Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 020 de 2008 cámara - 3 de Octubre de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451347546

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 020 de 2008 cámara

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 020 DE 2008 CÁMARA. por medio de la cual se modifica la Ley 38 de 1993 y se dictan otras disposiciones

Bogotá, D. C., 24 de septiembre de 2008

Doctora

KARIME MOTA Y MORAD

Presidenta

Comisión Primera

Cámara de Representantes

Ciudad.

Referencia: Proyecto de ley número 020 de 2008 Cámara, por medio de la cual se modifica la Ley 38 de 1993 y se dictan otras disposiciones.

Respetada Presidenta:

En cumplimiento a la honrosa designación que nos hiciera la Mesa Directiva de la Comisión Primera Constitucional Permanente, nos permitimos presentar informe de ponencia en primer debate al Proyecto de ley número 020 de 2008, por medio de la cual se modifica la Ley 38 de 1993 y se dictan otras disposiciones.

Atentamente,

Fernando de la Peña Márquez, Carlos Arturo Piedrahíta C., Ponentes.

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NUMERO 020 DE 2008 CAMARA

por medio de la cual se modifica la Ley 38 de 1993 y se dictan otras disposiciones.

Bogotá, D. C., 24 de septiembre de 2008

Doctora

KARIME MOTA Y MORAD

Presidenta

Comisión Primera

Cámara de Representantes

Ciudad.

Referencia: Proyecto de ley número 020 de 2008 Cámara, por medio de la cual se modifica la Ley 38 de 1993 y se dictan otras disposiciones, en materia de identificación de cadáveres con base en la Carta Dental.

Respetada Presidenta:

En cumplimiento a la honrosa designación que nos hiciera la Mesa Directiva de la Comisión Primera Constitucional Permanente, nos permitimos presentar informe de ponencia en primer debate al Proyecto de ley número 020 de 2008, por medio de la cual se modifica la Ley 38 de 1993 y se dictan otras disposiciones, en materia de identificación de cadáveres con base en la Carta Dental.

Antecedentes del proyecto

El Proyecto de ley número 020 de 2008 Cámara, fue presentado por el honorable Representante a la Cámara, Jorge I. Morales Gil, bajo el título ¿Por medio de la cual se modifica la Ley 38 de 1993 y se dictan otras disposiciones¿.

Objeto del proyecto

Se pretende con este proyecto otorgar herramientas adicionales a las contenidas en la Ley 38 de 1993, a los investigadores forenses con el fin de realizar de forma ágil la identificación de una persona fallecida cuando los métodos tradicionales de identificación de cadáveres resulten insuficientes o improcedentes.

Contenido del proyecto

El proyecto de ley cuenta con nueve (9) artículos en los cuales se determina quiénes son las personas obligadas a llevar el registro de la Carta Dental, la periodicidad de remisión de la información al Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, la obligatoriedad del personal forense de diligenciar la Carta Dental al momento de efectuar el levantamiento del cadáver, la obligación de las facultades de odontología para capacitar a los estudiantes en el diligenciamiento de la Carta Dental forense e igualmente contiene el proyecto, un anexo técnico de esquema de Carta Dental para ser diligenciado por los odontólogos de las IPS, EPS, ARS, Servicios de Odontología de las Fuerzas Militares y el esquema de Carta Dental para ser diligenciado por el funcionario que practica la necropsia y el odontólogo forense.

Justificación de la iniciativa

Los altos índices de violencia de la que ha sido víctima el país en las últimas décadas, generada por el narcotráfico, la subversión, el paramilitarismo, y la delincuencia organizada, han ocasionado la aparición de miles de víctimas que figuran como desaparecidos o NN, produciendo altos costos para la administración por su dificultad en el reconocimiento de los cadáveres, lo que genera retraso en el proceso de identificación de los cadáveres, cuando los otros métodos de identificación son imposibles de desarrollar, por lo que es de vital importancia contar con herramientas como la Carta Dental como medio alternativo de identificación.

El interés por complementar el tema abordado por el legislador al promulgar la Ley 38 de 1993 nació por la necesidad de dar respuesta a tantos interrogantes que surgen con ocasión de los crímenes que la violencia y los actos terroristas han producido en nuestro país, con las personas que han sido víctimas de estos delitos y con la incertidumbre de sus familiares de conocer el destino de sus parientes y que no sean identificados y enterrados como unos simples N.N.

El proceso de identificación encuentra sustento en la comparación entre la información conocida de la víctima y los resultados obtenidos al examinar el cadáver o los restos óseos. La información conocida deberá sustraerse de los registros sobre denuncias de personas desaparecidas, registros de huellas digitales, archivos policiales y registros médicos y dentales.

A continuación presentamos las estadísticas de muertes, según edad y sexo en Colombia presentadas por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses con corte a abril de 2008.

MUERTES SEGUN EDAD Y SEXO

CONSULTAR TABLA EN EL ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF

Fuente: Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

COMPARATIVO 2007-2008

CONSULTAR TABLA EN EL ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF

Fuente: Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

POR DEPARTAMENTOS

CONSULTAR TABLA EN EL ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF

Fuente: Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

Desde hace muchos años, se han venido utilizando diferentes métodos de reconocimiento de cadáveres y de personas vivas, los cuales se han ido perfeccionando con el paso del tiempo para conseguir una identificación confiable y certera.

Antiguamente el estudio de los restos humanos, se basaba en el análisis morfológico de las características físicas de las personas, donde se evaluaban medidas cefalométricas, peso y talla, logrando identificar el sexo, raza y origen de dichos restos.

En busca de resolver este problema, se han creado diferentes alternativas para facilitar el reconocimiento de personas, entre estas alternativas, está la dactiloscopia, que se realiza en personas que no presenten daño tisular, utilizando sus huellas digitales. Otro método es la rugoscopia, que se hace por medio de las rugosidades palatinas de la persona fallecida, también se emplea el reconocimiento de cicatrices y tatuajes, registros odontológicos y el ADN, siendo este último el más costoso.

Dentro de los métodos científicos se destacan la lofoscopia, la Carta Dental y la carta genética, a los cuales el ordenamiento jurídico colombiano hace referencia en el artículo 251 del Código de Procedimiento Penal el cual dispone que ¿Para la identificación de personas se podrán utilizar los diferentes métodos que el estado de la ciencia aporte, y que la criminalística establezca en sus manuales, tales como las características...

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