Informe de Ponencia Segundo Debate Proyecto de Ley 092 de 2014 Cámara - 9 de Diciembre de 2015 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 589141154

Informe de Ponencia Segundo Debate Proyecto de Ley 092 de 2014 Cámara

por medio de la cual se establece la protección del patrimonio en territorio nacional de los colombianos residentes en el exterior y se dictan otras disposiciones. Bogotá, D. C., noviembre 11 de 2015

Doctora

AíDA MERLANO REBOLLEDO

Presidenta

Comisión Segunda Constitucional Permanente

Honorable Cámara de Representantes

Ciudad.

Asunto: Informe de ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 092 de 2014 Cámara, por medio de la cual se establece la protección del patrimonio en territorio nacional de los colombianos residentes en el exterior y se dictan otras disposiciones.

Respetada señora Presidenta:

En cumplimiento del encargo hecho por la Mesa Directiva de la Comisión Segunda Constitucional Cámara de Representantes y acatando lo establecido en la Ley 5ª de 1992, Reglamento del Congreso, procedemos a rendir ponencia positiva por su digno conducto a la Plenaria de la Corporación, para segundo debate, al Proyecto de ley número 092 de 2014 Cámara, por medio de la cual se establece la protección del patrimonio en territorio nacional de los colombianos residentes en el exterior y se dictan otras disposiciones, en los siguientes términos:

1. Antecedentes

El presente proyecto de ley es de autoría de los honorable Representante Guillermina Bravo y Carlos Eduardo Guevara, fue publicado en la Gaceta del Congreso número 489 de 2014 y radicado en la Comisión Segunda Constitucional de la Cámara de Representantes el 9 de septiembre de 2014. Fueron designados como ponentes para primer debate los honorables Representantes José Luis Pérez Oyuela y Federico Eduardo Hoyos Salazar.

El proyecto de ley fue debatido en diferentes sesiones a partir del día 7 de abril de 2015 según consta en el Acta de Comisión de esa fecha, aprobándose con modificaciones definitivamente el día 6 de mayo de 2015 tal y como lo certifica la Mesa Directiva de la Comisión.

2. Objeto del proyecto

De acuerdo a lo expresado por los autores, este proyecto ¿busca anticiparse a las posibles medidas de embargo sobre los bienes que nuestros connacionales poseen en territorio colombiano, que puedan ser adoptadas por los sistemas financieros de otros países, en donde dichos colombianos residen¿.

La presente medida previene la violación de los derechos de propiedad de los colombianos en el exterior, mediante una legislación que asegure el derecho y la titularidad sobre el patrimonio adquirido en Colombia, prohibiendo que este sea objeto de embargo o captura por parte de entidades financieras externas. Esta disposición encuentra fundamento en un principio de soberanía en términos legislativos sobre los bienes y capitales consignados y erigidos dentro del territorio nacional. De esta manera se plantea un ejercicio de protección al ciudadano en el reconocimiento de su nacionalidad.

3. Problemática de los connacionales en el extranjero

Tanto en la exposición de motivos del proyecto como en el texto de ponencia para primer debate, se señalaron las siguientes situaciones como merecedoras de un marco de protección de los connacionales por fuera del territorio nacional:

¿Desde el año 2012, cerca de 90.000 personas fueron desahuciadas de sus inmuebles en España, dentro de las cuales 15.000 ecuatorianos fueron afectados por las medidas hipotecarias emprendidas por los bancos de ese país a causa de la crisis. Ecuador por su parte reaccionó a través de medidas proteccionistas, en primer lugar la restricción de la compra de cartera hipotecaria por parte de bancas extranjeras con fin del cobro de la deuda adquirida dentro del país; así como la iniciativa presidencial de declarar inconstitucional la figura de ¿prenda general bancaria¿, mediante la cual los bancos internacionales pretendían embargar patrimonios de ciudadanos ecuatorianos fuera del territorio de su jurisdicción legal, a partir de ventas de carteras hipotecarias y de convenios con Bancos ecuatorianos[1][1]¿.

Por su parte, la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) en España, denunció el vicio dentro de los servicios y procesos hipotecarios dentro del marco jurídico español, mediante el cual se consideran los deudores como víctimas de cláusulas hipotecarias contractuales abusivas, inaplicables e ilegales por ir en contradicción de los derechos del consumidor. Así se establece que: los bancos internacionales deben responsabilizarse por un ejercicio financiero de riesgo, al no realizar un estudio de crédito efectivo que les permitiera otorgar créditos bajo garantía y seguridad en el pago por parte de sus clientes.

Para el caso de nuestros compatriotas residentes en España, la PAH sostiene que son cerca de 7.000 familias colombianas las que se encuentran en riesgo de desahucio en España y que temen que los bancos persigan sus bienes en Colombia, mediante la modalidad de compra de cartera o afines, así como lo intentaron hacer en Ecuador.

4. Sobre el texto...

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