Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 013 de 2013 cámara - 25 de Septiembre de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 465824162

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 013 de 2013 cámara

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 013 DE 2013 CÁMARA. por medio de la cual se simplifica el inventario de bienes de menores de edad.

Antecedentes

El Proyecto de ley número 013 de 2013 Cámara, por medio de la cual se simplifica el inventario de bienes de menores de edad, suscrito por la honorable Representante Gloria Stella Díaz Ortiz; honorables Senadores Carlos Alberto Baena López, Manuel Antonio Virgüez, fue presentado ante la Cámara de Representantes ¿ Secretaría General, el 20 de julio de 2013.

Publicado en la Gaceta del Congreso número 517 del 25 de julio de 2013, para primer debate.

Justificación

El presente proyecto de ley, tiene por finalidad seguir protegiendo los derechos patrimoniales de los niños, niñas, adolescentes y de las personas bajo tutela y curatela, y equilibrar los derechos de los padres en relación con los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

El proyecto de ley busca fundamentalmente los siguientes cinco (5) objetivos:

  1. Contribuir a la descongestión de los despachos judiciales en el área de derecho de familia, llevando el proceso de confección del inventario solemne a ser un trámite notarial, cuando se desee contraer nupcias o constituir la unión marital de hecho.

  2. Evitar procesos innecesarios y costosos de quienes, teniendo hijos menores de edad o personas bajo su tutela o curatela sin bienes propios, desean contraer matrimonio o constituir unión marital de hecho.

  3. Agilizar estos procesos, cuando sean necesarios, pues aun siendo de jurisdicción voluntaria, el lapso para obtener una decisión puede ser de ocho (8) a doce (12) meses aproximadamente.

  4. Desarrollar el derecho constitucional consagrado en el artículo 13 de la Carta Superior, respecto de quienes deseen contraer nupcias o constituir unión marital de hecho, teniendo hijos menores de edad o personas bajo su tutela o curatela.

  5. Proteger el patrimonio del hijo menor de edad o de quien estando bajo tutela o curatela tiene bienes propios.

En la actualidad los jueces colombianos se ocupan de numerosas causas relacionadas con el Inventario Solemne de Bienes de Menores, para segundas nupcias y simplificar este proceso ayuda a agilizar este trámite, que se considera necesario para la protección patrimonial de los menores y que además la Corte Constitucional lo ha declarado exequible a través de la Sentencia C-812 de 2001, como se expone: ¿Así pues, las medidas consagradas en los artículos 169 y 170 del Código Civil y el artículo 3º del Decreto-ley 2668 de 1998 se enmarcan dentro de las limitaciones que a la luz de la Constitución es posible imponer al principio de la buena fe. Máxime si se tiene en cuenta que se trata de niños, quienes además de estar contemplados en la protección genérica de personas en estado de debilidad contemplada por el artículo 13 de la Carta Política, gozan de una protección especial por el artículo 44, según el cual la familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de garantizar el pleno ejercicio de sus derechos, los cuales prevalecen sobre los derechos de los demás (¿)¿.

Sin embargo, el presente proyecto de ley, refuerza lo establecido por la ley, en el sentido de mantener la norma y la hace más ágil y efectiva, sin que se desgaste el aparato judicial y evita demoras y gastos innecesarios.

Para muchas personas en Colombia ha sido un obstáculo, por diferentes causas, la existencia de un proceso judicial previo y obligatorio, con miras a contraer segundas nupcias o conformar una unión marital...

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