Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 219 de 2012 cámara - 22 de Mayo de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451043078

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 219 de 2012 cámara

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 219 DE 2012 CÁMARA. por medio de la cual se establecen los lineamientos de la Jornada Escolar Complementaria para los establecimientos educativos oficiales.

Bogotá, D. C., 20 de mayo de 2013

Doctor

Silvio Vásquez Villanueva

Presidente Comisión Sexta

Cámara de Representantes

Ciudad

Referencia: Informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 219 de 2012 Cámara, ¿por medio de la cual se establecen los lineamientos de la Jornada Escolar Complementaria para los establecimientos educativos oficiales.¿

Señor Presidente:

En cumplimiento del honroso encargo conferido por la Comisión Sexta de la Cámara por medio de Oficio C.S.C.P. 3.6. ¿ 065/2013 del día 11 de marzo de 2013, el suscrito ponente para primer debate en la Comisión Sexta de la Cámara de Representantes, somete a consideración de esta Corporación el informe de ponencia para primer debate correspondiente al Proyecto de ley número 219 de 2012 Cámara, por medio de la cual se establecen los lineamientos de la Jornada Escolar Complementaria para los establecimientos educativos oficiales.

OBJETO

El presente proyecto consta de 20 artículos incluyendo la vigencia y tiene por objeto establecer los parámetros generales para la implementación de las jornadas escolares complementarias en todo el territorio nacional, así como los responsables y corresponsables de estas jornadas para que sean exitosamente implementadas en los diferentes municipios de Colombia.

El objeto principal del presente proyecto de ley es garantizar la permanencia de los estudiantes de los establecimientos educativos oficiales en el sistema educativo, ofreciendo alternativas para el sano aprovechamiento del tiempo libre y así evitar que los estudiantes en la jornada contraria puedan realizar actividades que los pueda llevar a apartarse del sistema educativo.

JUSTIFICACIÓN

En la educación colombiana se presentan graves problemas de calidad al interior del sistema educativo lo cual hace necesario la incorporación de acciones novedosas y creativas que explorando las infinitas dimensiones de lo pedagógico, se constituyan en una opción que logre convertir el tiempo libre de los estudiantes, en una contribución más al mejoramiento de la calidad educativa como fin esencial al que toda sociedad debe aspirar además de prevenir los efectos que produce el inadecuado aprovechamiento del tiempo libre.

Las jornadas de la educación básica primaria y básica secundaria en Colombia, ocupan una pequeña porción de tiempo para los estudiantes. De acuerdo con el Decreto número 1850 de 2002, la Jornada para la Educación Básica Primaria debe ser de mínimo 25 horas semanales y la de la Básica Secundaria y Media, de 30 horas, también semanales. Este tiempo, distribuido entre los cinco días de la semana escolar, equivale a 5 y 6 horas diarias de estudio respectivamente, lo cual teniendo en cuenta el tiempo del día dedicado la familia, el ocio, el sueño y otras actividades, deja de cualquier forma un gran espacio de tiempo a los estudiantes sin una actividad definida para realizar.

Teniendo en cuenta lo anterior, el presente proyecto se propone asegurar la creación como política de Estado, de una opción para que los estudiantes inviertan su tiempo libre en el fortalecimiento de sus procesos de formación integral y con ello, se fortalezca el sistema educativo y la calidad de la educación en general. Dicha opción es la Jornada Escolar Complementaria la cual está integrada por una serie de programas y actividades extracurriculares que, antes o después de la jornada escolar reglamentaria, deberán ofrecer todas las instituciones educativas públicas en el territorio nacional. Dichos programas y actividades, para los cuales, la participación de los estudiantes será voluntaria, estarán dirigidos a diversas áreas del conocimiento extracurriculares y distintas actividades sociales, deportivas y culturales, así como a programas de asistencia alimenticia y psicológica entre otros tipos, según sean los requerimientos de los estudiantes de cada institución y los programas implementados por cada institución educativa.

ANTECEDENTES

Este proyecto de ley fue presentado en la legislatura 2012-2013 en Secretaría General de Cámara el 4 de diciembre de 2012 donde se le asignó el número de radicado 219 de 2012 Cámara, para que fuera sometido a discusión en primer debate en la Comisión Sexta de la Honorable Cámara de Representantes, la mesa directiva de la Comisión Sexta de Cámara designa como ponente del Proyecto de ley número 219 de 2012 Cámara al Representante a la Cámara Carlos Andrés Amaya.

CONCEPTUALIZACIÓN

Para conceptualizar la presente ponencia se solicitó concepto al Ministerio de Educación Nacional, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), al Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), al Instituto Colombiano del Deporte (Coldeportes), a la Federación Nacional de Departamentos, a la Federación Colombiana de Municipios, a la Secretaría de Educación del Departamento de Boyacá, a las Secretarías de Educación de municipios certificados del Departamento de Boyacá y a la Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (UPTC), estos conceptos fueron solicitados del 13 al 17 de marzo de 2013; a la fecha de presentación de la presente ponencia solo se había recibido concepto del Ministerio de Educación Nacional, el SENA, el ICBF, la Federación Nacional de Departamentos, la Secretaría de Educación de Tunja, la Secretaría de Educación de Duitama y la Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (UPTC) las cuales se exponen a continuación:

¿ Ministerio de Educación Nacional (MEN): El MEN inicialmente hace una observación de inconstitucionalidad del proyecto teniendo en cuenta que genera a las universidades la obligación de establecer en concertación con las Secretarías de Educación los criterios de calidad y capacitación para los pasantes y/o practicantes que desarrollen las jornadas escolares complementarias ya que generar esta obligación expresa atentaría contra la autonomía universitaria consagrada en el artículo 69 de la Constitución Política, esta observación es acatada y se incluye en el pliego de modificaciones resaltando la autonomía universitaria.

Así mismo el MEN considera importante diferenciar las jornadas escolares complementarias de las jornadas escolares extendidas ya que la primera de estas está orientada a la realización de actividades para el adecuado uso del tiempo libre pero en ningún momento para el desarrollo de actividades académicas como sí lo son las jornadas escolares extendidas, es así como el ministerio recomienda excluir las áreas básicas y obligatorias de las actividades que se puedan desarrollar dentro de las jornadas complementarias; en el pliego de modificaciones de esta ponencia se presenta la propuesta de incluir estas áreas, pero únicamente como apoyo a tareas y NO como actividades evaluables, así mismo el ministerio considera que las jornadas complementarias NO pueden ser asumidas por los docentes oficiales, ya que estas NO son carga académica.

Además el MEN recomienda no dejar dentro de los medios de financiación los aportes que realizan las cooperativas para educación, ya que la distribución de estos recursos está reglamentada por el Decreto 2880 y según el MEN los recursos con esta distribución ¿(¿) impactan positivamente la cobertura del sistema educativo, la permanencia de los estudiantes en dicho sistema, y también han mejorado las condiciones en la prestación del servicio al solucionar problemáticas que inciden de manera permanente en el sector educativo que requiere la mayor atención.¿; por lo cual es acogida esta recomendación del MEN en el pliego de peticiones.

Finamente el ministerio manifiesta su respaldo a la iniciativa, siempre y cuando se realicen los ajustes por ellos solicitados.

¿ SENA: El SENA luego de presentar de forma expresa sus funciones establecidas en la Ley 119 de 1994 centra su concepto en solicitar que dentro de las actividades de jornada escolar complementaria se incluya las actividades propias de articulación entre la educación media y la educación técnica y tecnológica, lo cual claramente va en contra del concepto emitido por el MEN en el cual indica que las actividades de la Jornada Escolar Complementaria NO debe incluir actividades propias de formación sino por el contrario actividades especialmente recreativas para el adecuado aprovechamiento del tiempo libre.

Finalmente el SENA recomienda de no ser tenida en cuenta la propuesta de incluir la articulación, esta entidad sea excluida como corresponsable de estas jornadas escolares complementarias.

¿ ICBF: Inicia manifestando que el proyecto de ley por su contenido pertenece principalmente al ámbito del Ministerio de Educación Nacional, posteriormente manifiesta la constitucionalidad del proyecto principalmente indicando la pertinencia en lo que refiere al uso del tiempo libre, pero manifiesta NO tener funciones relacionadas directamente con el desarrollo de las jornadas complementarias, por lo cual manifiesta que lo que considera podría desarrollar es extensión de los programas de prevención que está impartiendo, pero aclarando que puede impartir estos programas siempre y cuando existan los aportes financieros para realizar esta extensión, solicitando no quedar como corresponsable de las jornadas sino por el contrario que podrá establecer convenios con las instituciones siempre y cuando haya recursos financieros.

¿ Federación Nacional de Departamentos: Indica que las secretarías de educación departamentales manifiestan lo oportuno del proyecto ya que permite que los niños, adolescentes y jóvenes ocupen el tiempo libre en actividades productivas y sanas, que es necesario tener en cuenta que existen zonas muy apartadas donde el desplazamiento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR