Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 104 de 2007 cámara - 11 de Junio de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451340806

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 104 de 2007 cámara

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 104 DE 2007 CÁMARA. por medio de la cual la Nación se vincula a la conmemoración de los 50 años de creación de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP

Bogotá, D. C.

Doctora

PILAR RODRIGUEZ ARIAS

Secretaria

Comisión Segunda Constitucional Permanente

Cámara de Representantes

Ciudad

Apreciada doctora:

De manera muy atenta me permito radicar en su despacho, la Ponencia del Proyecto 104 de 2007 Cámara, por medio de la cual la Nación se vincula a la conmemoración de los 50 años de creación de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, para su correspondiente trámite.

Agradezco de antemano su atención.

Cordial saludo,

Joaquin Camelo Ramos,

Representante a la Cámara.

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NUMERO 104 DE 2007 CAMARA

por la cual la Nación se vincula a la conmemoración de los 50 años de creación de la Escuela Superior de Administración Pública.

Bogotá, D. C., junio 3 de 2008

Doctor

AUGUSTO POSADA

Presidente Comisión Segunda

Cámara de Representantes

Ciudad

Respetado Representante:

De conformidad con la honrosa designación que me hiciera la Mesa Directiva de la Comisión Segunda de la Cámara de Representantes para rendir Ponencia para Primer Debate sobre el Proyecto de ley 104 de 2007 Cámara, por la cual la Nación se vincula a la conmemoración de los 50 años de creación de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, me permito presentar las siguientes consideraciones, con el objetivo de rendir ponencia.

Objetivo del proyecto de ley

El proyecto de ley se presenta a consideración de los miembros de la Comisión Segunda de Relaciones Internacionales, Comercio Exterior, Seguridad y Defensa Nacional de la Cámara de Representantes, por autoría del Representante Germán Enrique Reyes Forero, el cual tiene por objeto que la Nación conmemore los 50 años de creación de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, convertirla en una Universidad Estatal, que el personal docente y administrativo se rija por las normas de carrera administrativa especial para las universidades públicas, y por último publicar un libro sobre la historia de la entidad.

Explicación del articulado

Para efectos de una mejor comprensión de la exposición, se mencionará lo que dispone cada artículo, seguido de los comentarios que al respecto le merecen al suscrito ponente.

El artículo 1º. La Nación conmemora los 50 años de creación de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, a través de la Ley 19 de 1958, como Universidad del Estado y establecimiento público del orden nacional, adscrita al departamento Administrativo de la Función Pública.

Comentarios del ponente:

Con la Ley 19 de 1958 se crea la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, como respuesta a los estudios realizados por la Comisión Económica de América Latina (Cepal), y a las diferentes comisiones internacionales, como la misión Kerry, Kemerer, Iounchin Currier, se hace necesario la creación de una institución mediante la cual se capacite a todos los servidores públicos, bajo los principios de transparencia, anticorrupción, antitrámites entre otros.

Estudios que se desarrollaron estando el General Rojas Pinilla en el poder, quien conforma unas comisiones para que estudien las necesidades de la población colombiana, resultado de esas investigaciones propenden por el establecimiento de un centro de capacitación que permita fijar directrices en la administración estatal.

El suscrito ponente considera acertado que la Nación se una a esta conmemoración, ya que dio inicio a una institución dedicada única y exclusivamente al buen desarrollo de los órganos que conforman la administración pública.

El artículo 2º. A partir de la publicación de la presente ley, la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, se convierte en Universidad estatal, del orden nacional y se regirá por la ley de Educación Superior, ley 30 de 1992, y demás normas que la adicionan o reforman.

Comentario del Ponente:

La transformación de un establecimiento público, en una Universidad estatal, es un tema que merece...

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