Informe de ponencia segundo debate proyecto de ley 019 de 2007 cámara - 1 de Octubre de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451346946

Informe de ponencia segundo debate proyecto de ley 019 de 2007 cámara

INFORME DE PONENCIA SEGUNDO DEBATE PROYECTO DE LEY 019 DE 2007 CÁMARA. por la cual se reglamenta la actividad del vendedor informal y se dictan otras disposiciones

Bogotá, D. C., septiembre 16 de 2008

Doctor:

ELIAS RAAD HERNANDEZ

Presidente

Comisión Séptima Constitucional Permanente

Honorable Cámara de Representante

Ciudad.

Honorable Representante:

En cumplimiento a la designación hecha por la Mesa Directiva de la Comisión y de conformidad a lo establecido en el artículo 153 de la Ley 5ª de 1992 presento a consideración de los miembros de la Comisión Séptima el informe de ponencia para segundo debate en Cámara del Proyecto de ley número 019 de 2007 Cámara, por la cual se reglamenta la actividad de vendedor informal y se dictan otras disposiciones.

Cuya autoría es de la honorable Representante Gloria Estela Díaz Ortiz, y los honorables Senadores Alexandra Moreno Piraquive y Manuel Antonio Virgüez.

Objeto

La presente iniciativa pretende establecer los parámetros que permitan lograr la reconciliación y la armonización entre la protección del espacio público y el derecho al trabajo de los vendedores informales, así como garantizar el disfrute pleno de los derechos fundamentales y procurar la inclusión económica en el mercado laboral de esta población vulnerable.

Es de señalar que corresponde al Estado el diseño y ejecución de planes adecuados y razonables de reubicación de los vendedores informales, quienes reclaman justamente sus derechos al trabajo y a la libertad de escoger profesión u oficio, la dificultad surge cuando esos planes son fruto de decisiones apresuradas que conllevan alteraciones del orden público en su ejecución, así como la vulneración de otros derechos fundamentales y conexos.

La población objeto de este proyecto realiza el trabajo por cuenta propia o independiente a través de una actividad comercial en el espacio público, la cual se constituye en una alternativa propia al problema del desempleo y a los bajos ingresos del sector formal de la economía: Es de señalar que la escasa generación de empleo formal, las condiciones de empleo y los bajos ingresos han constituido a las ventas informales en una alternativa precaria de subsistencia y de pobre inserción social.

Los indicadores laborales expedidos por el DANE nos permiten analizar una realidad concreta en el mercado laboral: en el 2006 la tasa de desempleo llego a un índice del 11.8%, 17.866.000 personas se encuentran laborando, 7.132.000 están subempleadas y 2.352.000 no tienen empleo. Es necesario recalcar que las ventas informales hacen parte del subempleo.

¿El nivel de ocupados en el país creció en 488 mil personas, con lo cual el empleo del período creció 2,7%, esto es 0,6 puntos por encima del crecimiento registrado por la oferta laboral. El aumento del empleo impulsó la tasa de ocupación en 0,4 puntos porcentuales, al pasar del 52,2% en el segundo trimestre de 2005 al 52,6% en el mismo trimestre de 2006.

Igualmente que existe un problema en razón que el tipo de empleo que más influyó en el aumento de la ocupación nacional fue el subempleo, así, el 74% de los empleos creados correspondieron a ocupaciones en la modalidad de subempleo¿.

De lo anterior se puede apreciar que el subempleo es un componente muy importante en las cifras de empleo generadas por el DANE, quien reveló que la tasa de subempleo en el país para diciembre de 2006 fue de un 35.7%, es decir que en la actualidad existen 7.132.000 subempleados, dentro de los cuales se encuentran incluidos los vendedores informales.

Teniendo en cuenta la importancia del subempleo para el Gobierno Nacional, el cual ha permitido reducir los índices de desempleo, debemos destacar que las ventas informales hacen parte del sector comercio, de las Ramas de la Actividad Económica que se desarrollan en el país y que ha participado directamente en el crecimiento del Producto interno Bruto, como el mismo documento del DANE lo ha señalado.

Aspectos constitucionales

Constitución Política

Artículo 13 ¿Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica¿.
Artículo 26 ¿Toda persona es libre de escoger profesión y oficio

La ley podrá exigir títulos de idoneidad. Las autoridades competentes inspeccionarán y vigilarán el ejercicio de las profesiones. Las ocupaciones, artes y oficios que no exijan la formación académica son de libre ejercicio, salvo aquellas que impliquen un riesgo social.

Las profesiones legalmente reconocidas pueden organizarse en colegios. La estructura interna y el funcionamiento de estos deberán ser democráticos. La ley podrá asignarles funciones públicas y establecer los debidos controles¿.

Artículo 54 ¿Es obligación del Estado y de los empleadores ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran

El Estado debe propiciar la ubicación laboral de las personas en edad de trabajar y garantizar a los minusválidos el derecho a un trabajo acorde con sus condiciones de salud¿.

Artículo 82 ¿Es deber del Estado velar por la protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular

Las entidades públicas participarán en la plusvalía que genere su acción urbanística y regularán la utilización del suelo y del espacio aéreo urbano en defensa del interés común¿.

Al respecto se puede concluir que el artículo 82 señala el deber del Estado de proteger el espacio público, así como la premisa superior que el interés particular debe ceder ante el interés general, y a renglón seguido el constituyente también estableció la facultad de las entidades públicas de participar en la plusvalía que se genera por acciones urbanísticas, utilización del suelo y espacio aéreo.

A pesar de tratarse de derechos constitucionales que ameritan la intervención estatal para su eficaz protección, la problemática de los vendedores informales se encuentra distante de alcanzar una solución acorde con los postulados enunciados. Derechos como la igualdad, el trabajo y la escogencia de profesión u oficio, se ven soslayados en su aplicación por el hecho de desarrollar su actividad en el espacio público, teniendo en cuenta que el interés particular de los vendedores informales de proveer su subsistencia y la de sus familias, debe ceder ante el interés general que inspira el uso del espacio público.

La ausencia de reglamentación clara para el ejercicio de las ventas informales ha generando problemas de orden público, debiendo las autoridades locales enfrentar tales problemas y desplegar permanentes operativos para la recuperación del espacio público, todo lo cual constituye un gran desgaste, no solo económico sino también político y social. No obstante, no se puede desconocer que el trabajo informal se ha convertido en la única posibilidad de subsistencia diaria para miles de personas y sus familias, constituyéndose, además, en paliativo para la grave crisis del empleo en nuestro país, por lo que el Estado debe hacer ingentes esfuerzos para...

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