Informe de ponencia segundo debate proyecto de ley 178 de 2011 cámara 158 de 2011 senado - 15 de Diciembre de 2011 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451414626

Informe de ponencia segundo debate proyecto de ley 178 de 2011 cámara 158 de 2011 senado

INFORME DE PONENCIA SEGUNDO DEBATE PROYECTO DE LEY 178 DE 2011 CÁMARA, 158 DE 2011 SENADOpor medio de la cual modifica el Programa Nacional de Reactivación Agropecuaria ¿PRAN¿.

Doctor

ORLANDO ALFONSO CLAVIJO CLAVIJO

Presidente

Comisión Tercera Cámara de Representantes

Ciudad

Referencia: Informe de ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 178 de 2011 Senado y 158 de 2011 Cámara, por medio de la cual modifica el Programa Nacional de Reactivación Agropecuaria ¿PRAN¿.

Señor Presidente:

En atención a la designación hecha por las Mesas Directivas de las Comisiones Tercera del Senado de la República y Cámara de Representantes, Cumplimos con el honroso encargo de rendir ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 178 de 2011 Senado, 158 de 2011 Cámara, por medio de la cual modifica el Programa Nacional de Reactivación Agropecuaria ¿PRAN¿.

En consecuencia nos permitimos presentar las consideraciones pertinentes en los siguientes términos:

Antecedentes

El día 25 de noviembre de 2011, el honorable Senador Carlos Ramiro Chavarro Cuéllar, radicó en la Secretaría General del honorable Senado de la República, el Proyecto de ley número 178 de 2011 Senado y 158 de 2011 Cámara, por medio de la cual modifica el Programa Nacional de Reactivación Agropecuaria ¿PRAN¿.

La Secretaría General del honorable Senado de la República, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2° de la Ley 3ª de 1992, y teniendo en cuenta que este proyecto de ley tiene MENSAJE DE URGENCIA por el Gobierno Nacional, asignó la iniciativa a las Comisiones Terceras Constitucional Permanente de Senado y Cámara, las cuales se encargan, entre otros asuntos de los temas económicos, de los que trata el objeto del presente proyecto de ley.

Objeto del proyecto

Que los deudores del Programa Nacional de Reactivación Agropecuaria, PRAN Agropecuario, de que trata el Decreto 967 de 2000, y los deudores de los programas PRAN Cafetero, PRAN Alivio Deuda Cafetera y PRAN Arrocero, de que tratan los Decretos 1257 de 2001, 931 de 2002, 2795 de 2004, y 2841 de 2006, podrán extinguir las obligaciones a su cargo, mediante el pago de contado dentro de los veinticuatro (24) meses siguientes a la entrada en vigencia la presente ley, modificado en debate de las Comisiones Conjuntas de Senado y Cámara.

Consideraciones

La emergencia invernal que azotó al país en el período comprendido entre el año 2010 y el año 2011 dejó millonarias pérdidas tanto para el Gobierno Nacional y Regional, como para los particulares, siendo el sector agropecuario el mayor afectado. De acuerdo con las cifras presentadas por el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas ¿ DANE[1][1], mientras que alrededor de 295.000 hectáreas de áreas urbanas resultaron afectadas por el Fenómeno de La Niña 2010-2011, más de 1.300.000 hectáreas de suelo dedicado a la agricultura, ganadería y piscicultura presentaron daños irreversibles por la misma causa.

De acuerdo con información suministrada por Colombia Humanitaria, la Ola Invernal 2010-2011 en diciembre de 2010 había causado 934 inundaciones, 453 deslizamientos, 182 vendavales, 19 avalanchas, 4 erosiones y 1 tornado en el territorio nacional, afectando directamente a 710 municipios de 28 departamentos, lo que a su vez ocasionó...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR