Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 197 de 2012 cámara - 4 de Junio de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451036530

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 197 de 2012 cámara

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 197 DE 2012 CÁMARA. por medio de la cual se modifica la Ley 1276 de enero 5 de 2009 y se establecen nuevos parámetros para la atención y distribución de la estampilla para el bienestar del adulto mayor.

Bogotá, D. C., 29 de mayo de 2013

Doctor

HERNANDO JOSÉ PADAUI ÁLVAREZ

Presidente Comisión Tercera

Honorable Cámara de Representantes

E. S. D.

Referencia: Informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 197 de 2012 Cámara, por medio de la cual se modifica la Ley 1276 de enero 5 de 2009 y se establecen nuevos parámetros para la atención y distribución de la estampilla para el bienestar del adulto mayor.

En cumplimiento de la designación que nos fue encomendada, presentamos el informe de ponencia para primer debate en la Comisión Tercera de Cámara, correspondiente al Proyecto de ley número 197 de 2012 Cámara, por medio de la cual se modifica la Ley 1276 de enero 5 de 2009 y se establecen nuevos parámetros para la atención y distribución de la estampilla para el bienestar del adulto mayor.

I. Antecedentes

El Proyecto de ley número 197 de 2012 Cámara, por medio de la cual se modifica la Ley 1276 de enero 5 de 2009 y se establecen nuevos parámetros para la atención y distribución de la estampilla para el bienestar del adulto mayor, fue presentado por el Representante a la Cámara, doctor Gerardo Tamayo Tamayo, el día 1° de noviembre de 2012, y publicado en la Gaceta del Congreso número 754 de 2012.

  1. Objeto del proyecto

    El proyecto de ley busca modificar la Ley 1276 de 2009 ¿A través de la cual se modifica la Ley 687 del 15 de agosto de 2001 y se establecen nuevos criterios de atención integral del adulto mayor en los centros vida¿, con el objeto de garantizar la protección a los adultos mayores en situación de vulnerabilidad o en estado de indigencia o extrema pobreza, a través de la prestación de servicios por parte de instituciones públicas o privadas sin ánimo de lucro denominados Centros Vida y Centros de Bienestar del Adulto Mayor, que contribuyen a brindarles una atención integral a sus necesidades y mejorar su calidad de vida.

  2. Justificación del proyecto

    Se consideran personas mayores a mujeres y hombres que cuentan con 60 años o más (o mayores de 50 años si son poblaciones de riesgo, por ejemplo indigentes o indígenas). Esta edad puede parecer joven en países donde la población goza de un adecuado nivel de vida y por lo tanto de salud, sin embargo, en los países en desarrollo una persona de 60 años puede ser adulto mayor y reflejar condiciones de vida que han limitado un envejecimiento saludable. Este límite de edad es reconocido y usado por Naciones Unidas para referirse a las edades avanzadas.

    El rápido envejecimiento de la población en los países en desarrollo está acompañado de cambios estructurales fundamentales, tales como las modificaciones en la composición familiar, en los patrones de trabajo, en la migración de los jóvenes a la ciudad, en la profundización de los procesos de urbanización y en el mayor ingreso de las personas al mercado laboral. De otro lado, el envejecimiento conduce a cambios en los patrones de enfermedad, llevando a que en los países en desarrollo se concentren luchas simultáneas por las enfermedades infecciosas (responsables de altas tasas de mortalidad), y las crónicas (generadoras de discapacidad y deterioro en la calidad de vida). Esta doble carga de enfermedad impacta las condiciones económicas y financieras de los países.

    La vejez se ha relacionado con la dependencia, la enfermedad y la falta de productividad, sin embargo, en los países desarrollados se puede observar que las personas mayores mantienen su autonomía y continúan laborando después de los 60 años; en general en los países en desarrollo presentan mayor desprotección, por ejemplo salen del mercado laboral aún antes de la edad de jubilación.

    Las políticas pensionales cada vez más han aumentado la edad de jubilación, sin embargo, no se corresponde en la misma proporción la oferta de empleos para personas mayores de 60 años. Por tanto este grupo de personas entra a competir con los jóvenes que inician su vida laboral, de ahí que es común encontrar a las personas mayores vinculados a la vida laboral a través de empleo informal. Adicionalmente, al término de su vida laboral las personas mayores en Colombia, se convierten en el soporte de sus familias y ejercen actividades como el voluntariado, se encargan del cuidado especialmente de los nietos, o de hijos o hijas en situación de discapacidad.

    A continuación se presentan unas cifras estadísticas reportadas por el DANE, que nos permiten un margen de comparación con otros países.

    Grafico N° 1. Comparativo Población Centenaria (99 años y más)

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    De igual forma, como se observa en el siguiente cuadro, la población adulta mayor en Colombia para el año 2005 correspondía a 3.778.000, es decir, el 9% de la población, y se estima que en el 2025 corresponderá a 8.050.700, es decir, el 13,5% del total de la población. Y para el año 2025 Colombia ocupará el tercer lugar después de Brasil y Argentina, en proporción de población adulta mayor.

    Cuadro N° 1. Comparativo Población Adulta Mayor

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    Por otra parte, según estimativos del Ministerio de Salud, para el 2050 en Colombia el 20 por ciento de la población pertenecerá al grupo de los adultos mayores, es decir, el doble de lo que hoy representan (10 por ciento)[1][1].

    En Colombia como en el mundo el envejecimiento de la población es un tema que se estudia con detalle, por cuanto la mayoría llega con enfermedades crónicas que resultan costosas para los sistemas de salud y para las familias, especialmente cuando las patologías son discapacitantes.

    Con base en las estadísticas reportadas por el DANE, es evidente que hay una población adulta mayor que va creciendo en el país, contrario a la tasa de natalidad, la cual va disminuyendo, es decir, que Colombia, hacia los próximos 10 años, va a ser un país de gente adulta mayor, y esa es la tendencia mundial, al mismo tiempo se observa la creciente indiferencia, falta de respeto, pérdida de valores hacia nuestros Adultos Mayores, puesto que cada día aumenta más el número de esta población en la calle, siendo sometidos al desplazamiento, la indigencia, la mendicidad, y el abandono social y familiar. Pese a que el gobierno cuenta con un marco regulatorio amplio frente a este tema y una Política Nacional de Envejecimiento y Vejez, la atención integral a esta población presenta notorias debilidades, lo cual está generando mayores costos a la Nación.

    Por ello, es importante trabajar no solo para mejorar el acceso de los adultos mayores a los sistemas de salud, sino invirtiendo en la prevención de la enfermedad y promoción de la salud desde el embarazo y la primera infancia, para que las personas tengan mejores hábitos de vida que les permitan tener una vejez saludable. Se debe avanzar además, en una investigación acerca de la longevidad en Colombia, con el fin de proponerle al Estado políticas claras que enfrenten el problema de la longevidad de una manera racional, de tal manera que dentro de 20 años el sistema de seguridad social en salud y pensiones no tienda a colapsar.

    Según Hogares inscritos en diferentes programas, a nivel nacional funcionan aproximadamente 350 Centros de Bienestar (CBA) y 58 Centros Vida (C.V). En el departamento de Santander operan 53 Centros Bienestar (CBA) y 50 Centros Vida (C.V).

    Con respecto al recaudo se encontró información para el departamento de Santander como se relaciona en el cuadro a continuación.

    Con la expedición de la Ley 1276 de enero 5 del año 2009, se buscó solucionar en parte esta problemática, puesto que se contribuiría a mejorar la calidad de vida de la población Adulta Mayor a través de los Centros Vida, ya que los Adultos Mayores pertenecientes a los niveles I y II del Sisbén acudirían masivamente a recibir este servicio; sin embargo, esta ley afectó considerablemente la estabilidad económica de los Centros de Bienestar del Adulto Mayor de todo el territorio colombiano, ya que no se tuvieron en cuenta a estas instituciones en la reglamentación de la ley, tampoco se tuvo en cuenta el aporte tan considerable que han ofrecido por más 100 años a nuestro pueblo colombiano, y mucho menos la importancia de su labor en la atención que se ofrece a la población real de los Adultos Mayores en circunstancias de debilidad manifiesta.

    Lo anteriormente descrito, se...

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