Informe de ponencia segundo debate proyecto de ley 36 de 2012 senado - 16 de Octubre de 2012 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451033938

Informe de ponencia segundo debate proyecto de ley 36 de 2012 senado

INFORME DE PONENCIA SEGUNDO DEBATE PROYECTO DE LEY 36 DE 2012 SENADO. por medio de la cual se aprueba el ¿Estatuto de la Agencia Internacional de Energías Renovables (Irena)¿, hecho en Bonn, Alemania, el 26 de enero de 2009.

Honorable Senador

ROY BARRERAS MONTEALEGRE

Senado de la República

Presidencia

Ciudad

Ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 36 de 2012 Senado, por medio de la cual se aprueba el ¿Estatuto de la Agencia Internacional de Energías Renovables (Irena)¿, hecho en Bonn, Alemania, el 26 de enero de 2009.

Respetado señor Presidente:

De conformidad con la designación que nos hiciera la Mesa Directiva de la Comisión Segunda Constitucional Permanente del Senado, presentamos la ponencia para segundo debate del Proyecto de ley número 36 de 2012 Senado, por medio de la cual se aprueba el ¿Estatuto de la Agencia Internacional de Energías Renovables (Irena)¿, hecho en Bonn, Alemania, el 26 de enero de 2009, publicado en la Gaceta del Congreso número 495 de 2008.

Antecedentes

El proyecto de ley de la referencia fue radicado por la señora Ministra de Relaciones Exteriores María Ángela Holguín Cuéllar y el Ministro de Minas y Energía Mauricio Cárdenas el 26 de julio del presente año en el despacho de la Secretaría General del Senado de la República.

Al proyecto de ley se le asignó el número 36 de 2012 Senado, fue publicado en la Gaceta del Congreso número 470 del 26 de julio de 2012 y su primera ponencia en el Senado de la república fue publicada en la Gaceta del Congreso número 580 de 2012 y debatida el 18 de septiembre de 2012.

Propósito del proyecto

El propósito de la presente iniciativa es aprobar el ¿Estatuto de la Agencia Internacional de Energías Renovables (Irena)¿, hecho en Bonn, Alemania, el 26 de enero de 2009, con el fin de promocionar las energías renovables en el marco de un desarrollo sostenible.

Marco constitucional y legal

Una de las funciones que le corresponde al Congreso de la República a través de las leyes es aprobar o improbar los tratados que el Gobierno celebre con otros Estados o con entidades de derecho internacional, de acuerdo a lo establecido en la Constitución Nacional en el artículo 150 numeral 6. Así mismo, el artículo 224 instituye que los tratados, para su validez, deberán ser aprobados por el Congreso.

En el artículo 189 ¿numeral 2 de la Constitución Política de Colombia dispone que: ¿corresponde al Presidente de la República como Jefe de Estado, Jefe del Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa: (¿) 2. Dirigir las relaciones internacionales, nombrar a los agentes diplomáticos y consulares, recibir a los agentes respectivos y celebrar con otros Estados y entidades de derecho internacional tratados o convenios que se someterán a la aprobación del Congreso¿.

La Norma Superior no establece un procedimiento especial para el trámite de las leyes que aprueben tratados, salvo lo dispuesto en los artículos 224 ss de la Carta Magna. El artículo 204 de la Ley 5ª de 1992 dispone que los proyectos de ley sobre tratados internacionales se tramitarán por el procedimiento legislativo ordinario o común, con las especialidades establecidas en la Constitución y en la misma Ley 5ª de 1992, como aquella contenida en el artículo 217, el cual establece que el Congreso de la República podrá presentar propuestas de no aprobación, de aplazamiento o de reservas a un tratado o a un convenio, para aquellos que prevean esta posibilidad, pero el texto de los Tratados no puede ser objeto de enmienda.

La Corte Constitucional mediante la Sentencia C-181 de 2007, refiriéndose al trámite de ley aprobatoria de un tratado establece lo siguiente:

¿Un proyecto de ley aprobatoria de un tratado debe comenzar su trámite en el Senado de la República, conforme a lo dispuesto en el artículo 154 de la Constitución.

El proceso que se adelanta es el mismo de las leyes ordinarias, que consiste en: 1. ser publicado oficialmente por el Congreso antes de darle curso en la comisión respectiva. 2. surtir los correspondientes debates en las Comisiones y Plenarias de las Cámaras luego de que se hayan presentado las ponencias respectivas y respetando el quórum y la mayoría de votos previstos en los artículos 145 y 146 de la Constitución. 3. observar los términos de ocho (8) días entre el primero y segundo debate en cada cámara y quince (15) días entre la aprobación del proyecto en una de las cámaras y la iniciación del debate en la otra, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 160 de la Constitución. 4. haber obtenido la sanción del Gobierno Nacional¿.

Consideraciones relativas a la participación de la República de Colombia en el Estatuto de la Agencia Internacional de Energías Renovables (Irena).

Consideraciones previas

En buena hora la Organización de las Naciones Unidas Reconoce la importancia de la energía para el desarrollo sostenible, y proclama el 2012, Año Internacional de la Energía Sostenible para Todos mediante Resolución 65/151[1][1].

Las energías renovables pueden estimular el crecimiento económico sostenible, además de ofrecer oportunidades para abordar y mitigar de manera gradual los problemas derivados de la inseguridad energética que atraviesa Colombia, gracias al climático del niño. Este tipo de energías reducen, a su vez, la concentración de gases de efecto invernadero en la atmósfera, situación que contribuiría a la estabilización de los sistemas climáticos.

El Gobierno Nacional ha venido invirtiendo, durante los últimos años, en el desarrollo y aplicación de alternativas de producción más limpias y en la investigación acerca de recursos renovables, con miras a contribuir a un medio ambiente más limpio y ayudar a solucionar el problema de la crisis energética mundial.

De acuerdo con la Agencia Internacional de Energía (AIE), el mundo actual depende en un 80% del petróleo y en la medida que los países se van industrializando, el consumo de energía aumenta cada día a mayor velocidad. Por su parte, la Unidad de Planeación Nacional Minero-Energética (UPME), afirma que las energías renovables actualmente cubren cerca del 20% del consumo mundial de electricidad[2][2].

Promover el uso de estas energías no sólo está adquiriendo un protagonismo mayor a nivel mundial sino que también es un compromiso de los Estados que cuentan con suficientes recursos para ser aprovechados a futuro.

Importancia de la Energía Renovable para Colombia

El sector de la energía ha sido considerado como motor de crecimiento en el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014. En tal sentido, el Gobierno se ha comprometido a garantizar el suministro de energía, mejorar la infraestructura, facilitar el acceso a fuentes de energía y asegurarse de que los recursos sean explotados de manera que maximicen su contribución al desarrollo sostenible del sector.

En Colombia, la política energética se encuentra comprendida en el Plan Energético Nacional 2010-2030 (PEN), cuyo objetivo es lograr un pleno aprovechamiento de los recursos energéticos bajo criterios de eficiencia, competitividad y sostenibilidad en el nuevo contexto internacional.

Las energías renovables cobran importancia para Colombia en 2012; es un tema de carácter global que ha estado presente en eventos como la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible (Río +20) y la VI Cumbre de las Américas que se celebró en Cartagena.

Breve reseña sobre Irena

La constitución de Irena se inicia con una primera reunión que tuvo lugar en Berlín en abril 2008; allí, representantes de 60 países expresaron su apoyo para la fundación de la Agencia, y discutieron sus objetivos, funciones, estructura y financiación de la Agencia.

En octubre de 2008, en Madrid, España, se realizó la Conferencia Preparatoria de la Irena en la que se lograron avances importantes, en particular, lo referente a los criterios y procedimientos de selección del Director General Interino, la sede provisional y el diseño de la fase inicial de la Irena.

Una tercera y última reunión se realizó en enero de 2009, en Bonn, Alemania, en la que 75 Estados firmaron el Estatuto; Colombia lo hizo el 29 de junio de 2010. A la fecha, 158 Estados + la Unión Europea firmaron los Estatutos, de los cuales 100 Estados y la Unión Europea ya lo ratificaron. Aún está pendiente de ser ratificado por 58 Estados firmantes.

La mayoría de países miembros de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) ya han ratificado el Estatuto, entre ellos Estados Unidos lo que permite prever un apoyo de los países más desarrollados para el fomento de las actividades de la Agencia.

CONSULTAR GRÁFICO EN ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF

Azul Oscuro: Miembros de la Agencia

Azul Claro: Signatarios y aplicantes

Importancia de Irena para Colombia.

Como principal centro internacional para la energía renovable, Irena ofrece una plataforma para el intercambio y el desarrollo de conocimientos sobre energías alternativas, y se convierte en el escenario ideal para acceder a información en materia de energía renovable, incluidos los datos técnicos, económicos y el potencial de cada uno de los Estados miembros.

Igualmente, como Irena fomenta la cooperación entre los Estados, Colombia tendría acceso a información relacionada con innovaciones tecnológicas y se beneficiaría a través del intercambio de mejores prácticas. También podrá acceder a información relativa a proyectos exitosos y políticas públicas que sobre el...

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