Informe de ponencia segundo debate proyecto de ley 100 de 2010 cámara - 17 de Mayo de 2011 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451398154

Informe de ponencia segundo debate proyecto de ley 100 de 2010 cámara

INFORME DE PONENCIA SEGUNDO DEBATE PROYECTO DE LEY 100 DE 2010 CÁMARA. por la cual se modifica el parágrafo 3º del artículo 64 de la Ley 1242 de 2008-competencia para el mantenimiento del canal de acceso al Puerto de Barranquilla.

Antecedentes

El proyecto de ley fue radicado ante la Cámara de Representantes por el Senador Fuad Char Abdala y el Representante a la Cámara Luis Eduardo Diazgranados Torres, el día 21 de septiembre de 2010, remitido a la Comisión Sexta el 29 de septiembre y fui designado ponente mediante Oficio número 046 del 1º de octubre de 2010.

El día 3 de mayo de 2011, previo cumplimiento de lo estipulado en el artículo 8º del Acto Legislativo número 01 del 3 de julio de 2003, se somete a consideración de la Comisión y es aprobado por unanimidad y sin modificaciones en primer debate.

Objeto y contenido de la iniciativa

Se pretende modificar y/o redistribuir las competencias para el mantenimiento del canal de acceso al Puerto de Barranquilla.

El proyecto de ley consta de un artículo que reforma el Código Nacional de Navegación y Actividades Fluviales; en lo correspondiente a las competencias administrativas para llevar a cabo las tareas de encauzamiento y mantenimiento del canal de acceso al Puerto de Barranquilla, por considerarlo de gran importancia estratégica en términos de competitividad que tiene este puerto sobre el río Magdalena, por cuanto, al tiempo que sirve de desembocadura y acceso de la primera arteria fluvial de Colombia sobre el mar Caribe, es punto neurálgico por la ubicación geográfica y condiciones de ventaja comparativa de la ciudad de Barranquilla, que convierten en uno de los primeros polos de desarrollo económico de Colombia.

Consideraciones

Con la expedición de la Ley 1242 de 2008 se estableció que el Gobierno Nacional, a través del Instituto Nacional de Vías (Invías), es el encargado de la administración de infraestructura portuaria, exceptuando el Puerto de Barranquilla, el cual estará a cargo de Cormagdalena, entidad de rango Constitucional y responsable de mantener la navegación y actividad portuaria sobre el río Magdalena.

Conforme a la normatividad vigente, actualmente es Cormagdalena, quien tiene la competencia para llevar a cabo obras de encauzamiento y mantenimiento del acceso al Puerto de Barranquilla, últimos 30 km del río Magdalena, para lo cual ha venido destinando el 60% de la contraprestación por uso de zonas públicas por concesión o licencia portuaria en dicho puerto, conforme quedó establecido en la Ley 1242 de 2008.

Así mismo, dicha Corporación ha venido destinando recursos de su presupuesto, diferentes a las contraprestaciones, para obras de dragado y mantenimiento al acceso al Puerto de Barranquilla, pero en una proporción muy inferior a lo necesario para lograr llevar el nivel del puerto a por lo menos 40 pies de profundidad en el km 0.

El problema consiste en que la competencia para desarrollar las tareas de mantenimiento, rehabilitación y dragado de los últimos 30 kilómetros del río Magdalena se encuentra en cabeza de Cormagdalena y se brinda como principal fuente de financiación el valor correspondiente al 60% de las contraprestaciones que pagan las sociedades portuarias y concesionarios del Puerto de Barranquilla por su uso (unos 4000 millones), pero solo Cormagdalena con estos recursos ha resultado insuficiente para acometer de forma oportuna y decidida tales actividades, por lo que se hace necesario ampliar las competencias...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR