Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 172 de 2012 senado - 17 de Mayo de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451050450

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 172 de 2012 senado

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 172 DE 2012 SENADO. por medio de la cual se adiciona el artículo 365A a la Ley 599 de 2000, Código Penal Colombiano.

Honorable Senadora

KARIME MOTA Y MORAD

Presidenta de la Comisión Primera del Senado

Ciudad

Asunto: Ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 172 de 2012 Senado.

Respetada señora Presidenta:

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 150, 153 y 156 de la Ley 5ª de 1992 y en atención a la designación efectuada por la Mesa Directiva de la honorable Comisión Primera del Senado me ha correspondido presentar ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 172 de 2012 Senado, por medio de la cual se adiciona el artículo 365A a la Ley 599 de 2000, Código Penal Colombiano, y en consecuencia me permito rendirla en los siguientes términos:

  1. Antecedentes legislativos de la iniciativa en estudio

    El presente proyecto de ley de iniciativa congresional fue puesto a consideración del Congreso de la República por el suscrito, con fecha de radicación el día 4 de diciembre de 2012 ante el Secretario General del Senado de la República.

    Fue remitido a la Comisión Primera Constitucional Permanente correspondiéndole el número 172 de 2012, siendo designado como ponente único para primer debate al suscrito.

    En cumplimiento del trámite legislativo y del principio de publicidad, el proyecto original fue publicado en la Gaceta del Congreso número 886 de 2012.

  2. Objeto del proyecto de ley

    El presente proyecto de ley tiene como propósito tipificar dentro de nuestro ordenamiento jurídico penal el delito de porte de armas blancas, pues hoy en día para nadie es una sorpresa que ante la ausencia de legislación en nuestro país, se viene permitiendo que con cuchillos y puñales se cause la muerte a sangre fría a seres humanos indefensos en la gran mayorías de los más recientes casos, con la única y exclusiva finalidad de robarles un celular; conducta que ha merecido el más alto repudio por parte de nuestra sociedad no solo por la desproporción a todas luces, sino porque tales hechos se podrían evitar con las herramientas jurídicas suficientes.

    Pero no solo hasta ahí llega el alcance de la ausencia de norma en esta materia, pues cuando se presenta una riña callejera, peleas entre barras bravas o pandillas, la que predomina es el arma blanca capaz de ocasionar hasta los más aterradores asesinatos y lesiones personales imborrables, como en muchas oportunidades nuestros medios de comunicación lo han venido registrando.

    La venta libre de elementos corto-punzantes y corto-contundentes es un factor determinante para que los delincuentes accedan fácilmente a la adquisición de una navaja, una puñaleta o cualquier otra clase de elemento que le permita cometer sus ilícitos y esto contribuye a los fines perseguidos por ellos, pues para un delincuente no solo es más difícil acceder a un arma de fuego por el costo que la misma tiene, sino que además el delincuente sabe que la penalización para quien porte un arma de fuego le representa la privación de su libertad; es por esta razón que el arma blanca se convierte en la alternativa que le facilita su ilícito trabajo y es por esta misma razón...

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