar transitoriamente el artículo 27 del Decreto-ley número 1228 de 1995 sobre el periodo de realización de los Juegos Deportivos Nacionales y modificar el artículo 8° de la Ley 582 de 2000 introduciendo cambio en la denominación del evento deportivo Juegos Paralímpicos Nacionales por Juegos Paranacionales, y modificar transitoriamente el periodo de realización de los Juegos Paranacionales.

Artículo 2° Adiciona un parágrafo transitorio al artículo 27 del Decreto-ley número 1228 de 1995, en el cual se autoriza que por una sola vez

En aras de garantizar su cumplimiento, el presente ciclo deportivo, sea efectuado por 3 años, únicamente y por una sola vez para el año de 2015, con el fin de lograr una nivelación, concomitancia y correlación respecto a los periodos institucionales que corresponde a las autoridades, Alcaldes y Gobernadores-, elegidos por periodos de 4 años.

Una vez realizados los Juegos Deportivos Nacionales de la vigésima (XX) versión, en el año 2015, el evento deportivo continuará realizándose cada cuatro (4) años.

Artículo 3° Se modifica en el artículo 3° un error de transcripción en el texto original que señaló que la próxima versión de los Juegos Paranacionales será la III; encontrando que el evento deportivo a desarrollarse en el año 2015 corresponderá a la IV versión.

Establece además este artículo que estos juegos se realizarán inmediatamente después y en la misma sede de los Juegos Deportivos Nacionales, con la misma estructura y logística empleada en los Juegos Deportivos Nacionales.

Artículo 4° Establece las vigencias y derogatoria.
  1. JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO

    4.1...

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