Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 079 de 2015 Cámara - 25 de Noviembre de 2015 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 588522746

Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 079 de 2015 Cámara

por medio de la cual se declara como Patrimonio Genético Nacional las razas bovinas criollas y colombianas puras, se adiciona un parágrafo a la Ley 89 de 1993 y se dictan otras disposiciones. Bogotá, D. C., octubre 2 de 2015

Honorable Representante

ARTURO YEPES ALZATE

Presidente Comisión Quinta

Cámara de Representantes

Ciudad.

Asunto: Ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 079 de 2015 Cámara, por medio de la cual se declara como Patrimonio Genético Nacional las razas bovinas criollas y colombianas puras, se adiciona un parágrafo a la Ley 89 de 1993 y se dictan otras disposiciones.

Cordial saludo:

De acuerdo con las disposiciones contenidas en los artículos 150, 153 y 156 de la Ley 5ª de 1992 y en cumplimiento al encargo que me hiciera la Mesa Directiva, presento a consideración de los miembros de la Comisión Quinta Constitucional Permanente Cámara, el presente informe de ponencia para primer debate del proyecto de ley de la referencia, con base en las siguientes consideraciones:

1. GENERALIDADES

1.1. Objeto del proyecto

¿Declarar como Patrimonio Genético Nacional las razas bovinas criollas y colombianas puras. Con lo cual se pretende adoptar medidas para la protección, mejoramiento, promoción y el desarrollo de estas, del patrimonio genético representado en las razas de ganado bovino criollo y puro en Colombia¿.

Dentro del objeto del Proyecto de ley 079, podemos observar dos pretensiones, a saber:

1.1.1. La primera ¿declarar como Patrimonio Genético Nacional las Razas Bovinas Criollas y Colombianas Puras¿.

Con lo cual se busca regular sobre el principio de soberanía que tiene nuestro país, como aportante de germoplasma de las razas bovinas criollas y colombianas puras, en el ámbito de la FAO y la Conferencia de Río 1992, en lo que respecta a la biodiversidad y los recursos genéticos.

1.1.2. La segunda ¿adoptar medidas para la protección, mejoramiento, promoción y el desarrollo de estas¿.

En específico se busca contribuir con las políticas públicas, al regular medidas encaminadas a enfrentar el cambio climático, garantizar la seguridad alimentaria y el aprovechamiento sostenible de las razas bovinas criollas y colombianas puras y de su patrimonio genético a través de la protección, mejoramiento, promoción y desarrollo de estas.

2. CONVENIENCIA

2.1. Inicialmente debemos puntualizar, que en 1994, Colombia ratificó el ¿Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB)¿.

Dicho convenio fue ratificado por ¿La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO)¿ el 16 de noviembre de 1993, Organización de la que hace parte nuestro país y se celebró el cinco (5) de junio de 1992 en Río de Janeiro.

Para nuestro caso en concreto, resaltamos que en la Conferencia de Río se aprobó:

¿ La Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. Que aclara el concepto de Desarrollo sostenible.

¿Los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacionadas con el desarrollo sostenible, tienen derecho a una vida saludable y productiva con la naturaleza¿, (Principio 1).

¿Para alcanzar el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente debe ser parte del proceso de desarrollo y no puede ser considerado por separado¿ (Principio 4).

¿ La Conferencia de Río fue el preámbulo de la aprobación de la Convención sobre el Cambio Climático, que afirma la necesidad de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero que condujo a la firma en 1997 del Protocolo de Kyoto, y

¿ Así mismo en la Conferencia de Río se aprobó La Declaración sobre los Bosques y el Convenio sobre la Diversidad Biológica, que supedita el uso de la herencia genética mundial a una serie de condiciones, reiterando en los objetivos:

¿ El principio de soberanía del país de origen sobre el material genético.

¿ La obligación de conservar la biodiversidad, y

¿ Propender por su utilización sostenible.

2.2. Finalmente debemos resaltar lo expresado por la FAO, por intermedio de sus representantes en el ¿30 Aniversario de la Comisión de Recursos Genéticos para la Alimentación y la Agricultura¿, celebrado el 30 de abril de 2013 en Roma, donde manifestaron que:

¿La adaptación del sector agrícola al cambio climático, no es solo una opción, sino un imperativo para la supervivencia humana y que los recursos genéticos serán una parte esencial de cualquier estrategia de adaptación¿.

Por su parte, el Director General de la FAO, doctor Dan Gustafson, informó que:

¿El 22% de las razas de ganado están en riesgo de extinción. Las razas locales, menos estudiadas a menudo, poseen defensa genéticas, que les permiten caminar largas distancias para llegar a los pozos, sobreviven con poca agua y forraje y resisten las enfermedades tropicales¿.

¿Conservar y aprovechar al máximo la riqueza del patrimonio genético del Planeta será crucial para la supervivencia de la humanidad, que necesitará producir suficientes alimentos nutritivos para una creciente población¿.

Desde la firma del Convenio de Río hasta la fecha, ya han transcurrido 22 años, sin que se establezcan los regímenes necesarios que comprometan a la nación, a las entidades públicas, privadas, a las personas naturales y jurídicas, en la adopción de medidas que propendan por la consecución, selección, protección, conservación, mejoramiento, fomento, difusión, promoción, desarrollo y uso de nuestro patrimonio genético representado en las nueve (9) razas de ganado bovino criollo y dos (2) colombianas puras¿.

Por lo anterior, es conveniente que en Colombia se creen mecanismos legales que propendan por la adaptación al cambio climático, la seguridad alimentaria, la conservación de la diversidad biológica, como nuestro patrimonio nacional, propendiendo por el aprovechamiento sostenible de nuestras razas bovinas criollas y colombianas puras y su patrimonio genético.

3. IMPORTANCIA DEL PROYECTO

3. 1. El Proyecto de ley número 079 busca la declaratoria como patrimonio genético nacional, de las razas bovinas criollas y colombianas puras, lo cual es de vital importancia, en la medida que hasta hoy no se cuentan con una regulación especial que obligue a la protección de estas y de su material genético frente a:

¿ La entrada y salida del país de material genético: Como quedo evidenciado en el caso del ganado romosinuano, hoy se encuentra en depósito e inventario de Estados Unidos, Costa Rica y Venezuela sin restricción alguna y sin beneficio para la nación.

¿ Las posiciones e intereses que se defienden, y donde se pretende que:

¿ Este material genético sea declarado patrimonio universal, con el argumento de que hace parte del ecosistema mundial.

¿ Este material genético sea propiedad privada, con el argumento de que hace parte de la propiedad intelectual.

Lo anterior, se evidenció en los enfrentamientos de posiciones e intereses que se dieron en la Convención de Río 1992.

3.2. El Proyecto de ley permite el promover la generación de programas y proyectos encaminados a la consecución, selección, protección, conservación, mejoramiento, fomento, difusión, promoción, desarrollo y uso de estas razas bovinas criollas y colombianas puras, con el fin de:

¿ Enfrentar los cambios climáticos que se generan como consecuencia a la emisión de gases de efecto invernadero, las variaciones climáticas que se presentan indeterminadamente debido a los diferentes fenómenos naturales.

¿ Garantizar la seguridad alimentaria, atendiendo las necesidades de una población que se viene incrementando constantemente.

3.3. El Proyecto de ley pretende proteger nueve (9) razas bovinas criollas y dos (2) colombianas puras, que a través del tiempo y de acuerdo con sus características actuales se han venido consolidando como razas con mayor productividad en el país. Este reconocimiento obedece a todo un proceso evolutivo de:

¿ Adaptación a las distintas condiciones climáticas y meteorológicas de los diversos pisos térmicos y áreas territoriales del país.

¿ A la gran habilidad para reproducirse y sobrevivir.

¿ A su capacidad de pastorear.

¿ A su gran rusticidad.

¿ Por su resistentes al nuche, a la garrapata y a las enfermedades del trópico.

¿ A su excelente habilidad materna.

¿ A su gran longevidad.

¿ Porque son buenas para producción de leche y carne, y

¿ Son fabulosos para cruces con otras razas.

3.4. El proyecto de ley ha de permitir que el sistema de bancos de germoplasma:

¿ Dispongan y cuenten con recursos para:

¿ Mejorar su eficiencia, eficacia y calidad.

¿ Ampliar su cobertura en el ámbito de la conservación, protección y mejoramiento de todas y cada una de las razas bovinas criollas y colombianas puras, donde se puedan incluir las seis (6) que hacen falta.

Adicionalmente ha de permitir que el sistema de Bancos de Germoplasma, sean tenidos en cuenta en su calidad de inajenables, inembargables e imprescriptibles, según su régimen de propiedad que los declara a la vez como bienes de uso público.

3.5. El proyecto es sumamente importante en la pretensión de realizar un censo, porque:

¿ Es clave para ayudar a mejorar los datos nacionales.

¿ Es el primer eje de cualquier programación nacional de mejoramiento genético.

¿ Es una forma de garantizar la trazabilidad de los productos. Es decir, cómo llegó el producto (que puede ser carne o leche) a la mesa. ¿De dónde provenía el animal? ¿Qué raza era? ¿Cuál era su historia sanitaria? ¿Dónde fue sacrificado?, y ¿qué mayorista lo comercializó?

Hay mercados en el mundo, como la Comunidad Europea, donde exigen esa trazabilidad del producto.

¿ Si hay un brote sanitario, podemos saber con la información recopilada dónde nació el brote y generar una barrera sanitaria.

Finalmente, podemos tener la certeza que sin identificación no hay seguimiento posible a futuro.

3.6. A través del proyecto se reconoce el valor de los recursos zoogenéticos para la alimentación de las generaciones presentes y futuras.

3.7. Adicionalmente...

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