Informe de Ponencia para Primer Debate al Proyecto de Acto Legislativo 06 de 2015 Senado - 27 de Noviembre de 2015 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 588876538

Informe de Ponencia para Primer Debate al Proyecto de Acto Legislativo 06 de 2015 Senado

por medio del cual se reforma la Constitución Política de Colombia en lo relativo a la remuneración de los Miembros del Congreso de la República. ACUMULADO CON EL PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO NÚMERO 03 DE 2015 SENADO por medio del cual se reforma la Constitución Política de Colombia en lo relativo a la remuneración de los Miembros del Congreso de la República. Doctor

MANUEL ENRÍQUEZ ROSERO

Presidente Comisión Primera

Honorable Senado de la República

E. S. M.

Referencia: Proyecto de Acto Legislativo número 06 de 2015 Senado, por medio del cual se reforma la Constitución Política de Colombia en lo relativo a la remuneración de los Miembros del Congreso de la República, acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo número 03 de 2015 Senado, por medio del cual se reforma la Constitución Política de Colombia en lo relativo a la remuneración de los Miembros del Congreso de la República.

En los siguientes términos rindo el informe de primer debate del proyecto de la Referencia, al cual fui designado como ponente por la Mesa Directiva de la Comisión Primera de Senado.

Antecedentes del proyecto

El 9 de septiembre del presente año fue radicado en Secretaría General de Senado el Proyecto de Acto Legislativo número 03 de 2015 Senado, por medio del cual se reforma la Constitución Política de Colombia en lo relativo a la remuneración de los miembros del Congreso de la República, presentado por los honorables Senadores Álvaro Uribe Vélez, Alfredo Ramos, Daniel Cabrales Honorio Henríquez, Paola Holguín, María del Rosario Guerra, José Obdulio Gaviria, Nohora Tovar Rey, Thania Vega de Plazas, Fernando Araújo, Carlos Felipe Mejía y los Representantes a la Cámara Margarita María Restrepo, Fernando Sierra, Éduard Rodríguez, Federico Hoyos, y otros. Este proyecto fue consignado en la Gaceta del Congreso número 698 de 2015.

Este proyecto tiene por objeto congelar por cuatro años la asignación de los miembros del Congreso de la República, esto ya que según los autores ¿El país requiere con urgencia que en todos sus niveles y poderes se haga una reestructuración que condu zca a un modelo austero en pro de garantizar la buena salud de las finanzas públicas de la Nación. La actual situación económica del país y las proyecciones de corto y mediano plazo, nos obligan de manera inmediata a intervenir con ajustes y recortes¿[1][1]. Adicionan los autores que ¿la situación que vive actualmente la economía colombiana, derivada de la incapacidad para afrontar los fenómenos económicos regionales y globales, y el excesivo incremento en el gasto público relacionado con el funcionamiento del aparato estatal, justifican proponer al Congreso de la República se congele por un periodo de 4 años la asignación de los Senadores y Representantes, consagrado en el artículo 187 de la Constitución Política de Colombia¿[2][2].

Finalmente los autores del Proyecto de Acto Legislativo número 03 de 2015 Senado argumentan que su proyecto está sustentado en los principios de 1. Equidad. 2. Austeridad en el Gasto, y 3. Ejemplo y Civismo en el Poder Legislativo[3][3].

El día 16 de septiembre de 2015 fue radicado en Secretaría General de Senado el Proyecto de Acto Legislativo número 06 de 2015, por medio del cual se reforma la Constitución Política de Colombia en lo relativo a la remuneración de los miembros del Congreso de la República, presentado por los honorables Senadores Claudia López, Armando Benedetti, Jorge Iván Ospina, Jorge E. Prieto, Martiza Martínez, Roy Barreras Montealegre, Jimmy Chamorro y los Representantes a la Cámara Angélica Lozano Correa, Sandra Ortiz, Juan Carlos Losada, Heriberto Sanabria, Ángela María Robledo. Este proyecto fue consigna do en la Gaceta del Congreso número 713 de 2015.

Este proyecto tiene por objeto realizar una modificación a la Constitución para que en ningún caso la asignación de los miembros del Congreso Nacional podrá superar 30 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Según los autores ¿el presente Proyecto de Acto Legislativo busca solucionar un defecto en el diseño constitucional colombiano, conforme el cual, el Congreso, en su función legislativa tiene la potestad de fijar los parámetros de asignación a sus miembros, sin límite pecuniario alguno. Asimismo, pretende derogar la regla constitucional por medio de la cual es imperativo actualizar anualmente la asignación de los miembros del Congreso, de acuerdo al promedio ponderado de los cambios ocurridos en la remuneración de los servidores públicos de la administración central y reemplazarla por un límite de asignación en Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV)¿[4][4].

A paso seguido los autores señalan que ¿esta modificación se propone dado que la regla constitucional vigente propicia una inequitativa brecha entre el promedio de los ciudadanos y los congresistas, la cual se agrava por la regla de actualización del artículo 187. Esto se pretende corregir fijando un límite que disminuya la asignación actual de 40 a 30 SMLMV, cifra concordante tanto con la realidad nacional y regional como con los deberes y responsabilidades del Congresista. Finalmente, se propone una fórmula de actualización con base en el salario mínimo legal, lo que permitiría conservar el poder adquisitivo en la asignación de los Congresistas con una fórmula que conserva la independencia entre los poderes públicos y está estrictamente ligada a los fenómenos económicos del país¿.

Contenido del proyecto

El proyecto acumulado que adopta el articulado del Proyecto de Acto Legislativo número 06 de 2015, por medio del cual se reforma la Constitución Política de Colombia en lo relativo a la remuneración de los Miembros del Congreso de la República puesto a consideración, tiene por objeto establecer un tope a la asignación que perciben los miembros del Congreso, fijando como tope 30 SMLV, adicional a eso busca eliminar el artículo 187 de la Constitución el cual menciona que ¿La asignación de los miembros del Congreso se reajustará cada año en proporción igual al promedio ponderado de los cambios ocurridos en la remuneración de los servidores de la administración central, según certificación que para el efecto expida el Contralor General de la República¿.

Para cumplir dicho fin este Proyecto de Acto Legislativo pretende adicionar en el literal e) del numeral 19 del artículo 150 de la Constitución la siguiente expresión ¿en ningún caso la asignación de los miembros del Congreso Nacional podrá superar 30 salarios mínimos legales mensuales vigentes¿.

Consideraciones generales

La relación entre la remuneración percibida por los congresistas y la percibida por mayoría de trabajadores colombianos es una de las más desiguales de la región. La asignación de un Congresista colombiano equivale a 40 (smlv), ($25,8 millones de acuerdo al Decreto número 1739 de 2015). En contraste un salario mínimo en Colombia durante el año 2015 corresponde a $644.350 y el ingreso promedio de un ciudadano colombiano asciende a $578.422 por cabeza y $2.313.688 por hogar de 4 personas (DANE, 2015)[5][5].

Si se compara a nivel regional, Colombia tiene uno de los salarios más altos para los Congresistas, cuyo monto asciende a 26¿492.379 pesos.

País Salario
Chile $53.077.751 (pesos colombianos) Sueldo mensual neto:7.805.421 pesos chilenos (27.817.920 pesos colombianos). Gastos de representación:7.000.000 pesos chilenos (25.259.831 pesos colombianos). Total mensual:14.805.421 pesos chilenos (53.077.751 pesos colombianos) Equivalente a 81 salarios mínimos chilenos.
Brasil $26.082.834 (pesos colombianos) Sueldo Mensual Neto:26.723 reales (22.836.073 pesos colombianos). Gastos de representación:3.800 reales (3.246.761 pesos colombianos). Total Mensual:30.325 reales (26.082.834 pesos colombianos) Equivalente a 49 salarios mínimos brasileños.
México $21.328.941 pesos colombianos. Sueldo mensual neto:117.500 pesos mexicanos Equivalente a 56 salarios mínimos mensuales.
Uruguay $19.257.902 (pesos colombianos). Sueldo mensual neto:148.063 pesos uruguayos (11.908.243 pesos colombianos). Gastos de representación:91.398 pesos uruguayos (7.349.649 pesos colombianos). Total mensual 239.461 pesos uruguayos Equivale a 33
...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR