Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 079 de 2008 cámara - 10 de Octubre de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451347858

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 079 de 2008 cámara

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 079 DE 2008 CÁMARA. por medio de la cual se modifica la Ley 789 de 2002, que modificó el artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo

Bogotá, D. C., septiembre 16 de 2008

Doctor

ELIAS RAAD HERNANDEZ

Presidente

Comisión Séptima Constitucional Permanente

Cámara de Representantes

Ciudad.

Referencia: Informe de Ponencia para primer debate Cámara al Proyecto de ley número 079 de 2008 Cámara.

Respetado señor Presidente,

Dando cumplimiento al encargo que nos hiciera la mesa directiva de la Comisión y a las disposiciones contenidas en la Ley 5a de 1992, nos disponemos a rendir informe de ponencia positiva para primer debate al Proyecto de ley número 079 de 2008 Cámara, por la cual se modifica la Ley 789 de 2002, que modificó el artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo. Lo anterior con base en las siguientes consideraciones:

ANTECEDENTES

La Ley 789 de 2002, fue expedida con el fin de ¿promover la empleabilidad y desarrollar la protección social¿, y entre las consideraciones que se tuvieron en cuenta por el Congreso de la República para aprobarla, a pesar de recortar derechos adquiridos de los Trabajadores Colombianos, primó aquella según la cual se generarían 650 a 700 mil nuevos empleos para los cuatro años siguientes, es decir, entre el año 2003 al año 2007.

El artículo 46 de la precitada ley, por fortuna el Congreso fue previsible, dispuso que con el fin de poder modificar o derogar aquellas disposiciones que no hubieran logrado los objetivos de generar empleo, se hicieran estudios periódicos por parte de una comisión de la cual hicieron parte miembros del propio Congreso.

CONSIDERACIONES

Según el autor del Proyecto 079 de 2008 Cámara, ¿en el año 2002 y so pretexto de ¿promover la empleahilidad y desarrollar la protección social¿, el Congreso de la República aprobó un proyecto de ley, de origen gubernamental, que sería la Ley 789 de 2002, que afectó gravemente los ingresos de los trabajadores de bajos salarios, convirtiendo en jornada diurna parte de la jornada nocturna (único caso en el mundo), disminuyendo el recargo en la remuneración de los dominicales y festivos laborados, disminuyendo la indemnización que se paga por la terminación unilateral e injustificada de la relación laboral y adicionando una modalidad de jornada laboral flexible¿.

En aplicación del texto del artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo, antes de la Ley 789 de 2002, los trabajadores de menores...

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