Informe de ponencia segundo debate proyecto de ley 170 de 2011 cámara 109 de 2011 senado - 6 de Septiembre de 2012 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451032858

Informe de ponencia segundo debate proyecto de ley 170 de 2011 cámara 109 de 2011 senado

INFORME DE PONENCIA SEGUNDO DEBATE PROYECTO DE LEY 170 DE 2011 CÁMARA, 109 DE 2011 SENADOpor medio de la cual se aprueba la ¿Convención sobre el Estatuto de los Apátridas¿, adoptada en Nueva York, el 28 de septiembre de 1954 y la ¿Convención para reducir los casos de Apatridia¿, adoptada en Nueva York el 30 de agosto de 1961.

Bogotá, D. C., 15 de agosto de 2012.

Honorable Representante:

AUGUSTO POSADA SÁNCHEZ

Presidente

Cámara de Representantes

Ciudad.

Señor Presidente:

Cumpliendo con la labor encomendada por la honorable Mesa Directiva de la Comisión Segunda Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes, paso a rendir ponencia para segundo debate Cámara al Proyecto de ley número 170 de 2011 Cámara, 109 de 2011 Senado, por medio de la cual se aprueba la ¿Convención sobre el Estatuto de los Apátridas¿, adoptada en Nueva York, el 28 de septiembre de 1954 y la ¿Convención para reducir los casos de Apatridia¿, adoptada en Nueva York el 30 de agosto de 1961; en cumplimiento de lo cual, me permito rendir informe favorable al proyecto antes citado en los siguientes términos:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El tema que nos ocupa en esta motivación, es la convención sobre la Apatridia y los esfuerzos que ha hecho la sociedad internacional para contrarrestar sus efectos y disminuir los casos en los que este flagelo niega la existencia del requisito para el pleno goce y disfrute de los Derechos Humanos.

En atención a lo anterior, es menester abordar la problemática que produjo la expedición de las convenciones que se pretenden vincular al ordenamiento jurídico colombiano mediante el presente proyecto de ley.

Apatridia

To be stripped of citizenship is to be stripped of worldliness; it is like returning to a

wilderness as cavemen or savages¿ they could live and die without leaving any trace. Hannah Arendt, ¿The Origins of Totalitarianism¿, quoted in: Philippe Leclerc and Rupert Colville, ¿In the shadow¿, UNHCR Refugees Magazine,Geneva, issue 3, num. 147, 2007, p. 5.

Ser despojado de la ciudadanía es ser despojado de lo cotidiano, es como volver a un desierto como hombres de las cavernas o salvajes, es vivir y morir sin dejar rastro. Hannah Arendt, ¿The Origins of Totalitarianism¿, quoted in: Philippe Leclerc and Rupert Colville, ¿In the shadow¿, UNHCR Refugees Magazine,Geneva, issue 3, num. 147, 2007, p. 5.

Antecedentes

La situación de los esclavos y los habitantes de los territorios conquistados en el mundo greco-romano de la antigüedad es de alguna manera análoga a la apatridia contemporánea.

En la antigüedad, ¿apatridia¿, podría considerarse como una causa que afectaba a las poblaciones en cautiverio, v.gr, las poblaciones conquistadas excluidas de la ciudadanía romana, como los galos inmediatamente después de la Guerra de las Galias, o los israelitas bajo el cautiverio de Babilonia.

Algunas de las características de la apatridia se pudieron observar entre los apóstatas y los esclavos en la sociedad Islámica antigua. La apatridia se ha utilizado para caracterizar la existencia del Pueblo Gitano, cuyo tradicional estilo de vida nómada hizo que viajaran a través de las tierras reclamadas por los demás[1][1].

Después de la Segunda Guerra Mundial

Sin lugar a dudas, el acontecimiento que puso en relieve el tema de la apatridia fue la Segunda Guerra Mundial (1939-1945), como es bien conocido, miles de personas se convirtieron en refugiados o en apátridas. Antes de la implementación Nazi de la ¿solución final¿, el gobierno Nacional socialista deliberadamente desarraigó a todos los judíos de sus territorios[2][2].

Justo después del final de la Segunda Guerra Mundial se crea Naciones Unidas (ONU) en 1945 como sucesora de la sociedad de Naciones. Desde el principio, la ONU tuvo que hacer frente a las atrocidades en masa de la guerra, de igual manera se hizo cargo de las grandes poblaciones de refugiados en toda Europa[3][3].

Para solucionar la problemática entorno a la nacionalidad y a la situación jurídica de los refugiados en Europa, el Consejo Económico y Social (ECOSOC) de Naciones Unidas pidió al Secretario General llevar a cabo un estudio de la ¿apatridia¿ en el año 1948.

El Consejo Económico y Social, a su vez nombró un Comité para los Refugiados y Apátridas para redactar una convención que abordara los problemas de los refugiados y los apátridas e hiciera especial énfasis a su situación jurídica. A partir de esos estudios se preparó un tratado sobre los refugiados con un proyecto de protocolo que incluyó la situación de los apátridas. Empero, como la Organización Internacional de Refugiados (predecesor del Alto Comisionado para los Refugiados (ACNUR))- se encontraba en proceso de disolverse, la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados se adoptó sin la inclusión del Protocolo para afrontar a la apatridia.

Tres años antes de la Convención sobre Refugiados de 1951, la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) fue adoptada. Esta Declaración contempla, el Derecho de Asilo (artículo 14) y el Derecho a la Nacionalidad (artículo 15). La Declaración también prohíbe expresamente la privación arbitraria de la nacionalidad, algo que de manera sistemática ha afectado a muchos de los refugiados en tiempos de guerra.

En 1949, la Comisión de Derecho Internacional agrego el tema ¿La Nacionalidad, incluyendo apátridas¿ en su lista de temas de derecho internacional seleccionado provisionalmente por codificación. A instancias del Consejo Económico y Social (ECOSOC) en 1950, al tema se le dio prioridad.

La Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, se llevó a cabo el 28 de julio de 1951, más tarde se adhirieron las firmas de los 145 Estados Partes[4][4]. La Comisión de Derecho Internacional en su quinto período de sesiones en 1953, creo tanto un Proyecto de Convención sobre la Eliminación de la apatridia en el futuro, y un Proyecto de Convención sobre la reducción de la apatridia. El Consejo Económico y Social aprobó ambos proyectos.

A raíz de estos acontecimientos, en el campo de los Derechos Humanos incluyendo ¿por supuesto- el derecho de los refugiados, la ONU adoptó finalmente en 1954 la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas. La Convención de 1954 proporcionó una definición del concepto apátrida, y estableció una serie de derechos que deben ser garantizados a las personas inmersas en esta problemática. Dicho convenio se convirtió así en la base de un régimen internacional de protección de estas personas. Sólo un año después de la Convención de 1954 entró en vigor el convenio y en 1961 la ONU adoptó otra convención sobre la apatridia, a saber, la Convención de sobre la reducción de los casos de apatridia.

Apátridas desde 1961

El Convenio de Reducción de la Apatridia adoptado en 1961 entró en vigor el 13 de diciembre de 1975. Este convenio ofrece una serie de normas relativas a la adquisición y pérdida de la nacionalidad (incluyendo la pérdida automática, la renuncia, y la privación de la nacionalidad). En 1974, la Asamblea General de Naciones Unidas (AGNU) pidió al ACNUR que asumiera las funciones previstas en el Convenio de Reducción de la apatridia.

Hasta la fecha, el número de Estados partes es relativamente bajo. A partir de junio de 2011, solo 38 Estados habían ratificado la Convención (en comparación con 66 Estados Partes en la Convención de 1954 los casos de apatridia de Estado).

A partir de 1994, el Comité Ejecutivo del ACNUR y la Asamblea General pidió al ACNUR la ampliación de sus actividades relativas a la apatridia para incluir a todos los Estados. En 1996 la Asamblea General exhortó al ACNUR para que promoviera la adhesión de los Estados a los convenios de 1954 y de 1961, así como para proporcionar los servicios técnicos y de asesoramiento relacionados con la preparación y ejecución de legislación sobre la nacionalidad de los Estados interesados[5][5].

Pero una evaluación interna realizada en 2001 sugirió que el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, había hecho muy poco para ejercer su mandato sobre el tema de apatridia. Las organizaciones interesadas, como la Open Society Justice Initiative y Refugees International han abogado para que se destinen más recursos humanos y financieros a la problemática de la apatridia en el ACNUR[6][6].

Para el año 2004, el Comité Ejecutivo instó al ACNUR a prestar especial atención a las situaciones prolongadas de apátrida y a explorar de la mano de los Estados las medidas que mitigaran la situación precaria de estas personas. Las actividades del ACNUR en la actualidad se clasifican como la identificación, prevención, reducción, y protección[7][7]. Este organismo ha logrado algunos éxitos en las campañas de lanzamiento para prevenir y reducir la apatridia entre los pueblos antiguos deportados en Crimea, Ucrania (armenios, tártaros de Crimea, alemanes y griegos que fueron proscritos en masa al final de la Segunda Guerra Mundial). Otro éxito ha sido la naturalización de los refugiados tayikos en Kirguistán, así como la participación en las campañas de ciudadanía que permitan a 300.000 tamiles Bienes a adquirir la ciudadanía de Sri Lanka; también ayudó a la República Checa para superar el gran número de personas apátridas que se encontraba en esta situación cuando se separó de Eslovaquia[8][8].

A principios de 2006, el ACNUR afirmó tener ¿en sus registros 2,4 millones de personas apátridas¿, e hizo una estimación de 11 millones de personas sin Estado en todo el mundo. En 2011, la estimación aumentó a 12 millones. Estas cifras no incluyen a los refugiados, ni a los palestinos apátridas bajo el influjo de Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en Oriente Próximo (UNRWA)[9][9].

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