Informe de ponencia segundo debate proyecto de ley 236 de 2012 senado 223 de 2012 cámara - 29 de Mayo de 2012 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451046642

Informe de ponencia segundo debate proyecto de ley 236 de 2012 senado 223 de 2012 cámara

INFORME DE PONENCIA SEGUNDO DEBATE PROYECTO DE LEY 236 DE 2012 SENADO, 223 DE 2012 CÁMARApor la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda y se dictan otras disposiciones.

Bogotá, D. C., mayo de 2012

Doctor

JESÚS MARÍA ESPAÑA VERGARA

Secretario Comisión Séptima

Senado de la República

Referencia: Informe de ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 236 de 2012 Senado, 223 de 2012 Cámara, por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda y se dictan otras disposiciones.

Señor Presidente:

En cumplimiento de la designación que nos fue encomendada, nos permitimos presentar informe de ponencia para segundo debate en la Plenaria del Senado con su respectivo pliego de modificaciones al Proyecto de ley número 236 de 2012 Senado, 223 de 2012 Cámara, por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda y se dictan otras disposiciones.

  1. Antecedentes de la iniciativa

    El Gobierno Nacional, de conformidad con lo consagrado en los artículos 163 de la Constitución Política y 169.2 del Reglamento Interno del Congreso (Ley 5ª de 1992), con fecha abril 27 de 2012, presentó MENSAJE DE URGENCIA con solicitud de sesiones conjuntas. Las Sesiones Conjuntas de las Comisiones Séptimas del Congreso, para el Proyecto de ley número 223 de 2012 Cámara, 236 de 2012 Senado (por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda y se dictan otras disposiciones), de la INICIATIVA del señor Ministro del Interior, doctor Germán Vargas Lleras y señor Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio (encargado), doctor Felipe Henao Cardona.

    En Sesiones Conjuntas Ordinarias de las Comisiones Séptimas Constitucionales Permanentes del honorable Congreso de la República, fue constitucional y legalmente anunciado, considerado (discutido) y votado en primer debate, en sesiones realizadas los días miércoles veintitrés (23) y jueves veinticuatro (24) del mes de mayo del año dos mil doce (2012). En las citadas Sesiones Conjuntas fueron considerados dos (2) informes de ponencias para primer debate y sus respectivos textos propuestos para primer debate al Proyecto de ley número 223 de 2012 Cámara, 236 de 2012 Senado (por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda y se dictan otras disposiciones). Iniciativa: Señor Ministro del Interior, doctor Germán Vargas Lleras y señor Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio (Encargado), doctor Felipe Henao Cardona.

    Ponentes designados para primer debate en Senado: Honorables SenadoresJorge Eliécer Ballesteros Bérnier, Germán Bernardo Carlosama López, Teresita García Romero, Gilma Jiménez Gómez, Guillermo Antonio Santos Marín, Claudia Janneth Wilches Sarmiento, Edinson Delgado Ruiz, Gloria Inés Ramírez Ríos, Eduardo Carlos Merlano Morales (Ponentes); Dilian Francisca Toro Torres ¿ Coordinadora; Antonio José Correa Jiménez ¿ Coordinador; Fernando Tamayo Tamayo - Coordinador y Guillermo Antonio Santos Marín ¿ Coordinador.

    Ponentes designados para primer debate en Cámara: Honorables Representantes Rafael Romero Piñeros ¿ Coordinador; Dídier Burgos Ramírez ¿ Coordinador; Hólger Horacio Díaz Hernández, Yolanda Duque Naranjo, Luis Fernando Ochoa Zuluaga, Alba Luz Pinilla Pedraza, Elías Raad Hernández, Pablo Aristóbulo Sierra León, Juan Manuel Valdés Barcha, Armando Antonio Zabaraín D¿Arce, Martha Cecilia Ramírez y José Bernardo Asprilla Flórez, Carlos Alberto Escobar Córdoba.

    ¿ La relación completa del primer debate se halla consignada en las Actas Conjuntas números 04 y 05, correspondientes a las Sesiones Conjuntas de las Comisiones Séptimas Constitucionales Permanentes, realizadas los días miércoles veintitrés (23) y jueves veinticuatro (24) del mes de mayo del año dos mil doce (2012), dentro del segundo periodo ordinario de la Legislatura dos mil once (2011) ¿ dos mil doce (2012).

    ¿ Anuncio constitucional de votación: Conforme a lo dispuesto en el artículo 8º, del Acto Legislativo número 001 de 2003, (último inciso del artículo 160 Constitución Política), el anuncio del Proyecto de ley número 223 de 2012 Cámara, 236 de 2012 Senado (por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda y se dictan otras disposiciones), se realizó en la sesión ordinaria conjunta de fecha miércoles veintitrés (23) del mes de mayo del año dos mil doce (2012), según consta en el Acta Conjunta número 04 de esa fecha.

    ¿ Discusión y votación en el primer debate en Sesiones Conjuntas: La discusión de los dos (2) informes de ponencias rendidos, se inició en la sesión conjunta del día miércoles veintitrés (23) del mes de mayo del año dos mil doce (2012), según consta en el Acta Conjunta número 01 de esa fecha, habiéndose continuado en la sesión conjunta del día jueves veinticuatro (24) del mes de mayo de dos mil doce (2012), según consta en el Acta Conjunta número 05 de esa fecha.

    De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5º, del Acto Legislativo número 01 de 2009, votación pública y nominal y a la Ley 1431 de 2011, por la cual se establecen las excepciones a que se refiere el artículo 133 de la Constitución Política, se obtuvo la siguiente votación:

    Publicación original del proyecto : Gaceta del Congreso número 180 de 2012. (26 de abril de 2012).

    Publicación del informe de ponencia (mayoritaria) para primer debate (Senado): Gaceta del Congreso número 248 de 2012 (18 de mayo de 2012).

    Publicación del informe de ponencia (mayoritaria) para primer debate (Cámara): Gaceta del Congreso número 249 de 2012 (18 de mayo de 2012).

    Publicación del informe de ponencia (minoritaria) para primer debate (Senado y Cámara): Gaceta del Congreso número 255 de 2012 (22 de mayo de 2012).

    La Mesa Directiva de la honorable Cámara de Representantes, autorizó las Sesiones Conjuntas, mediante Resolución MD número 1177, del día tres (3) del mes de mayo de dos mil doce (2012).

    La Mesa Directiva del honorable Senado de la República, autorizó las Sesiones Conjuntas, mediante Resolución MD número 187, del día tres (3) del mes de mayo de dos mil doce (2012).

  2. Justificación

    La política de vivienda en Colombia funciona con base en el modelo de cierre financiero. Para la adquisición de una vivienda social en Colombia los compradores deben gestionar tres fuentes independientes de recursos: crédito, subsidio y ahorro. Para los hogares de más bajos ingresos (ingreso mensual menor o igual a 1 smmlv) el valor máximo del subsidio equivale aproximadamente a una tercera parte del precio de una vivienda prioritaria.

    Para que el modelo de cierre financiero opere adecuadamente debe existir acceso a crédito. En ausencia de crédito y ahorro, los subsidios de adquisición son insuficientes para adquirir una vivienda prioritaria, en contraste con otros países de América Latina (Brasil y Chile) donde el valor individual de los subsidios llega incluso al 100% del valor de las soluciones habitacionales. A pesar del relativamente bajo monto per cápita de los subsidios de vivienda, en Colombia no toda la población tiene acceso a un crédito de vivienda. La regulación financiera limita el acceso a crédito para hogares de muy bajos ingresos o en situación de informalidad.

    Los altos niveles de pobreza e informalidad de la población colombiana limitan el funcionamiento del modelo de cierre financiero. Según la ECV-DANE 2010, en Colombia hay un total de 12,3 millones de hogares. De este total, sólo el 36% tendría acceso a crédito y corresponde a los hogares que tienen ingresos mensuales superiores a 1,5 SM. Un total de 7,9 millones de hogares tendrían ingresos por debajo de ese nivel. Dentro de este grupo debe destacarse la población que se encuentra por debajo de la línea de pobreza (3,7 millones de hogares) y la que se encuentra por debajo de la línea de pobreza extrema (1,2 millones de hogares). Por otra parte, según la Encuesta de Ingresos y Gastos del DANE 2009, habría capacidad de ahorro en los hogares con ingresos mensuales mayores a 4SML, grupo conformado por los dos deciles de población de ingresos más altos. La población objetivo de la política de vivienda (todos los hogares con ingresos mensuales menores a 4SML) no tendrían capacidad de ahorro.

    Brasil se ha convertido en un referente para el diseño de políticas de vivienda focalizadas en la población más pobre. El nuevo modelo de política de vivienda brasilero (Programa Mi Casa Mi Vida 1 y 2) propone una aproximación distinta al problema habitacional:

    1. Se requiere una segmentación mucho más fina de la demanda y la aplicación de instrumentos de acceso específicos para cada segmento. Para el segmento conformado por los hogares con ingresos mensuales menores a 3SM se ofrece la entrega de viviendas sin cuota inicial (subsidio pleno a la demanda), pero sin transferencia de la propiedad (la propiedad queda en un mecanismo de enajenación fiduciaria) y el hogar beneficiario asume el compromiso de destinar el 10% de su ingreso mensual durante diez años para la devolución de una parte del subsidio. La transferencia de la propiedad sólo se produce al término de este plazo. Los beneficiarios pueden ser desalojados si no atienden sus compromisos de pago.

    2. La intervención del...

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