Informe de ponencia segundo debate proyecto de ley 153 de 2011 senado 127 de 2011 cámara - 7 de Diciembre de 2011 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451412706

Informe de ponencia segundo debate proyecto de ley 153 de 2011 senado 127 de 2011 cámara

INFORME DE PONENCIA SEGUNDO DEBATE PROYECTO DE LEY 153 DE 2011 SENADO, 127 DE 2011 CÁMARApor la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías.

Honorable Senador

JUAN MANUEL CORZO ROMÁN

Presidente

Senado de la República

Ciudad.

Asunto: Informe de Ponencia para segundo debate en plenarias del Congreso de la República al Proyecto de ley números 127 de 2011 Cámara - 153 de 2011 Senado, por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías.

Respetados señores Presidentes:

En cumplimiento de la honrosa designación que la mesa directiva de las comisiones quintas del honorable Senado de la República y de la honorable Cámara de Representantes nos hiciera, de la manera más atenta, por medio del presente escrito y dentro del término establecido para el efecto, en cumplimiento de los artículos 150, 183 y 184 de la Ley 5ª de 1992, procedemos a rendir informe de ponencia para segundo debate en plenarias del Congreso de la República al proyecto de la referencia, de origen gubernamental.

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1. Antecedentes - Trámite.

El día 14 de octubre de 2011, el Gobierno Nacional, por medio del señor Viceministro General de Hacienda (Encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público), Bruce Mac Master Rojas, y del señor Ministro de Minas y Energía, Mauricio Cárdenas Santa María, radicó en la Secretaría General de la honorable Cámara de Representantes el proyecto de ley ¿por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías¿, todo de conformidad con el artículo 375 de la Constitución Política y con el cumplimiento de los requisitos formales exigidos para el efecto, el cual fue publicado en la Gaceta del Congreso número 779 de 2011.

Así mismo y de conformidad con lo establecido en los artículos 163 de la Constitución Política y 191 de la Ley 5ª de 1992, el Gobierno Nacional, representado por el Presidente de la República y los Ministros de Hacienda y Crédito Público y Minas y Energía, radicó el mensaje de trámite de urgencia, para que el proyecto de ley se tramite en sesiones conjuntas.

Se presentó informe de ponencia para primer debate el cual fue publicado en las gacetas números 881 y 882. A su vez, los Senadores Jorge Enrique Robledo Castillo y Félix José Valera Ibáñez, presentaron ponencia negativa, la cual fue publicada en la Gaceta del Congreso número 883.

Finalmente, el debate se surtió en las Comisiones Quintas Constitucionales Permanentes de Senado y Cámara de Representantes.

El debate se surtió una vez fue agotado el requisito de consulta previa con las minorías étnicas, en los términos que se presentó en la exposición de motivos.

Debido a la importancia de los recursos que hacen parte del Sistema General de Regalías, el Gobierno Nacional solicitó facultades extraordinarias al Congreso de la República, en los términos de los artículos 150.10, 200 y 208 de la Constitución Política, con el fin de crear los cargos necesarios para que la Contraloría General de la República ejerza el control fiscal sobre estos recursos. El Congreso acompañó esta iniciativa debido a la importancia de estos recursos y a la necesidad que existe de que se haga la vigilancia y control fiscales necesarios para la preservación adecuada de los recursos del Sistema General de Regalías.

Dada esta inclusión de los recursos que el Acto Legislativo 05 de 2011 le asigna al funcionamiento Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación Control se asignará a la Contraloría General de la República un porcentaje para financiar exclusivamente las funciones que esta ejerza, respecto del control y vigilancia fiscales sobre los recursos del Sistema General de Regalías. Con este mismo fin, se modifican las normas de apropiaciones del Presupuesto General de Regalías para otorgarles una apropiación.

Por la relevancia que tiene la Comisión Rectora dentro de la nueva institucionalidad, en el debate se puso de presente su interés en que se modificara la Presidencia de este órgano, de tal forma que esta no estuviera en cabeza del Departamento Nacional de Planeación, sino en cabeza del Ministro de Minas y Energía. Así mismo, se incrementaron los integrantes de la Comisión Rectora al establecer que dos Congresistas de las Comisiones Quintas Constitucionales Permanentes de las respectivas cámaras, asistieran a las reuniones de la Comisión como invitados permanentes, con voz pero sin voto.

Como se ha venido reiterando, teniendo en cuenta la importancia de la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema, se adicionó un parágrafo al artículo 14 sobre liquidación, con el fin de permitirle a la Contraloría General de la República acceder a la información financiera, tributaria y contable concerniente a la licenciataria y a terceros contratistas de una empresa, y otras del grupo bajo el entendido de que cuando estos recursos sean públicos pueda la Contraloría ejercer control fiscal.

En cuanto al régimen de comercialización, durante el debate se consideró que, cuando las regalías se paguen en especie, los recursos que se generen serán en un 50% del Sistema y el otro 50% de las entidades territoriales. Para este efecto, se aclaró que el margen de comercialización no se considerará como regalía.

Se aumentaron los criterios de priorización de los proyectos de inversión, al incluirse el aspecto cultural, el carácter fronterizo, mejoramiento de la infraestructura de las zonas de exploración y explotación, la destinación para inversiones físicas en educación, y zonas no interconectadas.

En el artículo 40, para dar trato igualitario a las comunidades étnicas, se estableció que las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras reciban recursos de asignaciones directas en municipios con asignaciones menores a 2000 smlmv.

Se le dio relevancia a la participación de las Comunidades Autónomas Regionales dentro del Sistema en distintas disposiciones. En particular, para dar cumplimiento al mandato del 331, se reguló la forma en que participarán los municipios del canal del dique y los ribereños a través de Cormagdalena. Así mismo, se estableció en cabeza de estos municipios la obligación semestral de presentar a las Comisiones Quintas de Senado y Cámara informe detallado sobre los proyectos de inversión que lleven a cabo.

En el estudio de la institucionalidad y en desarrollo del Acto Legislativo 05 de 2011, se vio la necesidad que dentro de los comités técnicos consultivos que deben conformar los órganos colegiados de administración y decisión, participen de forma obligatoria los congresistas que designe el reglamento.

En relación con el régimen presupuestal de las asignaciones directas, se modificó el mecanismo de incorporación de los recursos al presupuesto de la respectiva entidad territorial, en el entendido de que ahora se hará mediante decreto expedido por el Gobernador o Alcalde, una vez aprobado el proyecto respectivo y previo a su ejecución. Lo anterior, considerando que se trata de proyectos y recursos que ya han sido previamente aprobados por el Congreso de la República, máximo órgano de representación popular.

2. Trámite en Comisiones Quintas del Congreso de la República sobre la discusión, consideración y aprobación de la Ponencia para Primer debate al Proyecto de ley números 127 de 2011 Cámara; 153 de 2011 Senado, por la cual se regula la organización y el funcionamiento del sistema general de regalías.

Artículo 2º. Se radicaron cuatro (4) proposiciones. Una presentada por los Senadores Lidio García y Héctor Julio Alfonso y la totalidad de los integrantes de la Comisión Quinta de la Cámara de Representantes, la cual fue aprobada. Otra presentada por los Senadores José Félix Valera y Maritza Martínez, la cual fue aprobada. Las otras dos (2) presentadas por la Senadora Maritza Martínez y el Representante Luis Enrique Dussán, las cuales fueron retiradas.

El artículo fue sometido a votación nominal con las modificaciones propuestas, el cual fue aprobado por las comisiones conjuntas.

Artículo 4º: Se radicaron ocho (8) proposiciones, de las cuales dos (2) fueron aprobadas, tres (3) retiradas por los autores y tres (3) negadas.

El artículo fue sometido a votación nominal con las modificaciones propuestas, el cual fue aprobado por las comisiones conjuntas. Se anexan copias de las proposiciones negadas.

Artículo 5º. Se radicó una proposición del Senador Jorge Enrique Robledo, que buscaba modificar el numeral 2º, para que el concepto tuviera carácter vinculante, la cual se sometió a votación y fue negada por las comisiones conjuntas. Se anexa copia de la proposición.

Artículo 8º. Se radicó una proposición del Senador Félix Valera, la cual fue retirada.

El artículo fue aprobado por las comisiones conjuntas mediante votación nominal tal como estaba en la ponencia.

Artículo 9º. Se radicaron dos (2) proposiciones. Una presentada por el Senador Jorge Enrique Robledo, que buscaba que los...

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