Informe de ponencia segundo debate proyecto de ley 195 de 2012 cámara 36 de 2012 senado - 29 de Mayo de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451048138

Informe de ponencia segundo debate proyecto de ley 195 de 2012 cámara 36 de 2012 senado

INFORME DE PONENCIA SEGUNDO DEBATE PROYECTO DE LEY 195 DE 2012 CÁMARA, 36 DE 2012 SENADOpor medio de la cual se aprueba el ¿Estatuto de la Agencia Internacional de Energías Renovables (Irena)¿, hecho en Bonn, Alemania, el 26 de enero de 2009.

Antecedentesp> El proyecto de ley fue radicado por la Ministra de Relaciones Exteriores María Á. Holguín Cuéllar y el Ministro de Minas y Energía Mauricio Cárdenas el 26 de julio del 2013 en la Secretaría General del Senado de la República. Al proyecto de ley se le asignó el número 36 de 2012 Senado, publicado en la Gaceta del Congreso número 470 del 26 de julio de 2012 y su primera ponencia en Senado de la república fue publicada en la Gaceta del Congreso número 580 de 2012 y debatida el 18 de septiembre de 2012, la ponencia para segundo debate esta publicada en la Gaceta del Congreso número 702 de 2012, el texto aprobado en plenaria en la Gaceta del Congreso número 737 de 2012.

Al proyecto de ley se le asignó el número 195 de 2012 en Cámara, repartido a la Comisión Segunda y su primera ponencia en la Cámara está publicada en la Gaceta del Congreso número 210 de 2013, se debatió y aprobó el 30 de abril de 2013.

En el entendido que la energía renovable se obtiene de fuentes naturales virtualmente inagotables, ya sea por la inmensa cantidad de energía que contienen, o porque son capaces de regenerarse por medios naturales.

En el presente Estatuto, por energías renovables se entenderán todas las formas de energía producidas a partir de fuentes renovables y de manera sostenible, lo que incluye, entre otras:

  1. la bioenergía

  2. la energía geotérmica

  3. la energía hidráulica

  4. la energía marina, incluidas la energía obtenida de las mareas y de las olas y la energía térmica oceánica

  5. la energía solar, y

  6. la energía eólica

    Propósito del proyecto

    El propósito de la presente iniciativa es aprobar el Estatuto de la Agencia Internacional de Energías Renovables (Irena) hecho en Bonn, Alemania, el 26 de enero de 2009, con el fin de promocionar las energías renovables en el marco de un desarrollo sostenible.

    El Gobierno Nacional ha venido invirtiendo, durante los últimos años, en el desarrollo y aplicación de alternativas de producción más limpias y en la investigación acerca de recursos renovables, con miras a contribuir a un medio ambiente más limpio y ayudar a solucionar el problema de la crisis energética mundial.

    De acuerdo con la Agencia Internacional de Energía (AIE), el mundo actual depende en un 80% del petróleo y en la medida que los países se van industrializando, el consumo de energía aumenta cada día a mayor velocidad. Por su parte, la Unidad de Planeación Nacional Minero-Energética (UPME), afirma que las energías renovables actualmente cubren cerca del 20% del consumo mundial de electricidad.

    Promover el uso de estas energías no solo está adquiriendo un protagonismo mayor a nivel mundial sino que también es un compromiso de los Estados que cuentan con suficientes recursos para ser aprovechados a futuro.

    Importancia de la Energía Renovable para Colombia

    El sector de la energía ha sido considerado como motor de crecimiento en el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014. En tal sentido, el Gobierno se ha comprometido a garantizar el suministro de energía, mejorar la infraestructura, facilitar el acceso a fuentes de energía y asegurarse de que los recursos sean explotados de manera que maximicen su contribución al desarrollo sostenible del sector.

    En Colombia, la política energética se encuentra comprendida en el Plan Energético Nacional 2010-2030 (PEN), cuyo objetivo es lograr un pleno aprovechamiento de los recursos energéticos bajo criterios de eficiencia, competitividad y sostenibilidad en el nuevo contexto internacional.

    Las energías renovables cobran importancia para Colombia en 2012; es un tema de carácter global que ha estado presente en eventos como la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible (Río+20) y la VI Cumbre de las Américas que se celebró en Cartagena.

    Irena como principal centro internacional para la energía renovable es una organización intergubernamental para la promoción de la energía renovable en todo el mundo. Su objetivo es proporcionar asesoramiento sobre políticas concretas y facilitar la capacidad y la transferencia de tecnología Irena ofrece una plataforma para el intercambio y el desarrollo de conocimientos sobre energías alternativas, y se convierte en el escenario ideal para acceder a información en materia de energía renovable, incluidos los datos técnicos, económicos y el potencial de cada uno de los Estados miembros.

    Igualmente, como Irena fomenta la cooperación entre los Estados, Colombia tendría acceso a información relacionada con innovaciones tecnológicas y se beneficiaría a través del intercambio de mejores prácticas. También podrá acceder a información relativa a proyectos exitosos y políticas públicas que sobre el desarrollo de las energías renovables en el mundo.

    Por otra parte, Irena tiene una perspectiva ambiental que favorece a Colombia puesto que busca promover el uso y la adopción de las energías renovables con el fin de contribuir a la reducción de emisiones de carbono y por ende a mitigar el Cambio Climático. De esta manera, la Irena pretende que los países miembros reduzcan la dependencia de las energías convencionales para contrarrestar la insuficiencia energética y diversifiquen su matriz energética.

    Adicionalmente es importante señalar que para el 2012, Irena tiene un presupuesto USD 28.400.000, y que durante la II Asamblea del organismo celebrada en enero de este año, el Director General confirmó el aumento las actividades regionales, en especial para América Latina y el Caribe.

    El Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos es uno de los principales contribuyentes de Irena, y durante las reuniones bilaterales a nivel de Cancilleres, siempre ha insistido en la importancia que Colombia ratifique los Estatutos, no solo para beneficiarse de la cooperación sino porque son conscientes del potencial de nuestro país para el desarrollo de energías renovables. Colombia abrió su embajada en este país en 2011.

    Marco constitucional y legal

    Una de las funciones que le corresponde al Congreso de la República a través de las leyes es aprobar o improbar los tratados que el Gobierno celebre con otros Estados o con entidades de derecho internacional, de acuerdo a lo establecido en la Constitución Nacional en el artículo 150 numeral 6. Así mismo, el artículo 224 instituye que los tratados, para su validez, deberán ser aprobados por el Congreso.

    En el artículo 189 ¿numeral 2 de la Constitución Política de Colombia dispone que: ¿Corresponde al Presidente de la República como Jefe de Estado, Jefe del Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa: (¿) 2. Dirigir las relaciones internacionales, nombrar a los agentes diplomáticos y consulares, recibir a los agentes respectivos y celebrar con otros Estados y entidades de derecho internacional tratados o convenios que se someterán a la aprobación del Congreso.

    La Norma Superior no establece un procedimiento especial para el trámite de las leyes que aprueben tratados, salvo lo dispuesto en los artículos 224 ss. de la Carta Magna. El artículo 204 de la Ley 5ª de 1992 dispone que los proyectos de ley sobre tratados internacionales se tramitarán por el procedimiento legislativo ordinario o común, con las especialidades establecidas en la Constitución y en la misma Ley 5ª de 1992, como aquella contenida en el artículo 217, el cual establece que el Congreso de la República podrá presentar propuestas de no aprobación, de aplazamiento o de reservas a un tratado o a un convenio, para aquellos que prevean esta posibilidad, pero el texto de los Tratados no puede ser objeto de enmienda.

    La Corte Constitucional mediante la Sentencia C-181 de 2007, refiriéndose al trámite de ley aprobatoria de un tratado establece lo siguiente:

    Un proyecto de ley aprobatoria de un tratado debe comenzar su trámite en el Senado de la República, conforme a lo dispuesto en el artículo 154 de la Constitución.

    El proceso que se adelanta es el mismo de las leyes ordinarias, que consiste en:

  7. Ser publicado oficialmente por el Congreso antes de darle curso en la comisión respectiva.

  8. Surtir los correspondientes debates en las Comisiones y Plenarias de las Cámaras luego de que se hayan presentado las ponencias respectivas y respetando el quórum y la mayoría de votos previstos en los artículos 145 y 146 de la Constitución.

  9. Observar los términos de ocho (8) días entre el primero y segundo debate en cada Cámara y quince (15) días entre la aprobación del proyecto en una de las Cámaras y la iniciación del debate en la otra, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 160 de la Constitución.

  10. Haber obtenido la sanción del Gobierno Nacional.

    Antecedentes Legales en Relación con las Energías Renovables en Colombia

    Dada la estrecha relación existente entre el desarrollo de las energías renovables a partir de fuentes primarias y la protección ambiental o el impacto positivo de aquellas sobre el ambiente sano, y la protección o conservación de los recursos naturales renovables; se han expedido las siguientes leyes que impulsan la protección como recurso natural renovable así como el desarrollo y uso de energía proveniente fuentes renovables, en el marco del uso racional y eficiente de la energía y la defensa del ambiente:

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