Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 118 de 2014 Senado - 28 de Mayo de 2015 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 571656886

Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 118 de 2014 Senado

por la cual se institucionaliza el Día Nacional de la Tolerancia, la Solidaridad y la Convivencia. DECRETA:

TÍTULO I

DISPOSICIONES PRELIMINARES

Artículo 1º. Objeto. La presente ley tiene por objeto promover e institucionalizar en Colombia el Día Internacional para la Tolerancia, la Solidaridad y la Convivencia aprobada y firmada por los estados miembros de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la ciencia y la cultura y en concordancia con el preámbulo de la Constitución Política de Colombia.

Artículo 2º. Fines. La presente ley tiene como finalidad que en todas las instituciones del Estado, las organizaciones civiles y sociales, la comunidad y la familia se promueva y consolide una cultura de tolerancia, solidaridad y convivencia para vivir en paz.

Artículo 3º. Destinatarios. Son destinatarios de esta ley los nacionales colombianos por nacimiento y/o por adopción, los miembros de los pueblos indígenas, las minorías étnicas y los extranjeros que se encuentren dentro del territorio colombiano, sin distingo de credo religioso, ideológico y situación social.

TÍTULO II

DESARROLLO PRÁCTICO

Artículo 4º. Fecha. De conformidad con la Declaración de Principios sobre la tolerancia aprobada y firmada por los Estados miembros de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, institucionalícese en Colombia el 16 de noviembre de cada año, como el día para la Tolerancia, la Solidaridad y la Convivencia.

Artículo 5º. Desarrollo. Con el fin de lograr la efectividad de esta ley, los funcionarios, servidores públicos y trabajadores de la administración pública, en cabeza de los Ministerios, Departamentos Administrativos, entidades del Estado del orden nacional y/o territorial, además de las organizaciones privadas que desempeñan funciones públicas como empresas particulares celebraran el Día de la Tolerancia, la Solidaridad y la Convivencia, desarrollando eventos, actos y actividades alusivas a esta fecha y sus principios que lo fundamentan.

Artículo 6º. La familia como núcleo fundamental de la sociedad (artículo 42 C. P.), las comunidades organizadas en juntas comunales, sociedades de pensionados, mutuales, cooperativas, viviendas de propiedad horizontal, grupos étnicos, iglesias y demás formas de organización social, celebraran por medio de actos culturales, conversatorios alusivos a dicha fecha, encuentros deportivos y demás formas que consoliden el tejido social, el Día de la Tolerancia, la Solidaridad y la Convivencia.

Artículo 7º. En todas las instituciones de educación formal como escuelas, colegios y universidades, así como las instituciones de educación no formal, se celebrará el día 16 de noviembre de cada año el Día de la Tolerancia, la Solidaridad y la Convivencia mediante actividades que promuevan de manera interna y externa los principios que fundamenta esta iniciativa.

Artículo 8º. El Ministerio de Educación Nacional como ente rector y regulador de la educación en Colombia, estimulará dentro de sus posibilidades presupuestales, con apoyo logístico a todas las instituciones de educación formal y no formal, a través de las Secretarías de Educación Departamentales, Distritales y Municipales, para que se conmemore coordinadamente el Día de la Tolerancia, la Solidaridad y la Convivencia, vinculando a todas las comunidades educativas.

Artículo 9º. El Ministerio del Interior, a través de la Dirección de Acción Comunal, socializará y dará apoyo logístico dentro de sus posibilidades presupuestales, a todas las juntas comunales del país, para que en cada comunidad, organizaciones cívicas y sociales, asociaciones de vecinos, conjuntos cerrados, asociaciones pensionales, de adultos mayores y demás formas de organización social, conmemoren el Día de la Tolerancia, la Solidaridad y la Convivencia.

Artículo 10. El Ministerio de Cultura, dentro de sus posibilidades presupuestales, estimulará con apoyo logístico, a todas las agrupaciones folclóricas, culturales, artísticas, deportivas y demás formas de expresión cultural para que con actos y presentaciones públicas, se conmemore el Día de la Tolerancia, la Solidaridad y la Convivencia, en todo el país incluyendo los territorios y resguardos indígenas.

Artículo 11. Las empresas particulares, el comercio, el sector bancario, el sector de la econo mía solidaria, la microempresa y demás formas de producción, promoverán con sus trabajadores y empleados el Día de la Tolerancia, la Solidaridad y la Convivencia, internamente y con el público relacionado con sus actividades económicas.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El doctor Simón Younes Jerez autor del libro ¿Democracia y Tolerancia¿ en su capítulo uno (1) señala:

¿La intolerancia tiene sus raíces en el dogmatismo. Posiblemente no nos demos cuenta de ello, y de ahí la importancia de destacar dicha relación. La etimología griega de la palabra nos indica doctrina fijada, fija. Ya debe su origen se encuentra como algo inalterable; en consecuencia, que nada nuevo va a poder incorporar.

Con ocasión de la vinculación de Colombia como un Estado Miembro de las Naciones Unidades para la Educación, la Ciencia y la Cultura hacer referencia al preámbulo de los Estados Miembros consagrados en París con motivo de la 28ª reunión de la Conferencia General, del 25 de octubre al 16 de noviembre de 1995, frente al manejo de la tolerancia así:

Preámbulo

Teniendo presente que la Carta de las Naciones Unidas declara ¿Nosotros los pueblos de las Naciones Unidas resueltos a preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra, ¿ A reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, ¿. Y con tales finalidades a practicar la tolerancia y a convivir en paz como buenos vecinos¿,

Recordando que en el Preámbulo de la Constitución de la Unesco, aprobada el 16 de noviembre de 1945, se afirma que la ¿paz debe basarse en la solidaridad intelectual y moral de la humanidad¿,

Recordando asimismo que en la Declaración Universal de Derechos Humanos se afirma que ¿toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento de conciencia y de religión¿ (artículo 18), ¿de opinión y de expresión¿ (artículo 19) y que las educación ¿favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos¿ (artículo 26),

Tomando nota de los siguientes instrumentos internacionales pertinentes: el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención para la Prevención y la Sanción del delito de Genocidio, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención de 1951 sobre el estatuto de los Refugiados, su Protocolo de 1967 y sus instrumentos regionales, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la...

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