Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 165 de 2008 cámara - 19 de Noviembre de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451349418

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 165 de 2008 cámara

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 165 DE 2008 CÁMARA. por la cual se regula la atención integral relativa a la promoción, prevención, detección temprana, tratamiento y rehabilitación de la población adicta al juego patológico o ludopatía

Bogotá, D. C., noviembre 13 de 2008

Doctor

RIGO ARMANDO ROSERO ALVEAR

Secretario

Comisión Séptima

Cámara de Representantes

Ciudad.

Referencia: Proyecto de ley número 165 de 2008 Cámara, por la cual se regula la atención integral relativa a la promoción, prevención, detección temprana, tratamiento y rehabilitación de la población adicta al juego patológico o ludopatía.

Respetado doctor:

En cumplimiento a la honrosa designación que me hiciera la Mesa Directiva de la Comisión Séptima Constitucional Permanente, me permito presentar a consideración el informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 165 de 2008 Cámara, por la cual se regula la atención integral relativa a la promoción, prevención, detección temprana, tratamiento y rehabilitación de la población adicta al juego patológico o ludopatía¿.

Cordialmente,

Jorge Eduardo González Ocampo,

Ponente.

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE

AL PROYECTO DE LEY NUMERO 165 DE 2008 CAMARA

por la cual se regula la atención integral relativa a la promoción, prevención, detección temprana, tratamiento y rehabilitación de la población adicta al juego patológico o ludopatía.

Bogotá, D. C., noviembre 13 de 2008

Doctor

RIGO ARMANDO ROSERO ALVEAR

Secretario

Comisión Séptima

Cámara de Representantes

Ciudad.

Referencia: Proyecto de ley número 165 de 2008 Cámara, por la cual se regula la atención integral relativa a la promoción, prevención, detección temprana, tratamiento y rehabilitación de la población adicta al juego patológico o ludopatía.

Respetado doctor:

En cumplimiento a la honrosa designación que me hiciera la Mesa Directiva de la Comisión Séptima Constitucional Permanente, me permito presentar a consideración el informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 165 de 2008 Cámara, por la cual se regula la atención integral relativa a la promoción, prevención, detección temprana, tratamiento y rehabilitación de la población adicta al juego patológico o ludopatía. Previas las siguientes consideraciones:

EXPOSICION DE MOTIVOS

Origen del Proyecto

Este proyecto de ley, fue radicado el día 3 de octubre del 2008, por la honorable Representante Lucero Cortés Méndez y publicado en la Gaceta Oficial del Congreso número 700 de 2008. El presente proyecto de ley fue allegado a la Comisión Séptima Constitucional Permanente de Cámara de Representantes cuya ponencia me fue asignada.

Objeto del Proyecto

El presente proyecto de ley, busca prevenir la enfermedad denominada ludopatía, para tal motivo, se pretende reglamentar la atención integral relativa a promoción, prevención, detección temprana, tratamiento y rehabilitación de la población adicta al juego patológico o ludopatía; declarándola de interés en salud pública, cuya finalidad sea proteger, prevenir y mejorar la salud integral del ser humano y su entorno sociofamiliar.

De otra parte, se le pide al Estado priorizar e implementar recursos y planes sectoriales respectivos, que sirvan de fundamento para adoptar medidas tendientes a desincentivar los hábitos y conductas patológicas relacionadas con el juego; especialmente en la atención de sectores sociales más vulnerables.

El Estado colombiano, tiene el deber ineludible de proteger la salud integral de sus habitantes (mental, física, social y ambiental), sobre otros valores o derechos. Es por ello, que le compete dictar normas de prevención sobre las enfermedades mentales a las que pueden estar expuestos sus habitantes.

Concepto

La ludopatía se reconoce enfermedad o trastorno mental por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y sus organizaciones asociadas, como (ICE-1, Manual de Clasificación de Enfermedades Mentales de la OMS) desde 1980. También aparece reconocida de forma similar en el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales de la Asociación Americana Psiquiatría (APA).

Se trata de una alteración en la persona, caracterizada por la necesidad de jugar de manera incontrolable, siendo en consecuencia una adicción para el jugador compulsivo que ya no solo juega por ganar, sino simplemente por el placer de jugar, ocasionando no sólo problemas de salud, sino también familiares, financieros, legales, entre otros.

Justificación del proyecto

Los juegos de Azar son una realidad social y es necesario regularlos a través de normas jurídicas. Esta es una de las razones que obliga a que el gobierno y sus organismos ejerzan un control sobre el juego, delimitando los cauces por los que algunos sectores deban desarrollarse, con el debido respeto de la libertad, legalidad y la Dignidad Humana.

La ludopatía aparece por primera vez clasificado como patología, en el Manual de Diagnóstico Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM III) de la Asociación Americana de Psiquiatría (APA), con trastornos del control en los impulsos, y que se caracteriza por un comportamiento de juego desadaptativo, persistente y recurrente.

Todo ciudadano tiene derecho a jugar pues el juego es considerado como una actividad libre, una práctica esencial en el desarrollo humano, que contiene todos los valores de la vida y que permite a la persona recrear, exaltar o transfigurar la realidad. Pero, es el Estado quien tiene la obligación de proteger al ciudadano, no solo del fraude, sino de garantizar que quien juega no se vea obligado a hacerlo como producto de una publicidad excesiva y de una oferta desproporcionada y ficticia.

El juego, como experiencia lúdica, es vital para el ser humano dentro de su proceso de crecimiento y connatural a la especie humana. Pero resulta patológico cuando este adquiere la dimensión de necesidad exacerbada.

Razón por la cual, el juego patológico debe distinguirse del juego social y del juego profesional. El juego social tiene lugar entre amigos o compañeros y su duración es limitada, con pérdidas aceptables que se han determinado previamente. En el juego profesional los riesgos son limitados y la disciplina es fundamental. Algunos individuos presentan problemas asociados al juego, que no cumplen todos los criterios para el juego patológico, en este último caso se puede hablar de jugador problema.

Por ello, es importante deslindar la importancia que tiene el juego para todas las sociedades, del estado patológico y de su reconocimiento como tal. Recuérdese con Huizinga (1943) que ¿El juego es una acción u ocupación libre, que se desarrolla dentro de unos límites temporales y espaciales determinados, según reglas absolutamente obligatorias, aunque libremente aceptadas, acción que tiene su fin en sí misma y va acompañada de un sentimiento de tensión y alegría y de la conciencia de ser de otro modo que en la vida corriente¿.

Por eso, es necesario hablar de un juego adicción con otras características, donde el sentido de libertad del juego queda transgredido por: gastar más dinero de lo planeado, apostar para recuperar lo perdido, no poder parar de jugar, convertirse en una preocupación más que una alegría, causar quiebras financieras, divorcios, entre otros.

En el caso del juego de apuesta y azar, significa suerte, fortuna o casualidad que implica ganar o perder. En términos psicológicos, el juego de azar es un reto a la suerte, mediante el cual una persona proyecta sus anhelos de cambiar el futuro a su favor. Es una forma de desafiar al destino que resulta insufrible o compensa la frustración que la vida depara.

En sí, el juego patológico o ludopatía, es un comportamiento caracterizado por la no capacidad de abstenerse o detenerse respecto al juego, esta conducta va a generar una gradual alteración en las diferentes áreas de la vida del individuo: laboral, educativa, familiar, etc. Al igual que la dependencia de las drogas, la ludopatía va acompañado de tolerancia (necesidad de seguir jugando y que por lo general hay un incremento en las apuestas) y abstinencia (al suspender la frecuencia de juego, aparece un conjunto de síntomas desagradables como: irritabilidad, ansiedad, sudoración, etc.).

El gusto por los juegos públicos como: máquinas tragamonedas, bingos y loterías rápidas o instantáneas, juegos de casino, juegos de cartas, dados, etc. vienen ocupando un lugar cada vez más significativo en nuestras sociedades.

De igual manera, en el ámbito social se observa el deterioro en el rendimiento académico y/o laboral de personas que destinan gran parte de su tiempo al juego y cada vez en forma más frecuente. Junto a cada jugador compulsivo, existe un número importante de personas afectadas por el problema: familiares, amigos, compañeros de trabajo, etc.

Como lo ilustra Echeburúa, E. y Báez (1994), se ¿caracteriza al ludópata como una persona con dependencia emocional al juego, una pérdida de control y una interferencia negativa en el funcionamiento normal en la vida cotidiana¿.

Conociendo esta perspectiva, es fundamental difundir información sobre el problema de la ludopatía para que la ciudadanía lo pueda identificar, ya que es urgente sacar a los adictos/as de la oscuridad, para que el nivel de deterioro no sea tan importante como vemos en los que ahora piden ayuda.

Así, se podrán diseñar los tratamientos psicológicos específicos y detectar sus problemas. El reto es asumir la ludopatía como un problema de salud pública para que los Gobiernos nacional, departamental y municipal establezcan programas que permitan la atención integral, dentro de los planes de atención básica en salud.

FUNDAMENTACION CONSTITUCIONAL

Dentro de nuestro ordenamiento constitucional, se resalta la actividad del Estado en la salud pública, y para tal fin el Ministerio de la Protección Social cumple la función fundamental de generar las políticas públicas del Sistema Social en Salud, en el marco de sus competencias, las cuales se concretan mediante la identificación e...

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