Informe de ponencia segundo debate proyecto de ley 315 de 2013 cámara 157 de 2012 senado - 12 de Junio de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451032490

Informe de ponencia segundo debate proyecto de ley 315 de 2013 cámara 157 de 2012 senado

INFORME DE PONENCIA SEGUNDO DEBATE PROYECTO DE LEY 315 DE 2013 CÁMARA, 157 DE 2012 SENADOpor medio de la cual se aprueba la ¿Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal¿, hecha por los depositarios, el 1° de junio de 2011 y aprobada por el Consejo de Europa y los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

Bogotá, D. C., 11 de junio de 2013

Doctor

AUGUSTO POSADA SÁNCHEZ

Presidente honorable Cámara de Representantes

Congreso de la República

Ciudad

Asunto: Informe de ponencia para segundo debate en la Plenaria de la Cámara de Representantes al Proyecto de ley número 315 de 2013 Cámara, 157 de 2012 Senado, por medio de la cual se aprueba la ¿Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal¿, hecha por los depositarios, el 1° de junio de 2011 y aprobada por el Consejo de Europa y los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

Cordial saludo:

Por medio de la presente, dando cumplimiento al honroso encargo que se me ha hecho y en cumplimiento de lo dispuesto en la Constitución Política y en la Ley 5ª de 1992 , me permito rendir informe de ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 315 de 2013 Cámara, 157 de 2012 Senado, por medio de la cual se aprueba la ¿Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal¿, hecha por los depositarios, el 1° de junio de 2011 y aprobada por el Consejo de Europa y los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), en los siguientes términos:

  1. Antecedentes

    La presente iniciativa fue radicada en la Secretaría General del Senado de la República el 7 de noviembre de 2012, por el Gobierno Nacional a través de la señora Ministra de Relaciones Exteriores, doctora María Ángela Holguín Cuéllar y el señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, doctor Mauricio Cárdenas Santamaría; la cual recibió el número 157 de 2012 y se publicó en la Gaceta del Congreso número 777 de 2012.

    Por disposición de la Mesa Directiva de la Comisión Segunda Constitucional Permanente del Senado de la República, el Senador Juan Francisco Lozano Ramírez fue designado para rendir informe de ponencia para primer debate; ponencia que se publicó en la Gaceta del Congreso número 956 de 2012. Dicha ponencia fue discutida y votada favorablemente en la Comisión Segunda del Senado durante la sesión del 16 de abril de 2013, sesión que contó con la presencia de Juan Ricardo Ortega, Director de la DIAN, y donde el Senador Lozano Ramírez fue nombrado nuevamente como ponente para segundo debate ante la Plenaria del Senado de la República. La ponencia para segundo debate fue publicada en la Gaceta del Congreso número 266 de 2013. A su vez, dicha ponencia fue discutida y votada favorablemente en la Plenaria del Senado durante la sesión del 21 de mayo de 2013; sesión a la cual también asistió el Director de la DIAN. En la sesión del 11 de junio de 2013 la Comisión Segunda de la Cámara de Representantes aprobó en primer debate el proyecto de ley.

  2. Justificación

    El aumento creciente de las relaciones económicas internacionales y del comercio internacional dificulta cada vez más la fiscalización tributaria efectiva de las operaciones económicas debido a la existencia de asimetría y carencia de información entre las diferentes administraciones tributarias. Esta situación permite que algunos contribuyentes tomen provecho indebido de estas circunstancias para eludir o evadir impuestos escondiendo sus ingresos o patrimonio en otras jurisdicciones. Al respecto, el Presidente de Francia, François Hollande, manifestó lo siguiente: ¿(¿) cuando hay que encontrar recursos fiscales, es mejor ir a por los que se esconden que ir a aquellos que pagan sus impuestos (...). Es una cuestión de justicia y de buena gestión (¿). ¿Por qué ir a buscar en el bolsillo que pagan [sic] legalmente sus impuestos? En vez de subir impuestos, hay buscar la materias imponibles allí donde hoy se esconden¿[1][1].

    Lo anterior, hace cada vez más necesario que los Estados cuenten con mecanismos idóneos y suficientes que permitan el intercambio de información tributaria y la colaboración mutua entre administraciones fiscales, en aras de cerrar la brecha a maniobras elusivas o evasivas.

    Dentro de este marco, se desarrolló Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Tributaria (en adelante la ¿Convención¿), la cual surgió del trabajo de dos entes internacionales: el Consejo de Europa y de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

    La Convención busca aumentar y hacer más fácil la asistencia tributaria entre los países miembros, especialmente en lo atinente al intercambio de información, y la asistencia en el cobro y la notificación o traslado de documentos relacionados con los impuestos. Lo anterior, con miras a evitar o disminuir la evasión y elusión fiscal.

    La Convención fue originalmente elaborada en el año 1988 y solo podía ser suscrita por los Estados miembros del Consejo de Europa y por los países miembros de la OCDE. Sin embargo, en el año 2010, la Convención fue modificada mediante un protocolo que tenía como propósito ajustarla a los nuevos estándares internacionales en materia de intercambio de información tributaria y permitir el acceso a la Convención a otros Estados, previo el cumplimiento de ciertos requisitos. El 23 de mayo de 2012, Colombia firmó la Convención modificada por el protocolo del año 2010. Así mismo son firmantes de la versión actualizada de la Convención los siguientes países: Albania, Argentina, Australia, Bélgica, Brasil, Canadá, Costa Rica, República Checa, Dinamarca, Finlandia, Francia, Georgia, Alemania, Ghana, Grecia, Guatemala, Islandia, Indonesia, Irlanda, Italia, Japón, República de Corea, Lituania, Malta, México, Moldavia, Marruecos, Holanda, Nueva Zelanda, Noruega, Polonia, Portugal, Rumania, Rusia, Eslovenia, Sudáfrica, España, Suecia, Túnez, Turquía, Ucrania, Reino Unido y Estados Unidos de América.

    Por lo anterior, la Convención es un mecanismo idóneo y necesario para el...

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