Informe de Ponencia Segundo Debate Proyecto de Ley 144 de 2013 Cámara - 17 de Junio de 2014 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 518024854

Informe de Ponencia Segundo Debate Proyecto de Ley 144 de 2013 Cámara

por la cual se crean las becas-crédito y apoyo al sostenimiento del estudiante en Instituciones de Educación Superior de naturaleza pública, se modifican la Ley 21 de 1982 y la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones. 1.1

UJ-0336/14

Bogotá, D. C.

Honorable Presidente

LUIS ANTONIO SERRANO MORALES

Comisión Tercera de Cámara

Cámara de Representantes

Ciudad.

Asunto: Consideraciones del Ministerio de Hacienda y Crédito Público respecto del texto aprobado para primer debate al Proyecto de ley número 144 de 2013 Cámara, por la cual se crean las becas-crédito y apoyo al sostenimiento del estudiante en Instituciones de Educación Superior de naturaleza pública, se modifican la Ley 21 de 1982 y la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones.

Respetado Presidente:

De manera atenta quiero manifestarle que una vez revisado por este Ministerio el texto aprobado para primer debate al Proyecto de ley número 144 de 2013 Cámara, por la cual se crean las becas-crédito y apoyo al sostenimiento del estudiante en Instituciones de Educación Superior de naturaleza pública, se modifica la Ley 21 de 1982 y la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones encuentra que el mismo se ajusta a las expectativas presupuestales contenidas en el Marco Fiscal de Mediano Plazo.

El presente concepto se emite en el marco de lo establecido por el artículo 7° de la Ley 819 de 2003, por la cual se dictan normas orgánicas en materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal y se dictan otras disposiciones.

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Bogotá, D. C., junio 10 de 2014

Honorable Representante

LUIS ANTONIO SERRANO MORALES

Presidente

Comisión Tercera

Cámara de Representantes

Ciudad.

Referencia: Informe de ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 144 de 2013 Cámara, por la cual se crean las becas-crédito y apoyo al sostenimiento del estudiante en Instituciones de Educación Superior de naturaleza pública, se modifican la Ley 21 de 1982 y la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones.

Señor Presidente:

De conformidad con el artículo 156 de la Ley 5ª de 1992 y en atención a la designación realizada por la Mesa Directiva de la Comisión Tercera Constitucional Pe rmanente de la honorable Cámara de Representantes nos permitimos rendir ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 144 de 2013 Cámara, por la cual se crean las becas-crédito y apoyo al sostenimiento del estudiante en Instituciones de Educación Superior de naturaleza pública, se modifican la Ley 21 de 1982 y la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones, de acuerdo a los términos establecidos por la ley.

1. Objeto de la iniciativa

Como se dijo en la ponencia de primer debate y lo aclara el texto del proyecto original la finalidad de esta iniciativa es garantizar el ingreso y permanencia en la educación superior, técnica y tecnológica de los jóvenes bachilleres y que según registros del Ministerio de Educación del año 2012, ascienden a 502.603, De los cuales el 408.843- pertenecen a estratos cero, uno, dos y tres.

Durante su trámite por la comisión el texto tuvo varias modificaciones que igualmente enriquecieron el proyecto en el sentido de beneficiar especialmente con el programa de becas-crédito a los estudiantes que sobresalgan en las pruebas SABER 11, la posibilidad de condonar la obligación financiera pendiente y se estableció un monto para sostenimiento de seis cientos ochenta y dos mil pesos ($682.000) por estudiante, que se ajustarán de acuerdo al aumento anual del salario mínimo legal.

2. Origen y trámite de la iniciativa

Esta iniciativa fue radicada por los honorables Representantes Jaime Rodríguez, Luis Antonio Serrano Morales, Alejandro Carlos Chacón Camargo, Jhon Jairo Cárdenas Morán, Eduardo José Castañeda Murillo, Juan Felipe Lemos Uribe, Alfredo Guillermo Molina Triana, Luis Fernando Ochoa Zuluaga, Elías Raad Hernández, Adolfo León Rengifo Santibáñez, Libardo Antonio Taborda Castro, Gerardo Tamayo Tamayo, y Albeiro Vanegas Osorio, el 31 de octubre de 2013 en la Secretaria General de la Cámara de Representantes y fue enviado para su estudio a la Comisión Tercera de la misma corporación donde se nos designo ponentes para primer debate el 22 de noviembre de 2013. Una vez radicada la ponencia para primer deb ate del Proyecto de ley número 144 de 2013 se discutió y aprobó el 3 de junio de la anualidad previa publicación y anuncio para su discusión. La honorable Comisión Tercera mediante Oficio CTCP 3.3-857-C- nos notificó la designación como ponentes para segundo debate el 5 de junio de 2014.

Se elevó consulta al Ministerio de Hacienda y Crédito Público sobre la viabilidad del proyecto de ley, el cual consideró que se ajusta a las expectativas presupuestales contenidas en el Marco Fiscal de Mediano Plazo[1][1] por lo tanto el presente proyecto de ley no presenta ningún impedimento por parte del Ejecutivo.

3. Justificación

Si bien es cierto el Icetex ha venido cumpliendo una ardua labor en el otorgamiento de créditos a los jóvenes bachilleres, también es cierto que no ha dinamizado sus políticas de crédito lo que ha conllevado a la exclusión de un gran número de estudiantes que no pueden acceder al crédito, ya sea porque no pasan los exámenes, por bajo puntaje del Icfes, por la falta de recursos del propio Icetex, por la falta de capacidad de pago de la familia del Estudiante o por el sistema de financiación de los créditos. La Ley 1547 de 2012, dispuso que los estudiantes de estratos bajos solo tendrían que pagar la totalidad de la deuda con una tasa de interés del 0%, para los expertos financieros esto no es cierto porque el dinero se devalúa en el tiempo lo que generara intereses mínimos.

La Mesa Amplia Nacional Estudiantil (MANE), plantea la ¿matrícula cero¿ siguiendo el modelo de financiación total por parte del Gobierno de la educación escolar como opción para aumentar el número de estudiantes que accedan a la educación superior. Consideramos que es allí donde debemos llegar para corregir una realidad alarmante como es que de cada 100 estudiantes que se gradúan del colegio, 30 llegan a las universidades y 10 a instituciones técnicas, según datos del Ministerio de Educación. De esos universitarios, 15 llegan a las públicas y otros 15 a las privadas, pero no se gradúan sino la mitad de ellos. Para hacer realidad la gratuidad se debe tener en cuenta las implicaciones fiscales que el modelo acarrea, por lo tanto se debe implementar poco a poco hasta llegar a esa meta involucrando las Entidades Gubernamentales, las Cajas de Compensación, las ONG, los Gremios Económicos, los Bancos y el sector privado.

Según la revista ¿La Silla Vacía¿, dentro de la comunidad educativa hay visiones encontradas sobre la gratuidad. Para muchos, sería una decisión política que sí aportaría un piso mínimo de equidad que permite ampliar la cobertura y el acceso. Para otros en cambio la gratuidad no corrige el problema del nivel bajo de habilidades con que llegan muchos estudiantes, que podría explicar tanto las bajas tasas de acceso a la universidad (no pasan los exámenes de admisión) como sus altos índices de abandono. Dentro de esta lógica, hacer la inversión más fuerte en toda la etapa escolar es una manera más efectiva de mejorar el rendimiento.

En todo caso, todos coinciden en que la sola gratuidad no basta, sino que tendría que estar acompañada por medidas e incentivos que permitan reducir la deserción estudiantil. Según datos del Ministerio el 45 por ciento de los estudiantes de las universidades públicas no terminan la carrera y el 51 por ciento en las privadas. Razón por la cual se debe aumentar la inversión en bienestar estudiantil, entre las 32 universidades públicas del país se invirtieron apenas 145 mil millones de pesos en 2011, según datos compilados por las propias universidades. Esto equivale a 260 mil pesos anuales por estudiante.

Es por todo lo anterior que se hace necesario dotar de recursos financieros al Icetex y a las Cajas de Compensación con el fin de otorgar becas a los estudiantes que deseen ingresar a las carreras técnicas, tecnológicas y universitarias y que le garanticen la financiación de toda la carrera para evitar como lo muestran las estadísticas el abandono escolar y que en la mayoría de los casos es provocado por situaciones de índole económico.

Según el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), la pobreza en el país disminuyó 0,7 puntos porcentuales y se ubicó en 32,2% en el periodo entre julio del 2012 y junio de 2013, cuando en el mismo periodo entre julio del 2011 y junio del 2012 el índice de pobreza se ubicó en 32,9%.

Lo cierto es que en Colombia hay 14 millones 662.000 personas e n situación de pobreza, indicador que se mide con base en la variación de los ingresos de los hogares y que podría disminuirse aún más sí los jóvenes tuvieran acceso a la educación por que podrían acceder a empleos mejor remunerados ayudándole a su entorno familiar a un crecimiento económico; es la educación la que hace una mejor sociedad y aquí es donde todos debemos comprometernos.

En el Estatuto Tributario se creó el Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE) el cual establece que para el año 2016 habrá una destinación específica del 0.6% con destino al Icetex para becas en la educación superior (técnica, tecnológica y Universitaria), por lo cual se hace viable el presente proyecto de ley.

4. Fundamento jurídico

En el artículo 67 de la Constitución de 1991, se establece que ¿la educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura (¿)¿.

Del artículo citado se evidencia que la educación tiene doble connotación. Como derecho, la educación se constituye en la garantía que propende por la formación de los individuos en todas...

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