Informe de Ponencia Segundo Debate Proyecto de Ley 101 de 2012 Senado - 5 de Diciembre de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 493471246

Informe de Ponencia Segundo Debate Proyecto de Ley 101 de 2012 Senado

por la cual se elimina el cargo fijo como componente de las estructuras tarifarias de los servicios públicos domiciliarios, y se dictan otras disposiciones. Bogotá, D. C., noviembre de 2013.

Doctor

JUAN FERNANDO CRISTO BUSTOS

Presidente

Honorable Senado de la República

E. S. D

Referencia: Informe de ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 101 de 2012 Senado, por la cual se elimina el cargo fijo como componente de las estructuras tarifarias de los servicios públicos domiciliarios, y se dictan otras disposiciones.

Señor Presidente y honorables Senadores:

En los términos del artículo 153 de la Ley 5ª de 1992 y en cumplimiento de la designación de la Mesa Directiva de la Comisión Sexta Constitucional Permanente, nos permitimos rendir ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 101 de 2012 Senado, por la cual se elimina el cargo fijo como componente de las estructuras tarifarias de los servicios públicos domiciliarios, y se dictan otras disposiciones.

Cordialmente,

Carlos Alberto Baena López, Movimiento Político MIRA; Alexánder López Maya, Polo Democrático Alternativo; Carlos Ferro Solanilla, Partido de la U, Coordinadores; Mauricio Aguilar Hurtado, Opción Ciudadana; César Tulio Delgado, Partido Conservador; Luis Fernando Duque, Partido Liberal, Senadores Ponentes.

INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 101 DE 2012 SENADO

por la cual se elimina el cargo fijo como componente de las estructuras tarifarias de los servicios públicos domiciliarios, y se dictan otras disposiciones.

1. Objeto del proyecto

La iniciativa presentada busca eliminar la habilitación para incluir el cargo fijo como elemento de la fórmula tarifaria de los servicios públicos domiciliarios en el país.

2. Antecedentes

Distintas iniciativas que buscan la eliminación del cargo fijo en los servicios públicos se han presentado en el tiempo, de parte de distintos partidos o movimientos político, estas se retoman para el actual proyecto de ley, así:

P. L. AUTOR(ES) PARTIDO O MOVIMIENTO TRÁMITE
54/05 S ¿ 165/05 S Édgar Artunduaga y otros Liberal ¿ U Archivado por tránsito de legislatura.
9/06 S Alexandra Moreno ¿ Iniciativa Popular MIRA Retirado por el autor. Dic 5 ¿ 06
103/06 C Fernando Tamayo Conservador Archivado por tránsito de legislatura.
32/09 S ¿ 70/09 S Camilo Sánchez ¿ Dilian Francisca Toro Liberal ¿ U Archivado por tránsito de legislatura.
101/12 S Carlos A. Baena ¿ Gloria S. Díaz MIRA Pendiente segundo debate.

3. Trámite legislativo y análisis de la iniciativa

a) Sobre inversión en ampliación de cobertura: Aprobación Comisión Sexta con régimen de transición

La Comisión Sexta de Senado dio primer debate al proyecto de ley, dando varios argumentos en pro y contra de la iniciativa, especialmente a los Senadores les preocupa lo relativo a la estabilidad de las pequeñas empresas operadoras de servicios públicos domiciliarios.

En palabras del honorable Senador Plinio Olano Becerra: ¿Pongamos en consideración las proposiciones, porque lo que no puede salir es el mensaje de que vamos a quitar el cargo fijo y después nosotros recogemos. Hay dos proposiciones que me parecen totalmente viables y válidas y es el desmonte gradual del cargo fijo, aprobemos con esas proposiciones y si hay que hacerle algún ajuste lo hacemos para la segunda pero por ahora, el mensaje no puede ser que nosotros aquí quitamos el cargo fijo¿ (ACTA DE COMISIÓN 43 DEL 29 DE MAYO DE 2013 SENADO).

Por su parte, el honorable Senador Carlos Roberto Ferro Solanilla: ¿Y dejo también la constancia que fue por eso también la intervención ayer. Yo estoy pensando en las e mpresas públicas pequeñas que prestan los servicios públicos en los municipios, no podría ser irresponsable de ir a votar un proyecto así cuando nosotros tenemos que hacer claridad frente a la política que tiene que asumir el Estado en el caso que pase este proyecto de ley como debe ser y qué se va a hacer en relación con cada una de estas empresas¿ (ACTA DE COMISIÓN 43 DEL 29 DE MAYO DE 2013 SENADO).

De esta manera se aprobó mediante el apoyo de todos los partidos con representación política en la Comisión Sexta de Senado el proyecto, indicando que en la designación de ponentes para segundo debate se representaran las distintas fuerzas políticas. Además, se incluyó un régimen de transición y aplicación del mismo, así:

¿Régimen de Transición. El desmonte del cobro del cargo fijo por parte de las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios se realizará de forma progresiva, así:

1. Las empresas ubicadas en municipios con una cobertura superior a 80% tendrán seis (6) meses para implementar la medida.

2. Las empresas ubicadas en municipios con cobertura entre 50% y 80% tendrán tres (3) años para implementar la medida.

3. Las empresas con coberturas inferiores a 50% tendrán cinco (5) años para implementar la medida.

Las comisiones de regulación establecerán la regulación pertinente para este propósito, y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios realizará la inspección y seguimiento del cumplimiento de estas normas¿.

b) Sostenibilidad financiera de las empresas

Una de las preocupaciones que se evidenció dentro del debate del proyecto de ley y posteriores audiencias, es la estabilidad de las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios; por esto se propone que el texto normativo determine expresamente que los gastos imputables a costos medios administrativos que hacen parte del cargo fijo, se viabilicen en la tarifa. De esta manera, no es que la empresa deje de percibir estos costos, sino que los mismos serán variables, directamente relativos al uso real que el usuario hago de sus servicios públicos.

En este sentido la Sociedad Colombiana de Ingenieros manifestó su preocupación en tanto que ¿los cargos fijos son erogaciones necesarias para prestar un servicio, que de no ser cubiertos se entraría en el riesgo que los actuales prestadores operadores de los servicios trasladarán sus inversiones a otras actividades¿ (Concepto de la SCI al Proyecto de ley número 1010 de 2012 Senado).

Pero esta preocupación por los costos administrativos se corrige al variabilizar los costos administrativos y con ello proteger a las empresas, así en la presente ponencia además de incluir la prohibición de incluir costes administrativos en el cargo variable, proponemos incluir dentro de la explicación del mismo: ¿Harán parte del cargo variable los costos necesarios para garantizar la disponibilidad permanente del suministro entre los cuales se incluyen los gastos adecuados de administración, facturación, medición y los demás servicios permanentes que, de acuerdo a definiciones que realicen las respectivas comisiones de regulación, son necesarios para garantizar que el usuario pueda disponer del servicio sin solución de continuidad y con eficiencia¿.

Es viable un esquema de servicios públicos sin cargo fijo sin que se deje en bancarrota las empresas, esto lo ha demostrado el caso de energía, que aunque no cuente con este ítem en sus cobros, cuenta con unas empresas prestadoras bastante competitivas, como lo son el grupo EPM con utilidades operacionales en 2011 de 2,4 billones de pesos, ISA con 2,2 billones de pesos, Codensa con 0,7 billones de pesos, Electricaribe 154.000 millones de pesos, Emgesa con 1,1 billones de pesos, Celsia con 582.000 millones de pesos, y EEB 550.000 millones de pesos (Revista Semana, Las cien empresas más grandes de Colombia, 2011).

El 10.83% de las empresas de acueducto vigiladas por la Superintendencia son empresas ¿grandes¿ con más de 2500 suscriptores; el resto, 89.17%, son empresas ¿pequeñas¿ de menos de 2.500 suscriptores. En el caso del alcantarillado, un cuarto de las empresas tienen más de 2.500 suscriptores. En total, según el SUI de la Superintendencia, hay 2.427 empresas de acueducto vigiladas por esta entidad. En vista de esto, se acoge la idea del régimen de transición para facilitar el cambio para las empresas medianas y pequeñas.

c) Impacto real de la medida: se termina con una falsa justificación mientras que la ampliación de cobertura sigue garantizada

La eliminación del cargo fijo es solamente el primer paso en el camino de lograr unas tarifas justas en los servicios públicos. Dentro de las necesidades urgentes de los colombianos se encuentran: regulación en torno al mínimo vital, asegurar la calidad y el acceso universal en la prestación, permitir la sostenibilidad del sistema mediante la garantía de que las empresas tengan utilidades justas (ni excesivas, ni que trabajen a pérdida), pero teniendo en cuenta la capacidad de pago de los usuarios y su función social, de modo que las personas pobres e instituciones como hospitales y escuelas puedan acceder sin excepción y fácilmente a los servicios públicos domiciliarios.

En la actualidad el artículo 90 de la Ley 142 establece que el cargo fijo podrá incluirse en la tarifa de servicio público al usuario, independientemente del nivel de uso, con el objeto de: ¿Garantizar que el usuario pueda disponer del servicio sin solución de continuidad y con eficiencia¿.

Sin embargo, estas condiciones no se han presentado como garantía o beneficios para el usuario tal como se observa en los siguientes diagramas:

CONSULTAR GRÁFICO EN ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO

Es decir, cerca del 80% del agua del país presenta riesgo al consumirla y más del 62% presenta riesgo medio o alto, es decir el cargo fijo termina privilegiando la operación de empresas que prestan un mal servicio, por encima de las necesidades de los usuarios.

Este es el caso recientemente discutido por la Comisión Sexta de Senado de la ciudad de Yopal, donde sus habitantes se encuentran sin agua potable desde mayo de 2011 y han tenido que continuar pagando el cargo fijo en el servicio público. Que aunque se ha suplido la necesidad de agua por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR