Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 82 de 2013 senado - 31 de Octubre de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 474415282

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 82 de 2013 senado

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 82 DE 2013 SENADO. por la cual se concede rebaja de pena, por una única vez.

I. INTRODUCCIÓN

El Proyecto de ley número 082 de 2013 Senado, por la cual se concede rebaja de pena, por una única vez, tiene como objetivo plantear una realidad colombiana, que en la observación nacional e internacional raya con la violación de los Derechos Humanos (DH) y del Derecho Internacional Humanitario (DIH).

Este proyecto tiene una conveniencia en cuanto se obtienen beneficios frente a uno de los problemas que posee el sistema penitenciario colombiano, tal como lo es el hacinamiento. Conceder la rebaja de penas por única vez traza una ruta dentro de la política criminal colombiana que se debe establecer para lograr beneficios de carácter inmediato por el respeto de los Derechos Humanos.

Este proyecto además tiene un sentido humanitario profundo, dado que personas que por cualquier motivo incurren en un delito tienen como destino final la cárcel y no logran resocializarse, que es uno de los objetivos y elementos de la pena, sino que a contrario sensu personas que han cometido delitos menores terminan en los establecimientos carcelarios, ahondado su capacidad delincuencial.

Por estas y las anteriores razones hemos emprendido un camino que ha sido acogido por diversas organizaciones, universidades, la iglesia católica y personas que han sufrido este flagelo de condiciones infrahumanas, para proponer unas herramientas que le servirá al Estado colombiano para ponerse al día en la lucha por la defensa de los Derechos Humanos.

II. TRÁMITE Y ANTECEDENTES

El Proyecto de ley número 082 de 2013 fue radicado el miércoles 4 de septiembre de 2013 en la Secretaría General del Senado de la República. Son autores del proyecto los honorables Senadores Juan Manuel Corzo Román, Roberto Gerléin, Efraín Cepeda, Eduardo Enríquez Maya y José Iván Clavijo.

Este proyecto se había estudiado en otras oportunidades, desde luego en esta ocasión se han excluido delitos que hoy son oprobiosos para la sociedad, de tal manera que en este proyecto el artículo 4°, hace referencia a las exclusiones: ¿Serán excluidos de este beneficio jurídico quienes hayan sido condenados por delitos de lesa humanidad y delitos en contra de las personas protegidas por la Ley 1098 de 2006.

De igual forma los delitos que sean consecuencia del conflicto interno armado y/o que se realicen en ejecución del mismo, los cuates se tratarán conforme a las leyes de justicia transicional y los acuerdos de paz que el gobierno nacional firme con estos grupos.

Los Servidores Públicos que hayan realizado pactos con grupos organizados al margen de la ley o hayan colaborado con actividades delictivas expresadas en este artículo¿.

El 24 de septiembre de 2013, la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado de la República recibió el expediente del proyecto de ley y del mismo mes ¿mediante Acta MD 13¿ se designó como ponentes a los Senadores Juan Manuel Corzo Román (Coordinador Ponente), Luis Carlos Avellaneda Tarazona, Jorge Eduardo Londoño, Édgar Gómez Román, Hemel...

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