Informes de gestión senado - 21 de Mayo de 2010 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451379838

Informes de gestión senado

INFORMES DE GESTIÓN SENADO. COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL INFORME A LAS COMISIONES SÉPTIMAS DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA 2006 ENERO DE 2007

Comisión Nacional del Servicio Civil

www.cnsc.gov.co

Comisionados

LUZ PATRICIA TRUJILLO MARÍN

EDUARDO GONZÁLEZ MONTOYA

PEDRO ALFONSO HERNÁNDEZ

TRINIDAD OLIVEROS MANZANO

Secretaria General

PATRICIA ELENA RAMOS

Directora de Apoyo Corporativo

Informe Preparado por:

MARÍA ANGÉLICA ESCARRAGA LÓPEZ

TABLA DE CONTENIDO

  1. INTRODUCCIÓN

  2. DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO

    2.1 Misión

    2.2 Visión

    2.3 Objetivos

  3. PROVISIÓN DE EMPLEO

    3.1 Banco de datos de empleados con derechos de carrera en condición de desplazamiento por razones de violencia.

    3.2 Banco de datos de ex empleados con derechos de carrera cuyos cargos fueron suprimidos y que optaron por la reincorporación

    3.3 Procesos de selección por méritos

    3.3.1 Fijación y actualización de tarifas

    3.3.2 Acreditación de Universidades

    3.3.3 Suscripción de contratos interadministrativos con entidades públicas para financiar los procesos de selección

    3.3.4 Convocatorias

    3.4 Provisión transitoria de empleos de carrera

  4. REGISTRO PÚBLICO DE CARRERA ADMINISTRATIVA

    4.1 Asuntos pendientes de inscripción o actualización

    4.2 Conceptos pendientes por resolver de las anteriores Comisiones

  5. DISEÑO DEL TRÁMITE PARA LA INSCRIPCIÓN, ACTUALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN DEL REGISTRO PÚBLICO EN CARRERA ADMINISTRATIVA Y LA PROVISIÓN DE EMPLEOS MEDIANTE UTILIZACIÓN DE LISTAS DE ELEGIBLES Y BANCOS DE DATOS DE CARRERA ADMINISTRATIVA.

  6. SISTEMA TIPO DE EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO

  7. OTRAS ACTIVIDADES REALIZADAS EN EJERCICIO DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA CNSC

  8. EVENTOS DE DIFUSIÓN Y CAPACITACIÓN REALIZADOS

  9. CONCLUSIONES

    ANEXO 1

    ANEXO 2.

    ANEXO 3

    1. INTRODUCCIÓN

    Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 12 de la Ley 1033 de 2006, la Comisión Nacional del Servicio Civil, rinde su informe trimestral sobre los resultados alcanzados durante la gestión adelantada en el 2006.

    Durante el año 2006, la Comisión Nacional del Servicio Civil llevó a cabo un proceso sin precedentes en la historia del país al convocar un concurso de méritos para ocupar cerca de 56.000 empleos vacantes en todo el país y en el cual se inscribieron aproximadamente 620.000 colombianos. En este mismo sentido, se vienen adelantando los concursos de sistemas específicos como la DIAN y el INPEC y el sistema especial de Docentes. Este inmenso reto lo hemos afrontado con responsabilidad y total convencimiento que solo a través del fortalecimiento de la democracia, se puede lograr el desarrollo de nuestro país.

    2. DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO

    2.1 Misión

    ¿Somos el órgano autónomo e independiente que garantiza la igualdad y el mérito en el sistema de carrera¿.

    2.2 Visión

    ¿Entidad reconocida por liderar y sostener la profesionalización de la Administración Pública Colombiana¿

    2.3 Objetivos

    Para dar cumplimiento con las funciones asignadas a la Comisión Nacional del Servicio Civil en los artículos 11 y 12 de la Ley 909 de 2004 en lo referente a la administración y vigilancia de la carrera administrativa en Colombia, se plantean cuatro (4) objetivos estratégicos a saber:

    Posicionar el mérito y la igualdad en el ingreso y desarrollo del empleo público

    El reto de mayor importancia para la Comisión Nacional del Servicio Civil, después de seis años sin existencia de este organismo, es adelantar los procesos de selección de personal para ocupar cargos de carrera en las entidades del nivel nacional y territorial a las que les aplica las disposiciones de la Ley 909 de 2004, y de conformidad con los principios constitucionales de mérito e igualdad, tanto para el ingreso al empleo público como para los ascensos que se produzcan durante su permanencia.

    Velar por la correcta aplicación de los instrumentos técnicos y normativos que posibiliten el adecuado funcionamiento del sistema de carrera administrativa

    Para garantizar el adecuado funcionamiento del sistema de carrera administrativa por parte de los órganos de dirección y gestión del empleo público, dentro de los cuales se encuentran las unidades de personal o quien haga sus veces y las comisiones de personal, se deberán adelantar acciones de coordinación y de vigilancia que determinen el nivel de cumplimiento de las políticas y directrices fijadas por la Comisión a través de los instrumentos técnicos y normativos diseñados para tal fin.

    Generar información oportuna y actualizada que permita una administración efectiva del sistema de carrera administrativa

    El manejo de la información constituye el principal insumo para la administración efectiva del sistema de carrera administrativa general, específico y especial de ley.

    La Ley 909 de 2004 establece como función de la CNSC, la organización y actualización de la información de carrera administrativa en el país, en relación con la inscripción y actualización del registro público de carrera administrativa, y en lo que tiene que ver con la administración de las listas de elegibles que como resultado de procesos de selección se conformen y de las cuales podrán hacer uso las diferentes entidades para proveer vacantes definitivas de carrera, así como la utilización de los bancos de datos de empleados desplazados por razones de violencia, de incorporaciones por orden judicial y de ex empleados cuyo cargo haya sido suprimido y hubieren optado por el derecho preferencial a la reincorporación. El trámite incluye reportar la información desde el momento del ingreso y actualizarla durante la permanencia y el retiro en el empleo público, de aquellos que ostenten derechos de carrera administrativa.

    Proyectar la carrera administrativa en Colombia

    Este objetivo busca consolidar y posicionar el servicio civil en el país, generar credibilidad del sistema, cambiando la anterior concepción que se tenía y liderando el tema a nivel de América Latina, cumpliendo con los preceptos de la Carta Iberoamericana de la Función Pública. Para esto es fundamental cumplir con los anteriores tres objetivos y dar a conocer a la ciudadanía en general y a las entidades de la Administración Pública la gestión realizada en la Comisión y los avances progresivos que se logren obtener.

    Como muestra del posicionamiento que está teniendo la Comisión y de la credibilidad en los procesos de selección que realiza a través de universidades públicas o privadas, se puede mencionar la acogida para participar en las convocatorias de la Dian donde para 175 empleos vacantes se han inscrito 63.364 aspirantes, en el Inpec para 1.200 vacantes de un empleo (dragoneante) se inscribieron 8.574 aspirantes y para el proceso de selección de docentes se registra una venta de 123.232 pines.

    3. PROVISIÓN DE EMPLEO

    ¿La provisión se entiende como el conjunto de mecanismos instituidos para suplir las vacancias de los empleos públicos, sean estas de carácter definitivo o de carácter temporal.

    En Colombia, la provisión de los empleos de carrera puede darse con carácter definitivo o con carácter transitorio. Una y otra modalidad deben atender una serie de principios y derechos comunes consagrados en la Constitución Política, en especial los referentes a la igualdad de oportunidades para el desempeño de cargos y funciones públicas; la legalidad de los procesos de selección; el cumplimiento de los requisitos fijados para desempeñar el correspondiente empleo; la designación imparcial a través del mérito y las capacidades de los candidatos y el respeto al debido proceso para la terminación de la relación laboral con el Estado¿[1][1].

    Para el efecto, el Gobierno Nacional mediante la expedición del Decreto número 1227 de abril 21 de 2005, estableció el orden que deberá tenerse en cuenta para la provisión definitiva de los empleos de carrera:

  10. Con la persona que al momento de su retiro ostentaba derechos de carrera y cuyo reintegro haya sido ordenado por autoridad judicial.

  11. Por traslado del empleado con derechos de carrera que demuestre su condición de desplazado por razones de violencia en los términos de la Ley 387 de 1997, una vez impartida la orden por la Comisión Nacional del Servicio Civil.

  12. Con la persona de carrera administrativa a la cual se le haya suprimido el cargo y que hubiere optado por el derecho preferencial a ser reincorporado a empleos iguales o equivalentes, conforme con las reglas establecidas y de acuerdo a lo ordenado por la Comisión Nacional del Servicio Civil.

  13. Con la persona que en el momento en que se produce el nombramiento ocupe el primer puesto en lista de elegibles vigente para el cargo y para la entidad respectiva.

  14. Con la persona que al momento en que deba producirse el nombramiento ocupe el primer puesto en lista de elegibles vigente, resultado de un concurso general.

  15. Con la persona que haga parte del Banco de Lista de Elegibles, de acuerdo con el reglamento que establezca la Comisión Nacional del Servicio Civil.

    Si agotadas las anteriores opciones no fuere posible la provisión del empleo deberá realizarse proceso de selección específico para la respectiva entidad.

    En este orden de ideas y con el fin de dar cumplimiento a la normatividad y a la ley, durante la vigencia 2006 la Comisión Nacional del Servicio Civil, llevó a cabo diversas actividades de carácter misional tendientes a cumplir con la provisión de empleos de carrera administrativa, entre las que se destacan: la Convocatoria 001 de 2005 para proveer mediante concurso abierto de méritos 56.588 empleos de carrera de las entidades y organismos del orden nacional y territorial regidas por la Ley 909 de 2004 que han sido reportados a la OPEC y para el cual se inscribieron 394.619 aspirantes; la Convocatoria 002 de 2006 mediante la cual se convocó al proceso de selección por concurso - curso abierto de méritos 1.200 empleos vacantes del cargo de Dragoneante en el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, al cual se inscribieron 8.574 aspirantes, la Convocatoria 003 de 2006 que convocó a concurso de méritos para...

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