Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 15 de 2004 senado - 14 de Octubre de 2004 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451441354

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 15 de 2004 senado

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 15 DE 2004 SENADO. por la cual se dictan algunas disposiciones generales a las cuales debe sujetarse el Gobierno para modificar los aranceles, tarifas y demás disposiciones concernientes al régimen de aduanas.

Bogotá, D. C., octubre 6 de 2004

Doctor

MANUEL RAMIRO VELASQUEZ

Presidente Comisión Segunda

Senado de la República

Ciudad

Señor Presidente:

Por medio de la presente nota, nos permitimos presentar informe de ponencia al Proyecto de ley número 15 de 2004 Senado, por la cual se dictan algunas disposiciones generales a las cuales debe sujetarse el Gobierno para modificar los aranceles, tarifas y demás disposiciones concernientes al régimen de aduanas.

  1. Iniciativa de la ley

    La Constitución Política de Colombia en su artículo 150 establece la competencia del Congreso de la República en relación con la facultad legislativa, y específicamente frente a sus atribuciones sobre las leyes marco así:

    \"Artículo 150. Corresponde al Congreso hacer las leyes. Por medio de ellas ejerce las siguientes funciones:

    (¿)

    19. Dictar las normas generales, y señalar en ellas los objetivos y criterios a los cuales debe sujetarse el gobierno para los siguientes efectos:

    (¿)

    b) Regular el comercio exterior y señalar el régimen de cambio internacional, en concordancia con las funciones que la Constitución consagra para la Junta Directiva del Banco de la República;

    c) Modificar, por razones de política comercial los aranceles, tarifas y demás disposiciones concernientes al régimen de aduanas\".

    Así mismo, la Carta prevé en su artículo 154 que solo pueden ser dictadas o reformadas por iniciativa del Gobierno las leyes a que se refieren, entre otros, el literal b) del numeral 19 del artículo 150, dentro de las cuales, tal y como se evidencia en la norma transcrita, comprende el régimen de aduanas, sobre la base de una economía globalizada a nivel mundial.

  2. Contenido de las leyes marco

    Nuestra Corte Constitucional ha delimitado las funciones del Congreso y el Ejecutivo respecto de la creación y desarrollo de las leyes marco, precisando que el Congreso debe fijar las pautas generales dentro de las cuales el Gobierno debe desarrollar en concreto su facultad reglamentaria, ejecutando esos principios en una forma dinámica y de fácil modificación.

    Igualmente la Corte estableció los elementos característicos de las leyes marco, así:

    \"1. El legislador debe circunscribir su actuación a fijar la política, los criterios y los principios que guiarán la acción del ejecutivo al desarrollar la materia que constituye su objeto.

    2. Estas leyes limitan la función legislativa del Congreso en cuanto que dicho poder se contrae a trazar las normas generales, a enunciar los principios generales y a dar las orientaciones globales a que debe...

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