Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 092 de 2014 Cámara - 11 de Diciembre de 2014 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 548942446

Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 092 de 2014 Cámara

por medio de la cual se establece la protección del patrimonio en territorio nacional de los colombianos residentes en el exterior y se dictan otras disposiciones. Bogotá, D. C., 5 de diciembre de 2014

Honorable Representante

PEDRO JESÚS ORJUELA GÓMEZ

Presidente Comisión Segunda Constitucional

Cámara de Representantes

Asunto: Informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 092 de 2014 Cámara, por medio de la cual se establece la protección del patrimonio en territorio nacional de los colombianos residentes en el exterior y se dictan otras disposiciones.

Respetado señor Presidente:

En cumplimiento del encargo hecho por la Mesa Directiva de la Comisión Segunda Constitucional Cámara de Representantes y acatando lo establecido en la Ley 5ª de 1992, Reglamento del Congreso, procedemos a rendir ponencia positiva para primer debate, al Proyecto de ley número 092 de 2014 Cámara, por medio de la cual se establece la protección del patrimonio en territorio nacional de los colombianos residentes en el exterior y se dictan otras disposiciones.

1. Antecedentes

El presente proyecto de ley es de autoría de los honorables Representantes Guillermina Bravo y Carlos Eduardo Guevara, fue publicado en la Gaceta del Congreso número 489 de 2014 y radicado en la Comisión Segunda Constitucional de la Cámara de Representantes el 9 de septiembre de 2014. Fueron designados como ponentes para primer debate los honorables Representantes José Luis Pérez Oyuela y Federico Eduardo Hoyos Salazar.

Según la exposición de motivos del proyecto que fue radicado, se puede leer que:

Como medida preventiva

Este proyecto busca anticiparse a las posibles medidas de embargo sobre los bienes que nuestros connacionales poseen en territorio colombiano, que puedan ser adoptadas por los sistemas financieros de otros países, en donde dichos colombianos residen.

La presente medida previene la violación de los derechos de propiedad de los colombianos en el exterior, mediante una legislación que asegure el derecho y la titularidad sobre el patrimonio adquirido en Colombia, prohibiendo que este sea objet o de embargo o captura por parte de entidades financieras externas. Esta disposición encuentra fundamento en un principio de soberanía en términos legislativos sobre los bienes y capitales consignados y erigidos dentro del territorio nacional. De esta manera se plantea un ejercicio de protección al ciudadano en el reconocimiento de su nacionalidad.

Respuesta Legislativa Ecuatoriana y Cláusulas Abusivas Bancarias en España

Desde el año 2012, cerca de 90.000 personas fueron desahuciadas de sus inmuebles en España, dentro de las cuales 15.000 ecuatorianos fueron afectados por las medidas hipotecarias emprendidas por los bancos de ese país a causa de la crisis. Ecuador por su parte reaccionó a través de medidas proteccionistas, en primer lugar la restricción de la compra de cartera hipotecaria por parte de bancas extranjeras con el fin del cobro de la deuda adquirida dentro del país; así como la iniciativa presidencial de declarar inconstitucional la figura de ¿prenda general bancaria¿, mediante la cual los bancos internacionales pretendían embargar patrimonios de ciudadanos ecuatorianos fuera del territorio de su jurisdicción legal, a partir de ventas de carteras hipotecarias y de convenios con Bancos ecuatorianos[1][1].

Por su parte, la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) en España, denunció el vicio dentro de los servicios y procesos hipotecarios dentro del marco jurídico español, mediante el cual se consideran los deudores como víctimas de cláusulas hipotecarias contractuales abusivas, inaplicables e ilegales por ir en contradicción de los derechos del consumidor. Así se establece que: los bancos internacionales deben responsabilizarse por un ejercicio financiero de riesgo, al no realizar un estudio de crédito efectivo que les permitiera otorgar créditos bajo garantía y seguridad en el pago por parte de sus clientes.

Para el caso de nuestros compatriotas residentes en España, la PAH sostiene que son cerca de 7.000 familias colombianas las que se encuentran en riesgo de desahucio en España y que temen que los banc os persigan sus bienes en Colombia, mediante la modalidad de compra de cartera o afines, así como lo intentaron hacer en Ecuador.

Sistema UPAC en Colombia

Dado que, hasta el momento, la legislación española no contempla la dación del inmueble como forma de pago, este panorama nos pondría frente a una situación similar a la de la crisis del UPAC en Colombia, frente a la cual la Corte Constitucional se pronunció por la Sentencia C-136 de 1999, mediante la cual exigió a la Superintendencia Bancaria de imponer sanciones a las entidades financieras que...

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