Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 019 de 2014 Cámara - 18 de Septiembre de 2014 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 532354106

Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 019 de 2014 Cámara

por la cual se organiza el servicio público de educación y formación profesional, antes denominada educación para el trabajo y el desarrollo humano. Bogotá, D. C., septiembre 9 de 2014.

Doctor

ALFREDO APE CUELLO BAUTE

Presidente Comisión Sexta Constitucional

Cámara de Representantes

Referencia: Informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 19 de 2014 Cámara de Representantes, por la cual se organiza el servicio público de educación y formación profesional, antes denominada educación para el trabajo y el desarrollo humano.

Respetado señor Presidente:

En cumplimiento del encargo hecho por la honorable Mesa Directiva de la Comisión Sexta de la Cámara de Representantes, de conformidad con lo establecido en el artículo 156 de la Ley 5ª de 1992, procedo a rendir informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 19, por la cual se organiza el servicio público de educación y formación profesional, antes denominada educación para el trabajo y el desarrollo humano, en los siguientes términos:

1. Antecedentes

El proyecto de ley fue presentado el pasado 20 de julio por los Representantes Martha Patricia Villalba Hodwalker, Ana María Rincón Herrera, Carlos Edward Osorio Aguiar, Jaime Buenahora Febres, Alfredo Rafael Deluque Zuleta, Elbert Dí az Lozano, Jorge Eliécer Tamayo Marulanda, Elda Lucy Contento Sanz, Carlos Arturo Correa Mojica, Rafael Eduardo Palau Salazar, Luis Eduardo Díaz Granados Torres y el Senador Mauricio Lizcano.

El proyecto de ley de la referencia, tiene por objeto crear una nueva organización del servicio público de educación y formación profesional, reemplazando la anterior denominación que la Ley 1064 había dado a la educación para el trabajo y el desarrollo humano, beneficiando a más de 1.200.000 estudiantes y las familias que dependen del acceso al trabajo de esa población.

La iniciativa formula a través de su normatividad la nueva ruta de la formación profesional en Colombia, con las competencias y habilidades que permitan efectivamente el acceso al trabajo, el mejoramiento en la productividad y competitividad y la mejor participación en los diferentes procesos sociales, culturales y económicos de nuestra sociedad.

A su vez, la nueva estructura para la educación y formación profesional, establece una escala por niveles para el ascenso, profundización y especialidad en la formación profesional, que se divide en Nivel Operativo, Nivel Técnico y Nivel Técnico Experto. Esta estructura de aprendizaje implica procesos de educación y formación con mayor profundización en los conocimientos, procedimientos y herramientas para cada programa académico y ocupación u oficio.

Esta nueva ruta de la educación y formación profesional tiene un diseño curricular y una evaluación de la que también hace parte la investigación, pues esta mejora en cualquier nivel la calidad, y no solo en la educación superior, sino en este tipo de formación, del que a la fecha dependen más de 1.200.000 colombianos y de su efectivo acceso al trabajo miles de familias colombianas, que representan un gran porcentaje para las metas del nuevo milenio con las que Colombia ha adquirido un especial compromiso con la superación de la pobreza extrema y el mejoramiento de la educación, con la que se puede acceder a un mercado de trabajo en mejores condiciones que las actuales, colocando al país en la verdadera puerta de las oportunidades, con productividad y competitividad.

Esta iniciativa pretende el fortalecimiento de todas las instituciones que actualmente prestan el servicio de educación y formación profesional, denominado educación para el trabajo y el desarrollo humano, que asciende a 3. 150 instituciones educativas.

De acuerdo con el proyecto de ley, en el cual se busca renombrar la educación para el trabajo y el desarrollo humano, se identifican como problemas a afrontar:

En Colombia la Educación Pos secundaria está orientada solamente hacia la Educación Superior como única ruta vertical con estatus social y académico reconocido por la sociedad y no contempla la ruta de la Educación y Formación Profesional (EFP).

En Colombia no existe un reconocimiento a la Educación Continua o Complementaria que realizan las personas, ya que no hay un sistema de créditos o medida que permita ser tenida en cuenta por el sistema educativo o productivo como lo plantea la OIT.

La formación de poblaciones reconocidas por ley que requieren mayor atención por parte del Estado colombiano, está siendo atendida por el sistema de educación actual, en la propuesta de reglamentación se requiere comprometer a la educación y formación profesional para brindar los apoyos, acompañamientos que requieran de acuerdo a sus particularidades desde un enfoque diferencia; respetando su identidad y cosmovisión del mundo.

En Colombia se genera una confusión debido a que para el mismo tipo de formación denominada anteriormente ¿Educación No Formal¿ (Ley 115 de 1994) existen ahora dos denominaciones: Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano (Ley 1064 del 2006), y Formación Profesional Integral (Ley 119 de 1994 que reestructuró al Sena), que en su decreto reglamentario (Decreto número 359 de 2000) expresa que la Formación Profesional integral se inscribe como educación no formal. Para el caso del Sena, desde 1957, mediante el Decreto ley 118, del 21 de junio, la entidad viene ofreciendo y ejecutando la formación profesional integral y capacitando a los colombianos para la agricultura, la industria, el comercio y los servicios, facilitando la promoción del trabajador colombiano a través de sus Regionales, Seccionales y Centros de Formación Profesional.

En el Diccionario de la Real Academia Española, ser profesional es un nombre genérico: dícese de quien ejerce un oficio de forma idónea, y no por aficionados. Persona que ejerce su profesión con relevante capacidad y aplicación, ejemplo Fútbol profesional. Efectivamente se podría decir que hay profesiones universitarias y profesiones técnicas.

Para la OECD, la Educación y Formación Profesional (EFP) incluye los programas educativos y formativos diseñados para una ocupación o un tipo de ocupación concretos, y que suelen conducir hacia ellos. Normalmente implica una formación práctica, así como el aprendizaje del contenido teórico correspondiente. Es diferente de la educación (académica) por ejemplo, de los estudios de matemáticas, que resultan relevantes para un amplio abanico de ocupaciones. En los Estados Unidos, la denominación usual para la educación y formación profesional es carecer and technical education (Educación Técnica y Profesional (ETP). La educación y formación perteneciente a algunas profesiones de alto nivel como la medicina o el derecho, encaja con la definición, pero normalmente no se describe como EFP. (OECD. Preparándose para trabajar. 2010).

En muchos países la Formación Profesional es un sistema alterno a la Educación Superior, constituyéndose en la opción más importante en la Educación Terciaria, los países de la OECD ya llegan a niveles recomendables del 70% de los estudiantes egresados de la ESO (Educación Secundaria Obligatoria). Dependiendo de la especificidad de cada país, suelen encontrarse subsistemas de formación profesional.

Formación Profesional Inicial: Destinada, en principio, al colectivo de estudiantes del sistema escolar que decide encaminar sus pasos hacia el mundo laboral, cuyo objetivo es la inserción laboral.

Formación Profesional Ocupacional: Destinada al colectivo que en ese momento se encuentra desempleado cuyo objetivo es la reinserción laboral de la persona.

Formación Profesional Continua: Destinada al colectivo de trabajadores activos, cuyo objetivo es la adquisición de mayores competencias que le permitan una actualización permanente del trabajador al puesto de trabajo que desempeña u optar a otro, lo que en definitiva se resume como un aumento de su empleabilidad.

Muchos países consideran, bajo denominaciones diversas, la educación para el trabajo como un nivel de educación terciaria no universitaria, que merece todas las consideraciones, las medidas de aseguramiento de la calidad y la prioridad como política pública, asociada con la educación superior. Parte de esos nombres son VET (Vocational Education and Training), ETNU (Educación Terciaria No Universitaria), Formación Técnica Profesional (FTP), Educación y Formación Profesional (EFP) y Formación para el Trabajo y Desarrollo Humano (FTDH).

El comparativo de la denominación en algunos países muestra el siguiente panorama:

Australia: Educación Vocacional y de Entrenamiento (Vocational Education and Training), VET. Al igual que Educación Técnica y Adicional (Technical and Further Education), TAFE.

Corea del Sur: Educación Vocacional y de Entrenamiento (Vocational Education and Training), VET.

Canadá: Educación Vocacional y de Entrenamiento (Vocational Education and Training), VET.

Perú: Educación Técnico Productiva y Tecnológica.

Reino Unido: Educación Vocacional y de Entrenamiento (Vocational Education and Training), VET.

Francia: Educación y Formación Profesionales (Enseignement et Formation Professionnels), EFP.

México: Formación o Capacitación para el Trabajo.

Brasil: Enseñanza Técnica (Ensino Técnico).

Chile: Formación Técnica y Profesional.

Alemania: Sistema Dual - Formación Profesional.

El Salvador: Formación Profesional.

República Dominicana: Formación Profesional.

Bolivia: Formación Técnica Profesional.

Argentina: Formación Profesional.

Costa Rica: Formación Profesional.

España: Formación Profesional.

Suiza: Sistema Dual - Formación profesional.

Rumania: Formación Profesional, (Vocational Education and Training), VET.

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