Informe de ponencia segundo debate proyecto de ley 268 de 2013 senado 192 de 2012 cámara - 19 de Noviembre de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 478832026

Informe de ponencia segundo debate proyecto de ley 268 de 2013 senado 192 de 2012 cámara

INFORME DE PONENCIA SEGUNDO DEBATE PROYECTO DE LEY 268 DE 2013 SENADO, 192 DE 2012 CÁMARApor la cual se crea la estampilla Pro Universidad Nacional de Colombia y demás Universidades Estatales de Colombia.

Bogotá, D. C., noviembre 12 de 2013

Doctor

JUAN FERNANDO CRISTO BUSTOS

Presidente

HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA

E.S.D.

Honorable Presidente:

Atendiendo la honrosa designación que se nos ha hecho, y en cumplimiento del mandato constitucional y de lo dispuesto por la Ley 5ª de 1992, nos permitimos rendir ponencia para segundo debate en plenaria del honorable Senado de la Repúblicaal Proyecto de ley número 268 de 2013 Senado y número 192 de 2012 Cámara, por la cual se crea la Estampilla Pro Universidad Nacional de Colombia y demás Universidades Estatales de Colombia.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En el curso de la evaluación del proyecto, los ponentes manifestamos nuestra conformidad con lo expresado por la Comisión Tercera de Senado y consideramos razonable y prudente la solicitud de la Comisión, con respecto a la limitación de la destinación de los recursos en el proyecto de ley, razón por la cual se modifica el artículo cuarto, a través de la eliminación del siguiente texto ¿los recursos asignados a los demás programas que en su autonomía establezcan los Consejos Superiores¿.

En este sentido, los recursos recaudados se destinarán exclusivamente para construcción, adecuación y modernización de la infraestructura universitaria y a los estudios y diseños requeridos para esta finalidad. En tanto, se ha encontrado que este aspecto es la dificultad más urgente que debe atenderse en la gran mayoría de universidades estatales del país. De otra parte los recursos se invertirán en la dotación de dicha infraestructura, la modernización tecnológica y al apoyo a la investigación. Además, es importante, mencionar que los recursos deberán ser destinados al apoyo a programas de bienestar estudiantil y subsidios estudiantiles, con el fin de atender los déficits que en la actualidad poseen las 32 universidades públicas y que asciende a 218.239.807.664 de pesos, valor que dotaría de recursos mínimos a las universidades que deben asegurar sus programas de bienestar universitario para que se atienda por lo menos al 3% de la población estudiantil.

De la misma forma, para lograr mayor claridad en el texto, en el artículo tercero, parágrafo, se incluye la expresión ¿La ponderación de cada graduado por nivel se hará de la siguiente manera¿. Esto a solicitud de la honorable Comisión Tercera.

Producto de las sugerencias propuestas por la Comisión Tercera de Senado, se suscitaron sugerencias sobre el criterio de repartición, por lo cual nosotros como ponentes consideramos apropiado el criterio de repartición con el que cuenta actualmente el proyecto de ley, toda vez que este, se mejoró en términos del que provenía de la honorable Cámara de Representantes, mediante la búsqueda de incentivos en términos de estudiantes graduados, de especialización académica, así como el incentivo a la obtención de recursos producto de programas de calidad. Situación que pretende atender tanto las necesidades de infraestructura de todas y cada uno de las universidades estatales, apuntando a la realidad y al esfuerzo institucional al país.

De otra parte, en cuanto a la solicitud presentada por la Comisión Tercera para que la totalidad de los recursos sean asignados a la Universidad Nacional de Colombia, y en aras de mantener un equilibrio entre las universidades que actualmente cuentan con estampilla y las que no, es preciso afirmar lo siguiente:

Actualmente, la totalidad de las universidades públicas del país mantienen altos déficits recurrentes y de infraestructura que con el tiempo se han hecho implacables en contra del desarrollo de las instituciones de educación superior, afectando de manera estructural las finanzas de cada una de las 32 universidades públicas. Así las cosas, resulta imperativo que los recursos que se recauden producto de la Estampilla Pro Universidad Nacional de Colombia y demás universidades estatales, se distribuyan entre las 32 universidades estatales; toda vez que dichas universidades tienen necesidades específicas en términos de infraestructura. Solamente el fortalecimiento de tipo regional será el motor para que el capital humano sea capacitado a nivel regional y este no migre a las ciudades centrales, dejando a las regiones con ausencia de capital humano que conozca y pueda atender las necesidades y requerimientos propios de las diferentes regiones. Es indispensable apoyar a todas y cada una de las universidades estatales del país.

En este sentido, el proyecto guarda completa concordancia con la política de descentralización de los recursos en la educación superior que el Ministerio de Educación Nacional viene promoviendo en los distintos escenarios estatales. Así pues, el proyecto pretende en primer lugar fortalecer la cobertura regional que en la actualidad se encuentra en el 57%. De la misma forma, pretende incrementar el porcentaje de educación superior en los municipios del país, que hoy en día es del 69%, mediante la construcción de nuevos edificios en las diferentes regiones, así como, mediante el fortalecimiento a la calidad, la infraestructura, la investigación y el bienestar universitario, aportando en el incremento de los índices de cobertura y equidad que por tradición se encuentran en niveles muy bajos en las distintas regiones apartadas del país.

El proyecto, entonces, fomenta, con nuevos recursos, la innovación tecnológica, la capacitación del talento humano y una ostensible disminución en la deserción. Esto, en últimas, aporta a la superación de la brecha de desigualdad entre las regiones.

Por lo anterior, con el fin de hacer evidentes las necesidades de las 32 universidades estatales, incluso a las 28 que ya cuentan con estampilla, debemos, como ponentes del presente proyecto de ley, mencionar los siguientes aspectos:

En primer lugar, el déficit calculado por el SUE para mantener un elevado nivel de calidad, una baja tasa de deserción y una mejor cobertura del sistema de educación a nivel superior se requiere de 11.2 billones de pesos, en su mayoría para infraestructura. Cifra con la que el Gobierno Nacional no cuenta para ser invertida en las universidades y que es necesaria para el desarrollo del sector educación.

En segundo lugar, las necesidades en términos de reducción de los déficits de infraestructura con los que actualmente cuentan las 32 universidades estatales tales como: 1.6 billones de pesos de la Universidad Nacional de Colombia, 202 mil millones de pesos de la Universidad del Cauca, 187 mil millones de la Universidad de Córdoba, 204 en la Universidad Tecnológica del Chocó, 230 mil millones de pesos de la Universidad del Cesar, 125 mil millones de pesos de la Universidad Sur Colombiana de Neiva, 137 mil millones de pesos de la Universidad Colegio...

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