Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 052 de 2015 Cámara - 21 de Diciembre de 2015 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 592019650

Informe de Ponencia Para Primer debate al Proyecto de Ley 052 de 2015 Cámara

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 052 DE 2015 CÁMARA por medio de la cual se modifica la Ley 181 de enero 18 de 1995 sobre fomento del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación física; se crea el Sistema Nacional del Deporte. ACUMULADO CON EL PROYECTO DE LEY NÚMERO 056 DE 2015 CÁMARA por la cual se expide la Ley del Deporte. Bogotá, D. C.

Honorable Representante

RAFAEL ROMERO PIÑEROS

Presidente Comisión Séptima Constitucional

Cámara de Representantes

Asunto: Ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 052 de 2015 Cámara, por medio de la cual se modifica la Ley 181 de enero 18 de 1995 sobre fomento del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación física; se crea el Sistema Nacional del Deporte. Acumulado con el Proyecto de ley número 056 de 2015 Cámara, por la cual se expide la Ley del Deporte.

Respetado Presidente:

En cumplimiento del honroso encargo que nos hiciera la Mesa Directiva de la Comisión Séptima Constitucional de la Cámara de Representantes y en cumplimiento de lo establecido en la Ley 5ª de 1992, procedemos a rendir ponencia positiva para primer debate del Proyecto de ley número 052 de 2015 Cámara, por medio de la cual se modifica la Ley 181 de enero 18 de 1995 sobre fomento del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación física; se crea el Sistema Nacional del Deporte, acumulado con el Proyecto de ley número 056 de 2015 Cámara, por la cual se expide la Ley del Deporte.

Los suscritos ponentes designados para primer debate al Proyecto de ley número 052 de 2015 Cámara, por medio de la cual se modifica la Ley 181 de enero 18 de 1995 sobre fomento del deporte, la recreación, el aprovech amiento del tiempo libre y la educación física; se crea el Sistema Nacional del Deporte, acumulado con el Proyecto de ley número 056 de 2015 Cámara, por la cual se expide la Ley del Deporte, presentado a consideración del Congreso de la República el día 4 de agosto de los corrientes[1][1], por el honorable Representante a la Cámara Álvaro López Gil y el honorable Senador Javier Mauricio Delgado y el 5 de agosto de esta anualidad, se presentó por parte del Ministerio del Interior doctor Juan Fernando Cristo Busto, Proyecto de ley número 056 de 2015[2][2], coadyuvado con demás Representantes a la Cámara y Senadores de la República, se publicaron en la Gaceta del Congreso número 576 y 578 de 2015, respectivamente y en cumplimiento del artículo 147, 150, 153 y 156 de la Ley 5ª de 1992, procedemos a rendir el informe de ponencia correspondiente, previas algunas consideraciones destinadas a revisar, ampliar y profundizar las que ya fueron realizadas en la exposición de motivos por los autores.

En este orden de ideas, someto a consideración de la Honorable Comisión Séptima de la Cámara de Representantes el presente informe de ponencia, que está compuesto por cinco (5) apartes, de la siguiente manera:

I. Antecedentes

Como se indicó con anterioridad, el Proyecto de ley número 052 de 2015 Cámara, por medio de la cual se modifica la Ley 181 de enero 18 de 1995 sobre fomento del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación física; se crea el Sistema Nacional del Deporte, fue radicado en la Secretaría General de Cámara el 4 de agosto de 2015[3][3], y publicado en la Gaceta del Congreso número 576 de 2015, por otro lado se radicó el 5 de agoto de esta anualidad Proyecto de ley número 056 de 2015[4][4], por la cual se expide la Ley del Deporte, dicho proyecto de ley fue publicado en la Gaceta del Congreso número 578 de 2015. El 11 de agosto de 2011, los proyectos de leyes fueron allegados a la Comisión Séptima de Cámara de Representantes y mediante Resolución número 02 de 2015, la Mesa Directiva de dicha comisión resolvió aprobar la acumulación de estos dos proyectos. Para la discusión y votación de estos proyectos de leyes se designó como coordinador ponente al honorable Representante Édgar Gómez Bolaños, y demás ponentes a los honorables Representantes Álvaro López Gil, Margarita María Restrepo Arango, Cristóbal Rodríguez Hernández, Germán Bernardo Carlosama, Ángela María Robledo, Fabio Raúl Amín Saleme, Rafael Romero Piñeros y Óscar de Jesús Hurtado.

II. Objeto y justificación del proyecto

El Proyecto de ley número 052 de 2015 pretende modificar la Ley 181 de 1995 en tres aspectos fundamentales, en el reconocimiento del deporte como una profesión, en modificar los incentivos para los deportistas y por último en introducir un formatos para que los entes departamentales obtengan recursos para el deporte. Por otro lado, el Proyecto de ley número 056 de 2015, es la modificación total de la Ley 181 de 1995, al punto que la deroga e introduce otras disposiciones, parte de ese cambio se realiza con base a que en ese entonces, para el año de 1995, Colportes, era un establecimiento público, adscrito al Ministerio de educación, luego pasó a ser adscrito al Ministerio de Cultura, y posteriormente pasó a ser Departamento Administrativo, las funciones cambiaron y es necesario modificar para establecer una estructura que abarque la necesidades; esto es en cuanto a la entidad a cargo del deporte; pero este mismo derecho tuvo un vuelco, mediante el Acto Legislativo número 02 de 2001, se le otorgó el imperativo de ser gasto público social, un cambio positivo y transcendental; la jurisprudencia de la Corte ha definido el gasto público social, cuyo objetivo es la solución de las necesidades básicas insatisfechas de salud, educación, saneamiento ambiental, agua potable, vivienda, y las tendientes al bienestar general y al mejoramiento de la calidad de vida de la población, programados tanto en funcionamiento como en inversión, y dado que la educación ha sido señalada como objetivo fundamental del estado social de derecho, por lo tanto no es menos cierto que la recreación y el deporte puedan mirarse como meras actividades separadas delos derechos que tenemos cada uno de los asociados que integran un territorio determinado, pues la práctica deportiva y el aprovechamiento del tiempo libre en actividades recreativas ayudan en el fortalecimiento de buenas prácticas y promueven estilos de vida saludable.

Corolario a lo anterior, unos de los objetivo principales es actualizar la legislación en materia de deporte, recreación, actividad física, deporte formativo y deporte social comunitario. La necesidad de adecuar a las políticas públicas de promoción, participación y fortalecimiento de la práctica del deporte, la recreación y la actividad física como derecho constitucional, en armonía con los lineamientos internacionales y la adopción de los mismos a los postulados internacionales promovidos a través de organismos internacionales como la Organización de las Naciones Unidas a través de la Unesco.

El autor del proyecto, en ese sentido, no buscó modificar la Ley 181 de 1995, sino realizar una nueva ley, basándose en mucho de la ley vigente, pero fortaleciendo la estructura del deporte nacional y adecuarlo a nuevos postulados internacionales, teniendo como objetivo consolidar el Sistema Nacional del Deporte, dotándolo de las herramientas necesarias que nos permitan mejorar la calidad de vida de la población colombiana, integrando las regiones en un solo componente social a través de la práctica y la competición deportiva.

Por otro lado, se pretende que el deporte contribuya y se convierta en el vehículo conductor del desarrollo de habilidades sociales tendientes a estimular la convivencia, brindar la oportunidad para la competencia y prácticas deportivas a la población colombiana, dotando de normas a los organismos deportivos, que si bien es cierto son de derecho privado, han contribuido al desarrollo del deporte competitivo y de alto rendimiento; esta iniciativa legislativa, permitirá lograr un verdadero avance en las políticas públicas del sector, así como la apropiación de los recursos económicos necesarios con el fin de lograr las metas, convirtiendo estos, en métodos efectivos para el desarrollo y la paz de la población colombiana.

En este mismo sentido, es preciso señalar que se presenta en la actualidad, un contexto favorable, en el que el deporte colombiano se destaca a nivel internacional, habiendo obteniendo grandes triunfos en certámenes internacionales del ciclo olímpico, paralímpico y campeonatos mundiales, que posicionan a Colombia, como una de las pote ncias de América en materia de deporte, aunando a los mismos el factor de integración social, tan necesario en la construcción de identidad nacional, dentro del marco del desarrollo del conflicto interno colombiano, generando una estrategia positiva de construcción de identidad nacional.

Por otro lado, partiendo de la fuerza vinculante de la norma internacional y del espíritu de la ley, elementos que son necesarios a la hora de elaboración y estudio de un proyecto de ley, y teniendo en cuenta que en el año 2014, Colombia (por medio de la entidad Coldeportes) quien fue el Anfitrión de la comisión de Unesco para el desarrollo de la nueva Carta de la educación Física, tomó parte en la elaboración del documento en el cual los Estados del mundo se han comprometido con la Educación Física de calidad, como consecuencia de ello, en el año 2015 un documento se expidió el documento denominado ¿Educación Física de Calidad-Guía para los responsables Políticos¿. En dicho documento se le da al deporte un reconocimiento de derecho fundamental, señalándose los beneficios de su práctica y de la necesidad de orientación por parte de un personal cualificado, entre otras, son temas que debería acatar y profundizar la propuesta que hoy nos presentan.

El Sector Deporte, a pesar de que ya es considerado así por el Departamento Nacional de Planeación, no figura en el documento nacional de Marco Fiscal de Mediano Plazo, (el sector está soportado en un régimen de impuestos regresivos) lo cual deja sin piso...

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